Ratifican resolución, aprueban proyectos modificados de habilitación urbana y autorizan a empresa venta garantizada de lotes de terreno

EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 1999
Pág. 178078
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 18 de setiembre de 1999
Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación, conforme a la
Norma X del Título Preliminar del Código Tributario.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
RICARDO CHIROQUE PAICO
Alcalde
11927
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Ratifican resolución, aprueban proyec-
tos modificados de habilitación urba-
na y autorizan a empresa venta
garantizada de lotes de terreno
RESOLUCION Nº 1344-99-RASS
Expediente Nº 006842-99.1
Santiago de Surco, 19 de agosto de 1999
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: El Expediente Nº 006842-99.1, conteniendo
la solicitud de la empresa La Venturosa S.A., propietaria
del inmueble de 133,893.89 m2, ubicado en el distrito de
Santiago de Surco, para que se ratifique la Resolución Nº
065-99-MML-DMDU, de fecha 1.7.99, expedida por la
Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobando los
proyectos modificados de Habilitación Urbana y con ello
posibilitar su inscripción en la Oficina Registral de Lima
y Callao; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa Construcciones Inmobiliaria "FRM"
S.A. inicia el correspondiente trámite de habilitación urbana
del terreno de su propiedad ante la Municipalidad Metropo-
litana de Lima, obteniendo la Resolución Nº 008-98-MML-
DMDU de fecha 13.1.98, aprobando los Proyectos de Habilita-
ción Urbana para uso residencial de Densidad Media R-4, del
terreno de 148,083.89 m2, constituido por el lote Nº 25 del ex
Fundo San Antonio Chico y por los lotes 8B, 19, 20, 22, 23, 24
y lote G del Potrero Villanueva del ex Fundo San Juan,
ubicado en el distrito de Santiago de Surco;
Que, la Oficina Registral de Lima y Callao a través del
Tribunal Registral ha sentado jurisprudencia con la
expedición de la Resolución Nº 315-98-ORLC-TR, esta-
bleciendo la no inscripción en el Registro de la Propiedad
Inmueble de Lima, de las Resoluciones emitidas por la
Municipalidad Metropolitana de Lima relativas a los
trámites de Habilitaciones Urbanas previstas en la Ley
Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, ya
que ésta establece la competencia de dicha Municipali-
dad sólo para habilitaciones urbanas dentro de la juris-
dicción de El Cercado, al haberse facultado a las Munici-
palidades Distritales iniciar, proseguir y culminar las
habilitaciones urbanas en mención;
Que, es obligación de la Municipalidad resolver las
cuestiones que se le propongan, aun en caso de deficien-
cia del ordenamiento jurídico, debiendo en este caso
acudir a las Fuentes Supletorias del derecho Administra-
tivo, conforme lo prevé el Artículo II del Título Prelimi-
nar del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas
Generales de Procedimientos Administrativos, aproba-
do por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; dentro de las
cuales se considera el Derecho Consuetudinario, Dere-
cho Positivo, Jurisprudencia, Doctrina, etc.;
Que, la Subdirección de Obras Privadas, mediante
Informe Técnico Nº 071-99-OC-SDOPRIV del 7.8.99,
concluye ser procedente la ratificación de la Resolución
Nº 065-99-MML-DMDU del 1.7.99 y se autoriza a la
propietaria a realizar la venta garantizada y la construc-
ción simultánea de viviendas sobre las manzanas "A1",
"A2" y manzana "D", lote L2, los cuales están destinados
a uso de vivienda;
De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 26878,
Decreto Supremo Nº 011-98-MTC Artículos 17º, 18º y 19º,
con la opinión favorable de la Dirección de Desarrollo
Urbano y la Oficina de Asesoría Jurídica y en uso de la
facultad prevista en el Artículo 47º, inciso 6) de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 23853;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar FUNDADO, el petito-
rio de la empresa "La Venturosa S.A., ratificándose la
Resolución Nº 065-99-MML-DMDU de fecha 1.7.99, ex-
pedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima,
considerándola como propietaria en el proceso de Habi-
litación Urbana del terreno de 133,893.89 m2; en susti-
tución de la Empresa Construcciones Inmobiliarias "FRM"
S.A., aprobando de conformidad con el Plano Signado con
el Nº 057-99-MML-DMDU-DGO-DHU los proyectos
modificados de Habilitación Urbana, en sustitución del
aprobado por Resolución Nº 008-98-MML-DMDU del
13.1.98 para Uso Residencial de Densidad Media "R-4",
del referido terreno, constituido por el lote Nº 25 del ex
Fundo San Antonio Chico y por los lotes Nºs. 11-C, 18, 19,
20, 22 (antes lote "G"), 23 y 24 del Potrero Villanueva del
Fundo San Juan, ubicado en el distrito de Santiago de
Surco. El área bruta total es de 133,893.89 m2, de los
cuales 89,844.17 m2, están destinados al Uso de Conjun-
to Residencial y el área de 1,891.47 m2 destinada a
comercio local, haciendo un total de 91,735.64 m2, distri-
buidos de la manera siguiente:
MANZANA Nº DE LOTES NUMERACION AREA (m2.)
VIVIENDA COM. LOCAL
A1 31 al 3 -.- 9,776.70
A2 31 y 3 -.- 8,885.30
B1 1 -.- 17,523.55
C81 y 8 -.- 28,864.59
D21 al 2 -.- 23,347.94
E1 1 -.- 1,446.20
F2-.- 1 al 2 1,891.47
TOTAL 20 91,735.64 m2
Autorizar la inscripción preventiva ante los Registros
Públicos de los Aportes para Recreación Pública, con un
área de 15,044.00 m2 constituido por Parque Nº 1 con
3,945.50 m2 ubicado en la manzana B y el Parque Nº 2
con 11,098.50 m2, ubicado en la manzana D y para el
Ministerio de Educación un área de 2,753.11 m2, ubicada
en el lote Nº L 11 de la manzana C. Autorizar a "La
Venturosa" S.A. a celebrar contratos de venta garantiza-
da sobre los lotes que conformen la manzana "A1", "A2"
y la manzana "D" lote L2, con un área total de 28,261.50
m2, quedando como garantía de éste, el lote L1 de la
Manzana "E" con un área de 1,446.20 m2 la cual quedará
como carga inscrita en los Registros Públicos hasta la
Recepción de las Obras Complementarias sobre estas
manzanas. Autorizar a los futuros adquirentes de los
lotes que conforman la manzana A1, A2 y manzana D
lote L2, a la construcción simultánea de sus viviendas,
debiendo previamente solicitar la licencia de construcción
ante la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco.
Artículo Segundo.- La Dirección de Desarrollo
Urbano, a través de la Subdirección de Obras Privadas,
queda encargada de incorporar la presente Habilitación
Urbana en el Plan Urbano del distrito de Santiago de
Surco.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente Reso-
lución a la Oficina Registral de Lima y Callao, para los
efectos de la inscripción correspondiente en el Registro
de la Propiedad Inmueble de Lima.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la
presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, cuyo
costo será asumido por la empresa "La Venturosa".
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
11923

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