RESOLUCION MINISTERIAL N° 527-2014/MINSA - Designan Jefe de Departamento del Departamento de Farmacia del Hospital de Emergencias 'José Casimiro Ulloa'

Fecha de publicación17 Julio 2014
Fecha de disposición17 Julio 2014
El Peruano
Jueves 17 de julio de 2014
527940
correspondiente. En el caso de los contratistas que son IPRESS,
la Entidad Contratante comunica a la Superintendencia
Nacional de Salud, para el inicio del procedimiento sancionador
respectivo. En ambos casos la notif‌i cación del incumplimiento
se hará a la autoridad correspondiente dentro de los siete (7)
días hábiles de resuelto el contrato.
11.3 En el caso que cualquier contratista incumpla con sus
obligaciones, la Entidad Contratante requiere mediante carta
notarial el cumplimiento, en un plazo no mayor de siete (7)
días hábiles, bajo apercibimiento de resolución del contrato.
La resolución del contrato es declarada por la autoridad que
haya suscrito el contrato o una de nivel jerárquico superior.
El contrato quedará resuelto de pleno derecho a partir del
vencimiento del plazo antes indicado, debiendo informarse de
ello al contratista por comunicación escrita.
Una vez resuelto el contrato por incumplimiento del
contratista, se comunicará al Organismo Supervisor de
las Contrataciones del Estado (OSCE).
CAPITULO IV
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y CONTROL
DE LOS BIENES Y SERVICIOS CONTRATADOS
Artículo 12.- Del Recurso de Apelación a la
declaración de no elegibilidad
12.1 Un proveedor participante sólo puede presentar
Recurso de Apelación contra la no elegibilidad de su
expresión de interés. El Recurso de Apelación es
dirigido al Comité Especial de Contratación y presentado
ante la mesa de partes de la Entidad Contratante en el
plazo máximo de ocho (8) días hábiles contados desde
el día siguiente de publicados los resultados en el Portal
Institucional de la Entidad Contratante.
12.2 El Comité Especial debe elevar la apelación y los
actuados al Titular de la Entidad Contratante, o a quien haya
delegado la facultad, dentro de los dos (2) días hábiles de
recibido el recurso de apelación, bajo responsabilidad.
12.3 El Titular de la Entidad Contratante o quien haya
delegado, resuelve y notif‌i ca el recurso de apelación en un
plazo máximo de diez (12) días hábiles, contados desde
el día siguiente de presentado el recurso a la entidad. La
Resolución de la Entidad Contratante, se publica en su
Portal Institucional dentro del mismo plazo.
12.4 La presentación del Recurso de Apelación no
suspende el procedimiento especial de contratación
respecto de los demás participantes.
Artículo 13.- Del control y transparencia
Los bienes y servicios otorgados por las Entidades
privadas a los asegurados de EsSalud y del SIS, son
materia de control y evaluación por cada Entidad
Contratante, de conformidad con la normatividad vigente.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA.- El procedimiento especial de contratación
podrá ser utilizado en los procesos que se convoquen
hasta el segundo semestre del año 2016. Los contratos
podrán tener una vigencia de hasta tres (3) años a partir
de la fecha de su suscripción, en cuyo caso deberá
considerarse la respectiva previsión presupuestal para los
años f‌i scales correspondientes.
SEGUNDA.- Los contratos suscritos como consecuencia
de un procedimiento especial de contratación, contemplado
en el presente Reglamento, deben registrarse en el Sistema
Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE).
TERCERA.- En todo lo no regulado en el presente
Decreto Supremo, es de aplicación supletoria lo establecido
en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de
Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado
por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modif‌i catorias.
1111836-1
Designan Jefe de Departamento del
Departamento de Farmacia del Hospital
de Emergencias “José Casimiro Ulloa”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 527-2014/MINSA
Lima, 14 de julio del 2014
Visto, el Expediente Nº 14-060723-001, que
contiene el Oficio Nº 1006-DG-359-2014-HEJCU-OP,
emitido por el Director de Hospital III del Hospital de
Emergencias “José Casimiro Ulloa” del Ministerio de
Salud; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 058-2014/
MINSA, de fecha 21 de enero de 2014, se aprobó el
Cuadro para Asignación de Personal del Hospital de
Emergencias “José Casimiro Ulloa”, en el cual el cargo de
Jefe/a de Departamento del Departamento de Farmacia
se encuentra calif‌i cado como Directivo Superior de Libre
Designación;
Que, mediante el documento de visto, el Director de
Hospital III del Hospital de Emergencias “José Casimiro
Ulloa”, propone la designación temporal del Químico
Farmacéutico Robert Ángel Quispe Melgar, profesional
contratado bajo el Régimen Especial de Contratación
Administrativa de Servicios, en el cargo de Jefe de
Departamento del Departamento de Farmacia del citado
Hospital;
Que, el Artículo 11º del Reglamento del Decreto
Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de
Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por
Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, modif‌i cado con el
Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, establece que los
trabajadores bajo Contrato Administrativo de Servicios
pueden ser designados temporalmente, como directivo
superior o empleado de conf‌i anza, observando las
limitaciones establecidas en la Ley Nº 28175, Ley Marco
del Empleo Público;
Que, a través del Informe Nº 291-2014-EIE-
OGGRH/MINSA remitido con Memorando Nº 1351-
2014-OGGRH-OARH-EIE/MINSA, la Oficina General
de Gestión de Recursos Humanos, emite opinión
favorable respecto a lo solicitado por el Director
de Hospital III del Hospital de Emergencias “José
Casimiro Ulloa”, señalando que procede designar
temporalmente al profesional propuesto, toda vez que
el cargo de Jefe/a de Departamento del Departamento
de Farmacia del citado Hospital, se encuentra calificado
como Directivo Superior de Libre Designación y cuenta
con plaza vacante;
Que, en mérito a lo señalado en los considerandos
precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones
de personal necesarias a f‌i n de asegurar el normal
funcionamiento del Hospital de Emergencias “José
Casimiro Ulloa” del Ministerio de Salud;
Con el visado de la Directora General de la
Oficina General de Gestión de Recursos Humanos,
de la Directora General de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones
y Aseguramiento en Salud y del Secretario General del
Ministerio de Salud; y,
De conformidad con lo previsto en el Reglamento
del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen
Especial de Contratación Administrativa de Servicios,
sus modif‌i catorias; en el numeral 8) del artículo 25° de
el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar temporalmente al Químico
Farmacéutico Robert Ángel Quispe Melgar, profesional
contratado bajo el Régimen Especial de Contratación
Administrativa de Servicios, en el cargo de Jefe de
Departamento del Departamento de Farmacia del Hospital
de Emergencias “José Casimiro Ulloa” del Ministerio de
Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
1110617-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR