RESOLUCION VICE MINISTERIAL Nº 516-2011-MTC/03 - Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en diversas localidades de los departamentos de Piura, Ancash, Cusco y Tacna
Fecha de disposición | 18 Junio 2011 |
Fecha de publicación | 18 Junio 2011 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 18 de junio de 2011
444902
la renovación de la autorización otorgada por Resolución
Ministerial Nº 179-96-MTC/15.17 a la COMPAÑÍA
RADIODIFUSORA JULIACA S.A.C., para que continúe
prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en
Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Camaná,
departamento de Arequipa;
Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se
refi ere el artículo precedente, se declara aprobada por el
plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento
del plazo de vigencia señalado en la Resolución Ministerial
Nº 179-96-MTC/15.17, en consecuencia, vencerá el 26 de
abril del 2016.
Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está
obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas
del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado
con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual
deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que
las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no
excedan los valores establecidos como límites máximos
permisibles fi jados.
Artículo 4º.- Dentro de los sesenta (60) días
de notifi cada la presente Resolución, la titular de la
autorización efectuará el pago correspondiente al derecho
de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento,
el Ministerio expedirá la resolución que deje sin efecto la
autorización respectiva, de conformidad con el artículo
71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.
Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que correspondan, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS CUBA HIDALGO
Viceministro de Comunicaciones
653919-1
Otorgan autorizaciones a personas
naturales para prestar servicio de
radiodifusión sonora comercial
en diversas localidades de los
departamentos de Piura, Ancash, Cusco
y Tacna
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 514-2011-MTC/03
Lima, 19 de mayo de 2011
VISTO, el Expediente Nº 2010-010756 presentado por
la señora KAREN DAMARIS RODRIGUEZ BRICEÑO,
sobre otorgamiento de autorización para la prestación del
servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia
Modulada (FM) en el distrito de Chulucanas, provincia de
Morropón, departamento de Piura;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión –
Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio
de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se
requiere contar con autorización, la cual se otorga por
Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo
previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de
Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 005-2005-MTC;
Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y
Televisión indica que la autorización es la facultad que
otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para
establecer un servicio de radiodifusión. Además, el
citado artículo señala que la instalación de equipos en
una estación de radiodifusión requiere de un Permiso,
el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el
Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en
un lugar determinado equipos de radiodifusión;
Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión
establece que otorgada la autorización para prestar
el servicio de radiodifusión, se inicia un período de
instalación y prueba que tiene una duración improrrogable
de doce (12) meses;
Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio
y Televisión indica que para obtener autorización para
prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar
una solicitud, la misma que se debe acompañar con la
información y documentación que en dicho artículo se
detallan;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 116-2004-
MTC/03, modifi cada con Resolución Viceministerial
Nº 1085-2007-MTC/03, ratifi cada con Resolución
Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada por
Resoluciones Viceministeriales Nº 204-2009-MTC/03, Nº
032-2010-MTC/03 y Nº 170-2011-MTC/03; se aprobaron
los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias
en la banda de FM para diversas localidades del
departamento de Piura, entre las cuales se encuentra la
localidad de Chulucanas, la misma que incluye al distrito
de Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de
Piura;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de
Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece
1 Kw como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser
autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena.
Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-
MTC/03, la misma que modifi có las Normas Técnicas del
Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución
Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que
operen en el rango mayor a 500 w hasta 1 Kw de e.r.p.,
en la dirección de máxima ganancia de antena, se
clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D4,
consideradas de Baja Potencia;
Que, en virtud a lo indicado, la señora KAREN
DAMARIS RODRIGUEZ BRICEÑO, no se encuentra
obligada a la presentación del Estudio Teórico de
Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a
efectuar los monitoreos anuales, según se establece
en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo
Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo
Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron
los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No
Ionizantes en Telecomunicaciones;
Que, con Informe Nº 1991-2011-MTC/28, la Dirección
General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala
que se considera viable otorgar la autorización solicitada
por la señora KAREN DAMARIS RODRIGUEZ BRICEÑO
para la prestación del servicio de radiodifusión sonora
comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de
Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de
Piura;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley
Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo
Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-
2002-MTC y modifi cada con Resoluciones Ministeriales
Nº 644-2007-MTC/01, Nº 846-2009-MTC/01 y el Decreto
Supremo Nº 005-2011-MTC, el Plan de Canalización y
Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia
Modulada (FM) para la localidad de Chulucanas, aprobado
por Resolución Viceministerial 116-2004-MTC/03,
modifi cada con Resolución Viceministerial Nº 1085-
2007-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial
Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada por Resoluciones
Viceministeriales Nº 204-2009-MTC/03, Nº 032-2010-
MTC/03 y Nº 170-2011-MTC/03, las Normas Técnicas
del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución
Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización a la señora KAREN
DAMARIS RODRIGUEZ BRICEÑO, por el plazo de diez
(10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora
comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad
de Chulucanas, departamento de Piura, de acuerdo a las
condiciones esenciales y características técnicas que se
detallan a continuación:
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