126 001-2004-GRSM/CR - Aprueban modificación presupuestaria de inversiones para el año 2004 del Gobierno Regional

Fecha de disposición26 Marzo 2004
Fecha de publicación26 Marzo 2004
Pág. 265416
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 26 de marzo de 2004
para los fines a que se contrae la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado
precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-
nisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido
íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a tra-
vés de los Recibos de Acotación Nºs. 1042 y 1043, de
acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos US$ 1,540.00
Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo
10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector
mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si-
guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-
me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General
de Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-
caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-
sultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-
chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomina-
ción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
06069
Autorizan a procurador intervenir en
proceso de prescripción adquisitiva
de dominio contra el Estado iniciado
por la Municipalidad Metropolitana
de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 225-2004-MTC/02
Lima, 24 de marzo de 2004
CONSIDERANDO:
Que, el inmueble denominado Cantagallo, ubicado en
el Km. 3.5 de la Vía de Evitamiento, distrito del Rímac, se
encuentra afectado por el Estado, representado por la Su-
perintendencia de Bienes Nacionales, a favor del Ministe-
rio de Transportes y Comunicaciones;
Que, con Oficio Nº 1005-2004/SBN-GO, la Superinten-
dencia de Bienes Nacionales informa a este Ministerio que
la Municipalidad Metropolitana de Lima viene ocupando un
área de 86,315.73 m2 (sub lote 1) del inmueble afectado a
este Sector, careciendo de título alguno respecto del mis-
mo;Que, asimismo, la Superintendencia de Bienes Na-
cionales señala haber requerido a la Empresa Munici-
pal Inmobiliaria de Lima S.A. (EMILIMA) el título en el
cual sustenta la posesión que viene ejerciendo por
cuanto dicho predio es de propiedad estatal, situación
que ha derivado en una demanda de prescripción ad-
quisitiva de dominio presentada por la Municipalidad
Metropolitana de Lima contra el Estado de fecha 27 de
diciembre del 2002;
Que, de otro lado, la Superintendencia de Bienes
Nacionales ha manifestado que, en aplicación del artí-
culo 90º del Reglamento General de Procedimientos Ad-
ministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal apro-
bado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, correspon-
de al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en
su calidad de afectatario, ejecutar las acciones legales
para la recuperación de los bienes afectados a su fa-
vor;
Que, con Memorándum Nº 201-2004-MTC/07, el Pro-
curador Público a cargo de los asuntos judiciales de este
Ministerio, señala que esta entidad se encuentra facultada
a ejercer las acciones legales respectivas, a fin de defen-
der la posesión del bien afectado a su favor, por lo que
solicita se expida la Resolución de autorización correspon-
diente;
Que, el artículo 6º del Reglamento General de Procedi-
mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Esta-
tal, establece que las entidades públicas que se encuen-
tran bajo la competencia de esta norma, entre ellas el Mi-
nisterio de Transportes y Comunicaciones, son directamen-
te responsables por la conservación, cautela física y se-
guridad jurídica de los bienes de propiedad estatal a su
cargo;
Que, en tal sentido, el artículo 7º del citado Reglamento
dispone que los Procuradores Públicos de las entidades
públicas se encargan de la defensa judicial de los bienes
de propiedad de éstas, así como de aquéllos sobre los cua-
les se les hubiera otorgado algún otro derecho real o per-
sonal;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar al
Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que ini-
cie las acciones legales que resulten necesarias, a fin de
defender los intereses del Estado;
De conformidad con el artículo 47º de la Constitución
Política del Perú, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667,
las Leyes Nºs. 27779 y 27791, y el Decreto Supremo Nº
041-2002-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a car-
go de los asuntos judiciales del Ministerio de Transpor-
tes y Comunicaciones para que en representación y
defensa de los intereses del Estado, intervenga en el
proceso de prescripción adquisitiva de dominio contra
el Estado iniciado el 27 de diciembre del 2002 por la
Municipalidad Metropolitana de Lima, ante el 64º Juz-
gado Civil de Lima, hasta la culminación del mismo; y,
del mismo modo, inicie y culmine las acciones legales
que correspondan a fin de recuperar y defender la po-
sesión del inmueble denominado Cantagallo, ubicado
en el Km. 3.5 de la Vía de Evitamiento, distrito del Rí-
mac, el cual se encuentra afectado a su favor, de con-
formidad con lo señalado en la parte considerativa de
la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial así como de los antecedentes del caso mencio-
nado al Procurador Público a cargo de los asuntos judicia-
les del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para
los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
06070
Renuevan autorización otorgada a
"Lima Avionic's Systems S.A.C." para
funcionamiento y operación como ta-
ller de mantenimiento aeronáutico
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 021-2004-MTC/12
Lima, 24 de febrero del 2004
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 068 -98-MTC/
15.16, del 9 de febrero de 1998, se autorizó a la empresa "
LIMA AVIONIC'S SYSTEMS S.A.C.", para el funcionamien-
to y operación como Taller de Mantenimiento Aeronáutico,
con las habilitaciones que en dicha Resolución se consig-
nan;
Que, la citada empresa mediante documento del 20 de
enero del 2003 ha solicitado la renovación de su permiso
de Operación, habiendo cumplido para el efecto, con los
requerimientos prescritos en las Regulaciones Aeronáu-
ticas del Perú, en su Parte 145 relacionada con el estable-
cimiento de un Taller de Mantenimiento Aeronáutico Nacio-
nal;Que, según los Informes Nº 085-2004-MTC/12.04.IPM
y Memorándum Nº 0333-2004-MTC/12.04-SDA, de la Sub-
dirección de Aeronavegabilidad y Memorándum 0631-2003-
MTC/12 de la Asesora Legal, se señala que la empresa
solicitante cuenta con la Capacidad Técnica y Legal,
respectivamente, de acuerdo a los requisitos establecidos
en el Manual del Usuario Nº 4;

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