06 116-2005-MDQ - Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad para el período presupuestal 2005

Fecha de publicación14 Julio 2005
Fecha de disposición14 Julio 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 14 de julio de 2005
gamiento de Licencias de Conducir, tarjetas de propie-
dad, placas de rodaje y permisos para el uso de vehícu-
los menores;
Que mediante la promulgación de la Ley Nº 8581 del 30
de setiembre del año de 1937, se creó la tarjeta de propiedad
vehicular y la placa única de rodaje a nivel nacional y en sus
artículos 1º, 2º, y 3º, se encargó al Ministerio de Gobierno
formular y aprobar la reglamentación de dicha ley, y con la
dación del D.S. Nº 049-86-TC, se facultó a las Municipalida-
des Provinciales el otorgamiento, autorización y expedición
de Tarjetas de Propiedad y placas de rodaje para vehículos
menores, entre otros y con Resolución Suprema Nº 052-73-
TC/SE TE define las características, codificación y clasifica-
ción para las placas de rodaje para vehículos mayores y
menores a nivel nacional;
Que la Ley Nº 28325 publicada en el Diario Oficial El
Peruano el día 11 de agosto del presente año ha dispuesto en
el numeral 1.1 del artículo 1º que todas las inscripciones reali-
zadas por las Municipalidades Provinciales y Distritales relati-
vas a los vehículos menores se trasladaran conjuntamente
con su acervo documentario al Registro de Propiedad Vehicu-
lar de la Zona Registral competente, en el plazo de seis meses
(06) de entrada en vigencia de la presente ley;
Que esta Ley Nº 28325 no hace más que reconocer el
derecho de las Municipalidades Provinciales, como lo esta-
blece el D.S. Nº 049-86-TC, que faculta a las Municipalidades
Provinciales a la inscripción de tarjetas y placas de
vehículos menores. Sin embargo a través de esta misma
ley se pretende desconocer sus facultades y autonomía en
los asuntos de su competencia, en desmedro de las munici-
palidades del país, contraviniéndose la Constitución Política
del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por los artículos 9º inciso 8), el Art. 20º nume-
ral 20 y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, el Concejo Municipal de
CAJATAMBO APROBÓ por unanimidad la siguiente or-
denanza:
ORDENANZA
Artículo Primero.- DECLARAR LA INAPLICABILI-
DAD de la Ley Nº 28325 en la jurisdicción de la provincia
de Cajatambo, por atentar contra la autonomía política,
económica y administrativa de la Municipalidad Provin-
cial de Cajatambo, consagrada en el Art. 194º de la Cons-
titución Política del Estado, el artículo II del Título Prelimi-
nar de la Ley Nº 27972 y normas conexas.
Artículo Segundo.- DECLARAR que la Municipali-
dad Provincial de Cajatambo continúa facultada para la
emisión de Licencias de Conducir, expedición de Tarje-
tas de Propiedad, placas de rodaje, e inscribir administrati-
vamente la propiedad de los vehículos menores.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de
la presente Ordenanza a los órganos administrativos de
la Municipalidad Provincial de Cajatambo.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación en el Dia-
rio Oficial El Peruano, para sus efectos legales.
POR TANTO:
Mando se registre y cumpla.
MIGUEL ÁNGEL CARLOS CASTILLO
Alcalde
12501
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE QUILMANÁ
Aprueban modificación del Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones de
la Municipalidad para el período presu-
puestal 2005
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 116-2005-MDQ
Quilmaná, 8 de julio de 2005
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE QUILMANÁ, DE LA
PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO
DE LIMA
VISTO: la propuesta remitida por la Unidad de Abas-
tecimiento, solicitando la aprobación de la modificación
del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para
el Ejercicio Presupuestal 2005;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 001-2005-
MDQ, de fecha 17 de enero de 2005, se aprobó el Plan
Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipa-
lidad Distrital de Quilmaná, para el Ejercicio Fiscal 2005,
y mediante Resolución de Alcaldía Nº 072-2005-MDQ,
de fecha 28 de abril de 2005 se aprobó la modificación
del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, de
acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento
aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM;
Que, conforme lo dispone el artículo 27º del T.U.O. del
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, el Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modificado de
conformidad con la asignación presupuestal o en caso de
reprogramación de las metas institucionales. Además ex-
presa que se modificará el Plan Anual, cuando se tenga que
incluir o excluir procesos de selección o se modifique la
cantidad prevista de bienes, servicios u obras;
Que, estando a los antecedentes, se debe proceder a la
modificación indicada, siguiendo los procedimientos y for-
malismos establecidos en las normas citadas;
Con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley Nº 27972, el Texto Único Ordenado de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-
bado por D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado
por D.S. Nº 084-2004-PCM y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR la modificación del Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Dis-
trital de Quilmaná para el período presupuestal 2005, el mis-
mo que como anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría
General la publicación de la presente Resolución en el Diario
Oficial El Peruano; asimismo, se ponga en conocimiento del
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado - CONSUCODE y de la Comisión de Promoción de
la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los
plazos establecidos, disponiendo que la Unidad de Abasteci-
miento ponga a disposición de los interesados el documento
aprobado, siendo de cumplimiento de todos los órganos
estructurados de esta Municipalidad, por lo que deben optar
todas las medidas pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
ZORINA E. NEGREIROS GUTIERREZ
Alcaldesa
12565
CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Convenio de
Cooperación en Materia de Salud en-
tre el Gobierno de la República del Perú
y la República de Argentina".
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley
Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores me-
diante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/187, comunica que el
"Convenio de Cooperación en Materia de Salud en-
tre el Gobierno de la República del Perú y la Repú-
blica de Argentina", suscrito en la ciudad de Lima,
República del Perú, el 19 de mayo de 2003 y ratificado
mediante Decreto Supremo Nº 088-2003-RE, de 1 de
julio de 2003, publicado el 5 de julio de 2003. El texto del
Convenio se publicó anexo al Decreto Supremo Nº 088-
2003-RE, el 12 de agosto de 2003. Entró en vigencia,
el 7 de julio de 2005.
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