RESOLUCION MINISTERIAL N° 151-2012-MEM/DM - Aprueban Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción 2012

Fecha de disposición23 Marzo 2012
Fecha de publicación23 Marzo 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 23 de marzo de 2012
462956
presentar ante el Titular del Sector un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria
cuyo viaje se autoriza.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
767900-3
EDUCACION
Modifican R.M. Nº 0050-2012-ED en
el sentido que la Unidad Ejecutora 117
se denominará Programa Nacional de
Becas y Crédito Educativo y designan
funcionario responsable
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0109-2012-ED
Lima, 21 de marzo de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0050-2012-
ED se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 117:
Of‌i cina de Becas y Crédito Educativo en el Pliego 010:
Ministerio de Educación;
Que, mediante Ley Nº 29837, se crea el Programa
Nacional de Becas y Crédito Educativo y su Segunda
Disposición Complementaria Final dispone que la Dirección
General de Presupuesto Público cree la Unidad Ejecutora
“Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo”;
Que, en virtud a lo señalado en el considerando
precedente, la Of‌i cina de Becas y Crédito Educativo,
mediante Memorándum Nº 233-2012-MED-VMGI-OBEC,
solicitó a la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de
Planif‌i cación Estratégica del Ministerio de Educación el
cambio de denominación de la Unidad Ejecutora 117: Of‌i cina
de Becas y Crédito Educativo a f‌i n de dar cumplimiento a lo
dispuesto en la Ley citada en el considerando precedente;
Que, mediante Of‌i cio Nº 104-2012-ME-DM este
Ministerio solicitó a la Dirección General de Presupuesto
Público del Ministerio de Economía y Finanzas se sirva
disponer se proceda a la adecuación y/o modif‌i cación de
la denominación y codif‌i cación de la Unidad Ejecutora 117:
Of‌i cina de Becas y Crédito Educativo en concordancia con
lo establecido en la Ley Nº 29837;
Que, la Dirección General de Presupuesto Público,
con Of‌i cio Nº 180-2012-EF/50.06. remitió copia del
Memorando Nº 043-2012-EF/50.03, mediante el cual
comunicó a la Dirección General de Endeudamiento y
Tesoro Público, la modif‌i cación de la denominación de la
Unidad Ejecutora Nº 117 a “Programa Nacional de Becas
y Crédito Educativo”, conforme a lo solicitado por este
Ministerio;
Que, con el Informe Nº 099-2012-ME/SPE-UP, la
Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planif‌i cación
Estratégica del Ministerio de Educación, recomienda
formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 117: Programa
Nacional de Becas y Crédito Educativo, dejándose sin
efecto la Resolución Ministerial Nº 0050-2012-ED;
De conformidad con la Ley Nº 29837, Ley Nº 28411
- Ley General del Sistema de Presupuesto, el Decreto Ley
Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación y sus
modif‌i catorias y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modif‌i car el artículo 1 de la Resolución
Ministerial Nº 0050-2012-ED el mismo que quedará
redactado de la forma siguiente:
Artículo 1.- Formalizar la creación de la Unidad
Ejecutora 117: Programa Nacional de Becas y Crédito
Educativo, en el Pliego 010: Ministerio de Educación.”
Artículo 2.- Designar al Director Ejecutivo del Programa
Nacional de Becas y Crédito Educativo, como funcionario
responsable de la Unidad Ejecutora creada en el artículo
precedente, quien tiene las facultades y responsabilidades
establecidas en los artículos 2, 3 y 4 de la Resolución
Ministerial Nº 0023-2012-ED.
Artículo 3.- Dejar sin efecto los artículos 2 y 3 de la
Resolución Ministerial Nº 0050-2012-ED.
Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución, a
la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio
de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (05) días
siguientes a su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación
767869-1
ENERGIA Y MINAS
Aprueban Plan Sectorial de Lucha
contra la Corrupción 2012
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 151-2012-MEM/DM
Lima, 22 de marzo de 2012
CONSIDERANDO:
Que, el Acuerdo Nacional suscrito con fecha 22
de julio de 2002, constituye el conjunto de políticas
de Estado elaboradas y aprobadas sobre la base del
diálogo y del consenso con el def‌i nir un rumbo para el
desarrollo sostenible del país y af‌i rmar su gobernabilidad
democrática;
Que, la Vigésima Sexta Política de Estado del
Acuerdo Nacional, referida a la promoción de la ética, la
transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado
de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas
sus formas, establece entre sus objetivos, el compromiso
de velar por el desempeño responsable y transparente de
la función pública, promoviendo una cultura de respeto
a la ley, de solidaridad y de anticorrupción, que elimine
las prácticas violatorias del orden jurídico, incluyendo
el tráf‌i co de inf‌l uencias, el nepotismo, el narcotráf‌i co, el
contrabando, la evasión tributaria y el lavado de dinero, y
regular la función publica para evitar su ejercicio en función
de intereses particulares;
Que, la Ley N° 27658 – Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado, establece como f‌i nalidad
fundamental del proceso de modernización, la obtención
de mayores niveles de ef‌i ciencia del aparato estatal, con el
objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente
en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan
al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, conf‌i able,
predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño
responsable y transparente de la función pública, con
mecanismos de control efectivos;
Que, el numeral 11 del artículo 2º del Decreto Supremo
N° 027-2007-PCM, def‌i ne y establece entre las Políticas
Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades
del Gobierno Nacional, la Política Anticorrupción, en
mérito de la cual el Estado busca fortalecer la lucha
contra la corrupción en las licitaciones, las adquisiciones
y la f‌i jación de los precios referenciales, eliminando los
cobros ilegales y excesivos; garantizar la transparencia
y la rendición de cuentas; promover, a través de sus
acciones y comunicaciones la Ética Pública; y fomentar
la participación ciudadana en la vigilancia y control de la
gestión pública;

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