85 148-MDB - Aprueban modificación de la Estructura Orgánica de la municipalidad

Fecha de publicación17 Junio 2003
Fecha de disposición17 Junio 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 17 de junio de 2003
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ATE
Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de
junio del 2003; el Informe Nº 276-2003-SDL-DA-MDA, de la
Subdirección de Logística; el Informe Nº 215-2003-DA/MDA
de la Dirección de Administración, el Informe Nº 1511-03-
OAJ/MDA de la Oficina de Asuntos Jurídicos, así como el
Proveído Nº 1695-2003-DM/MDA de la Dirección Munici-
pal; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 276-03-SDL-DA/MDA, la
Subdirección de Logística, señala que la Licitación Pú-
blica Nacional Nº 0002-2003-CE/MDA, referente al Su-
ministro de Combustible para la flota vehicular y maqui-
narias de la Municipalidad de Ate, ha quedado desierta
en primera convocatoria al no haberse presentado la
cantidad mínima de postores de acuerdo al artículo 32º
del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, -Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado- por lo que
para continuar con el abastecimiento se requiere convo-
car a una Segunda Convocatoria. Asimismo se debe
mencionar que el contrato con la Empresa VIMER EIRL,
suscrito en mérito al Acuerdo de Concejo Nº 013, de
fecha 10 de enero del 2003, que declaraba en Situación
de Urgencia el abastecimiento de combustible, el mis-
mo que ha sido efectivo hasta el día 21 de mayo del
2003, incluido sus ampliaciones de conformidad al artí-
culo 42º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-
taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-
creto Supremo Nº 012-2001-PCM y el artículo 141º del
Reglamento de la citada Norma Legal, aprobada por De-
creto Supremo Nº 013-2001-PCM. Actualmente, el
abastecimiento de combustible se viene atendiendo bajo
la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía que cu-
bre el período del 22 de mayo al 8 de junio del año en
curso, conforme a Ley;
Que, la Municipalidad de Ate, no puede dejar de abas-
tecer de combustible a sus diversas unidades móviles y
maquinarias, porque de lo contrario, se paralizaría las di-
versas actividades y servicios esenciales que se brinda
en el distrito de Ate; por lo que la Subdirector de Logística
en su Informe Nº 276-2003-SDL-DA/MDA, sugiere se eva-
lúe la factibilidad de solicitar ante el Concejo Municipal la
exoneración del respectivo proceso de selección, en méri-
to a que se ha configurado una Situación de Urgencia, pues-
to que la ausencia de este bien comprometería en forma
directa e inminente la continuidad, que como servicios
esenciales, tiene la Entidad, para con la comunidad del
distrito de Ate;
Que, con Informe Nº 1430-2003-OAJ/MDA, la Oficina
de Asuntos Jurídicos, señala que el artículo 19º, inciso c)
del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, -Ley de Contra-
taciones y Adquisiciones del Estado-, establece que están
exonerados los Procesos de Licitación Pública, Concurso
Público o Adjudicación Directa, las Adquisiciones que se
realicen en Situación de Emergencia o de Urgencia, decla-
radas de conformidad a la Ley mencionada. Asimismo, el
artículo 21º del referido Decreto Supremo, define la Situa-
ción de Urgencia, como la ausencia extraordinaria e impre-
visible de determinado bien o servicio, que comprometa en
forma directa e inminente, la continuidad de los servicios
esenciales o de las operaciones productivas que las Enti-
dades tienen a su cargo. Dicha situación faculta a la Enti-
dad, la adquisición o contratación de los bienes, servicios
u obras, sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso
para llevar a cabo el proceso de selección que correspon-
da;Que, estando acreditada la Situación de Urgencia,
el Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos, opina que
legalmente procede la aprobación de la declaratoria de
Urgencia, para la adquisición del referido combustible,
dentro del plazo propuesto por la Subdirección de Lo-
gística;
Que, mediante Informe Nº 215-2003-DA/MDA, la Di-
rectora de Administración pone en conocimiento los in-
formes técnicos y legales, para declarar en Situación de
Urgencia, por un período de 45 días útiles, comprendi-
dos entre el 9 de junio y 12 de agosto del 2003, la Contra-
tación del Servicio de Suministro de Combustible para
la Flota Vehicular y Maquinarias de la Municipalidad de
Ate, señalando asimismo, que la Declaratoria de Urgen-
cia, debe comprender la exoneración para el Proceso de
Selección de Adjudicación Directa Selectiva, por el Va-
lor Referencial de S/. 171,074.00 (Ciento Setentiún Mil
Setenticuatro y 00/100 Nuevos Soles), y autorización
para su contratación bajo la Modalidad de Menor Cuan-
tía, al amparo de lo que establecen los artículos 19º y
20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM -Texto Úni-
co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado-; con cargo a la Fuente de Financiamiento -
Recursos Directamente Recaudados;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso
c) del artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-
PCM -Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-
nes y Adquisiciones del Estado- la Declaración de Si-
tuación de Urgencia debe ser declarada por el Concejo
Municipal;
Que, según el inciso c) del artículo 19º del referido tex-
to legal, está exonerado de Licitación Pública, Concurso
Público o Adjudicación Directa, las adquisiciones y con-
trataciones que se realicen en Situación de Urgencia;
Estando a los fundamentos expuestos en la parte con-
siderativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el
voto por mayoría de los señores Regidores asistentes a la
Sesión de Concejo de la fecha y con la dispensa de la
lectura y aprobación de actas;
SE ACUERDA:
Artículo 1º.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGEN-
CIA la Contratación del Servicio de Suministro de Com-
bustible para la Flota Vehicular y Maquinarias de la Munici-
palidad Distrital de Ate, por el período de 45 días hábiles,
desde su aprobación; en mérito a los fundamentos expues-
tos en la parte considerativa del presente Acuerdo.
Artículo 2º.- DECLARAR la exoneración del Proceso
de Selección respectivo, para la Contratación del Servicio
de Suministro de Combustible mencionado en el artículo
anterior; procediéndose a la Contratación bajo la Modali-
dad de Adjudicación de Menor Cuantía.
Artículo 3º.- SEÑALAR, el valor referencial hasta por
un monto de S/. 171,074 (Ciento Setenta y un Mil Setenta
y cuatro Nuevos Soles); afectándose la Fuente de Finan-
ciamiento - Recursos Directamente Recaudados.
Artículo 4º.- REMITIR a la Contraloría General de la
República dentro de los 10 días naturales siguientes a su
declaración, el Acuerdo de Concejo y los informes susten-
tatorios, disponiéndose asimismo su publicación en el Dia-
rio Oficial El Peruano.
Artículo 5º.- ENCARGAR a la Dirección de Adminis-
tración y al Comité Especial respectivo, el cumplimiento
del presente Acuerdo.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ÓSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
11393
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban modificación de la Estructura
Orgánica de la municipalidad
ORDENANZA Nº 148-MDB
Barranco, 13 de junio del 2003
EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO;
VISTO; el informe Nº 064-03-OP-MDB de la Oficina
de Planeamiento y la nueva ley Orgánica de Muni-
cipalidades - Ley Nº 27972, en la Sesión Ordinaria de la
fecha;

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