ORDENANZA Nº 216-2011/GRP-CR - Modifican la Ordenanza N° 063-2005/GRP-CR, mediante la cual se constituyó el Comité Ejecutivo Regional Exportador - CERX

Fecha de disposición20 Octubre 2011
Fecha de publicación20 Octubre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 20 de octubre de 2011
451946
continuo, que demandarían 532 MPCM, cada uno y por
tanto 1596 MPCM en total.
Que, la Central Térmica Huaycoloro comprende:
Abastecimiento de biogás, Casa de fuerza, obras civiles
y electromecánicas, Subestación elevadora 0.48/22.9kv,
60Hz ubicada en el distrito de San Antonio, provincia de
Huarochirí, departamento de Lima, según coordenadas
UTM (Sistema PSAD 56)
Puntos Este Norte
C1 0296344 8680578
C2 0296391 8680608
C3 0296299 8680658
C4 0296356 8680690
Que, la peticionaria ha presentado una Declaración
Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de
conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural
de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el
artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones
Eléctricas;
Que, la peticionaria ha presentado el Estudio de
Preoperatividad, aprobado por el COES con carta de
conformidad COES/DP-157-2010.
Que, la petición está amparada en las disposiciones
contenidas en los artículos 3º y 38º de la Ley de Concesiones
Eléctricas, concordado con el artículo 66º de su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo
cumplido con los requisitos legales de presentación;
Que, los derechos, obligaciones, condiciones,
calendario de ejecución de obras y puesta en operación
y aspectos relacionado a la servidumbre y causales de
caducidad están debidamente detalladas en el Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas y modif‌i catorias.
Que, estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley
de Concesiones Eléctricas, artículo 66º de su Reglamento,
el Decreto Supremo Nº 056-2009-EM, Decreto Legislativo
Nº 1002.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar concesión def‌i nitiva de
generación con Recursos Energéticos Renovables a
favor de CT Huaycoloro, que se identif‌i cará con el código
Nº CT_RER 001- 2011 para desarrollar la actividad de
generación de energía eléctrica en la Central Térmica
Huaycoloro, a partir de su puesta en operación comercial
el 20 de octubre de 2011, con una potencia instalada
de 4.8 MW, Ubicado en Centro Poblado Menor las
Tunas, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí,
Departamento de Lima jurisdicción del Gobierno Regional
de Lima, en los términos y condiciones indicados en la
presente Resolución y los que se detallan en el Contrato
de Concesión que se aprueba en el artículo siguiente.
Artículo 2º.- Aprobar la Minuta del Contrato de
Concesión Nº 001-2011 a suscribirse con PETRAMAS
S.A.C., que consta de 19 Cláusulas y 4 Anexos, la cual
será suscrita por el Presidente Regional a nombre del
Gobierno Regional de Lima, así como la Escritura Pública
que la minuta origine.
Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución deberá
incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el
Contrato de Concesión Nº 001-2011, referido en el artículo
2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo
56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 4º.- La presente Resolución, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley
de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular,
dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su
expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguiente
de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELMER M. RUIZ GUIO
Director Regional de Energía y Minas (e)
705764-1
GOBIERNO REGIONAL
DE PIURA
Modifican la Ordenanza Nº 063-
2005/GRP-CR, mediante la cual se
constituyó el Comité Ejecutivo Regional
Exportador - CERX
ORDENANZA REGIONAL
Nº 216-2011/GRP-CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º
y 192º de la Constitución Política del Estado, modif‌i cada
por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del
Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley
de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus
modif‌i catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926;
Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás
normas complementarias.
CONSIDERANDO:
de 1993, modif‌i cada por Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización -
Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, y el artículo 192º
establece que los gobiernos regionales promueven
el desarrollo y la economía regional, fomentan las
inversiones, actividades y servicios públicos de su
responsabilidad, en armonía con las políticas y planes
nacionales y locales de desarrollo;
Que, los incisos b) y c) del artículo 55º de la Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modif‌i cada
por Ley Nº 27902, establecen como funciones de los
gobiernos regionales en materia de comercio impulsar
el desarrollo de los recursos humanos regionales
y la mejora en la productividad y competitividad de
las unidades económicas de la región, a través de
actividades de capacitación, provisión de información
y transferencia tecnológica, y elaborar y ejecutar las
estrategias y el programa de desarrollo de la oferta
exportable y de promoción de las exportaciones
regionales;
Que, mediante Ordenanzas Regionales Nº 024 y 026-
2003/GRP-CR, publicadas en el Diario Of‌i cial El Peruano
el 25 de enero de 2004, se aprueban el Programa de
Promoción de Inversiones y Exportaciones; y el Programa
Regional de Competitividad del Gobierno Regional Piura,
respectivamente;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 033-2004/
GRP-CR, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 28
de abril de 2004, modif‌i cada por la Ordenanza Regional
Nº 189-2010/GRP-CR en los artículos 5º y 6º, se crea
el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa -
COREMYPE, cuyo objeto es promover el desarrollo, la
formalización y la competitividad de la Micro y Pequeña
Empresa, a f‌i n de generar empleo de calidad de manera
sostenible y alcanzar mayores niveles de desarrollo y
bienestar en la Región Piura;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 063-2005/
GRP-CR, publicada el 25 de febrero del 2005, en el
Diario Of‌i cial El Peruano se constituyó “el Comité
Ejecutivo Regional Exportador – CERX, en el ámbito
del Gobierno Regional de Piura, el mismo que tiene por
objeto la coordinación, supervisión, acompañamiento,
monitoreo, y evaluación del Plan Estratégico Regional
Exportador – PERX, con el objeto de mejorar la
capacidad de la Región para competir en el mercado
nacional e internacional.”

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