Modifican el Cuadro de Derechos contenidos en el TUPA de la Municipalidad

Fecha de publicación14 Octubre 2000
Fecha de disposición14 Octubre 2000
Pág. 194011
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 14 de octubre de 2000
Prohíben el uso de fuegos artificiales
en el distrito
ORDENANZA Nº 79
Miraflores, 4 de octubre del 2000
El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesión Ordinaria
de la fecha.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Informe Nº 229-00/ODC/MM de
fecha 22.9.00 de la Oficina de Defensa Civil de esta
Municipalidad, las áreas del Circuito de Playas y su
parte superior, desde el denominado "Malecón de la
Marina" hasta el "Malecón Armendáriz", no son adecua-
das para ser utilizadas como zonas de lanzamiento de
artículos pirotécnicos, ya que al detonar la onda expansi-
va origina el desprendimiento y el consecuente desliza-
miento de piedras, las que en su caída pueden ocasionar
accidentes automovilísticos, rotura de vidrios en los
inmuebles vecinos y ruidos molestos, originando males-
tar en el vecindario;
Que según el Informe Nº 235-00/ODC/MM de fecha
26.9.00 de la Oficina de Defensa Civil del distrito, el
mismo que complementa el Nº 229-00/ODC/MM, la juris-
dicción del distrito de Miraflores carece de zonas aparen-
tes para el uso de artículos pirotécnicos, debido a que la
mayoría de sus parques y áreas abiertas al público no
cuenta con las distancias de seguridad establecidas por la
Dirección General de Control de Servicios de Seguridad,
Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil
(DICSCAMEC);
Que es función de las Municipalidades establecer y
controlar el cumplimiento de las normas de seguridad y
promover los servicios públicos necesarios contra incendios,
inundaciones y otras catástrofes;
En uso de las facultades conferidas en el Artículo 110º de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por UNANI-
MIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación
del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- Queda prohibido en el distrito de
Miraflores el uso de fuegos artificiales.
Artículo Segundo.- Sólo se podrá hacer uso de éstos
previa autorización de la Municipalidad de Miraflores, con
el informe favorable de la Oficina de Defensa Civil del
distrito, cuando se trate de fuegos artificiales que arden en
tierra como castillos, vaca loca, cascada de luces y similares,
que no generen ruidos molestos.
Artículo Tercero.- Para el otorgamiento de la referida
autorización municipal será necesaria la presentación de los
siguientes requisitos:
- Solicitud dirigida al Alcalde.
- Licencia expedida por la DICSCAMEC a nombre de la
empresa solicitante.
- Carné de manipulador de pirotecnia vigente.
- Licencia Municipal y de DICSCAMEC del taller o
almacén pirotécnico a nombre de la empresa solicitante.
- Licencia de importación a nombre de la solicitante, si
ésta ofreciera material importado.
- Informe de reconocimiento de la zona donde se realizará
el espectáculo, emitido por un técnico de la empresa solici-
tante, que cuente con carné vigente otorgado por la DICSCA-
MEC, incluyendo esquema de localización de los productos
pirotécnicos.
- Pago de derecho de trámite correspondiente.
Artículo Cuarto.- La Oficina de Planificación y Pre-
supuesto queda encargada de incorporar al Texto Unico
de Procedimientos Administrativos - TUPA, el procedi-
miento establecido en el Artículo Tercero de la presente
Ordenanza.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza rige a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS BEDOYA DE VIVANCO
Alcalde
11748
Modifican el Cuadro de Derechos
contenidos en el TUPA de la Munici-
palidad
ORDENANZA Nº 81
Miraflores, 4 de octubre del 2000
El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesión Ordinaria
de la fecha.
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza Nº 77 del 19 de julio del 2000
se aprueba el “Cuadro de Derechos” contenidos en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la
Municipalidad Distrital de Miraflores;
Que al haberse modificado la Ordenanza Nº 76 por la cual
se aprueba el TUPA de la Municipalidad, es necesario
modificar algunos rubros que contiene el Cuadro de Dere-
chos vigente;
Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 757
y demás normas concordantes, así como el inciso 3) del
Artículo 36º y el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Munici-
palidades Nº 23853, el Concejo por UNANIMIDAD y con
dispensa de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguien-
te:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- Aprobar la modificación de la Orde-
nanza Nº 77 que aprueba el Cuadro de Derechos contenidos
en el Texto Único de Procedimientos Administrativos –
TUPA de la Municipalidad de Miraflores, en los rubros que
se consignan en el Anexo que forma parte constitutiva del
presente dispositivo.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier disposi-
ción que se oponga a la presente.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS BEDOYA DE VIVANCO
Alcalde
MODIFICACIÓN EN LOS DERECHOS ESTABLECIDOS
EN EL TUPA (ORDENANZA Nº 77)
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
UNIDAD ORGÁNICA: SUBDIRECCIÓN DE OBRAS PRIVADAS
APROBADO MODIFICADO
DENOMINACIÓN DERECHO DERECHO
OR- DEL DE DE
DEN PROCEDIMIENTO PAGO PAGO
4LICENCIA DE OBRA PARA para iniciar trámite para iniciar trámite
EDIFICACION NUEVA Derecho de trámite
S/. 177.00
Para obtener la Para obtener la
Licencia Licencia
Derecho de licencia Derecho de licencia
1% valor de la obra 1% valor de la obra
Monto mínimo
S/. 177.00
5LICENCIA DE OBRA PARA Para iniciar trámite Para iniciar trámite
REMODELACION,AMPLIACION , Derecho de trámite

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR