85 169-MDB - Aprueban modificación de la Estructura Orgánica de la municipalidad

Fecha de publicación25 Noviembre 2003
Fecha de disposición25 Noviembre 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 25 de noviembre de 2003
rector Regional de Salud del Gobierno Regional de Apurí-
mac, aprueba el nuevo Cronograma de Actividades del in-
dicado Concurso Público, según lo dispuesto en el nume-
ral 5.3.3 de la Directiva Nº 001-CND-P-2003, aprobada
mediante Resolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003 su
fecha 31 de enero del 2003 modificada mediante Resolu-
ción Presidencial Nº 025-CND-P-2003;
En el marco de las funciones y atribuciones conferidas
por los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del
Perú, Ley Nº 27783, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley
Nº 27902, Artículos 20º y 21º que regula las atribuciones
del Presidente del Gobierno Regional;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el nuevo cronograma de
actividades para el Concurso Público de Selección de los
Directores Regionales de Salud y Agricultura de Apurímac:
ACTIVIDAD PLAZO INICIO PLAZO FIN
01 Publicación del nuevo cronograma y normas del Concurso Público en el Portal Electrónico del Gobierno Regional. 24-11-03
02 Venta de bases y recepción de solicitudes de inscripción y ratificación de Inscripciones de postulantes - Sede Regional 25-11-03 27-11-03
03 Revisión de Expedientes 28-11-03
04 Publicación de postulantes aptos a la evaluación curricular. 28-11-03
05 Impugnaciones 29-11-03
06 Evaluación de Currículum Vitae.30-11-03
07 Publicación de Resultados 30-11-03
08 Examen de Conocimientos y Habilidades de estión - UTEA. 01-12-03
09 Publicación de resultados 01-12-03
10 Entrevista personal: 02-12-03
11 Publicación del cuadro de méritos en el portal Electrónico del Gobierno Regional (preliminar). 02-12-03
12 Atención y solución de recursos administrativos. 03-12-03 04-12-03
13 Publicación del cuadro final de resultados. 05-12-03
14 DESIGNACIÓN 09-12-03
Regional de Apurímac, haciendo de conocimiento al
Ministerio de Salud y Agricultura y Consejo Nacional
de Descentralización.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS BARRA PACHECO
Presidente
21963
Artículo Segundo.- Los postulantes al cargo de Direc-
tor Regional de Salud que se encuentran inscrito antes de
la aprobación del nuevo cronograma de actividades debe-
rán necesariamente ratificar su inscripción sin el pago del
derecho por adquisición de Bases, en el plazo aprobado
en el Cronograma de Actividades.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la
presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y
en los diarios de la jurisdicción de la Región Apurímac
y su inclusión en el portal electrónico del Gobierno
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban modificación de la Estructu-
ra Orgánica de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 169-MDB
Barranco, 20 de noviembre de 2003
EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO
VISTO el Informe Nº 50-2003-GM/MDB, de fecha 11 de
noviembre del 2003, emitido por la Gerencia Municipal res-
pecto de formalización del Programa Casa de la Mujer;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 0326-2003-GDH-MDB, de fecha 3
de noviembre del 2003, la Gerencia de Desarrollo Humano de
esta Municipalidad, solicita la formalización del Programa CASA
DE LA MUJER DE BARRANCO, el mismo que dependería del
Despacho de Alcaldía, haciéndose necesario modificar la estruc-
tura orgánica de la Municipalidad Distrital de Barranco;
Ejerciendo las facultades conferidas por el artículo 9º inciso
voto unánime de sus miembros, ha dado la siguiente:
ORDENANZA
MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO
Artículo Primero.- Aprobar la modificación de la ES-
TRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRI-
TAL DE BARRANCO, en lo que respecta al punto: A) ÓR-
GANOS DE GOBIERNO numeral 2) Alcaldía, la misma que
queda como sigue:
A. ÓRGANOS DE GOBIERNO
(…)
2. Alcaldía
2.1 Programa Vaso de Leche
2.2 Programa Bolsa de Trabajo
2.3 Programa Adopte una Fachada
2.4 Programa Festival de Arte Contemporáneo
2.5 Programa CASA DE LA MUJER DE
BARRANCO.
(...)
Artículo Segundo.- Encargar al Despacho de Alcaldía la
aprobación del reglamento del programa “Casa de la Mujer de
Barranco”.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y
Oficina de Secretaría General, el cumplimiento de lo dis-
puesto en la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARTÍN DEL POMAR SAETTONE
Alcalde
21985
Eliminan procedimientos del rubro Au-
torizaciones municipales de apertura y
funcionamiento del TUPA de la muni-
cipalidad ORDENANZA Nº 171-MDB
Barranco, 20 de noviembre del 2003

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