Posibilidad de que misma persona desempeñe los roles de fiduciario; su incoveniencia, sobre todo en los fideicomisos con finalidad de garantía
Autor | Roberto Sergio Reggiardo |
TEMA: CONTRATOS / FIDEICOMISO
Sumario
La Ley 24.441 (LF), legislación vigente en materia de Fideicomisos, no contiene decisión expresa sobre la posibilidad de que coincidan las personas de Fiduciario y Beneficiario, esto es, que el Fiduciario sea, a la vez, Beneficiario del Fideicomiso de su titularidad.
Participo de la doctrina que considera que es de la esencia del Fideicomiso que el Fiduciario actúe en interés ajeno y que en caso de que Fiduciante y Beneficiario no sean la misma persona, el Fiduciario debe ser un tercero que conserve “neutralidad” frente a intereses que pueden entrar en conflicto, por lo que no debe admitirse que la misma persona sea Fiduciario y Beneficiario del mismo Fideicomiso .
La doctrina permisiva de la posibilidad de que el Fiduciario sea, simultáneamente, Beneficiario del Fideicomiso se sustenta principalmente en la ausencia de prohibición legal
No obstante aquel silencio legal, hay en la LF elementos que permiten inferir la solución que nos parece correcta:
Cabe agregar que la prohibición de ejercicio simultáneo de los roles de Fiduciario y Beneficiario, no sería obstáculo para que el Fiduciario cobre su...
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