RESOLUCION MINISTERIAL N° 306-2014-DE/SG - Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Venezuela, EE.UU. y Chile

Fecha de disposición26 Abril 2014
Fecha de publicación26 Abril 2014
El Peruano
Sábado 26 de abril de 2014
521708
personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar
actividades relacionadas a las medidas de fomento de la
conf‌i anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento
de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o
entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas
o para realizar visitas de coordinación o protocolares con
autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado
por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial,
con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en
un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la
resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial
de autorización debe especif‌i car los motivos, la relación del
personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo
de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que
corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de
Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú;
y de conformidad con la Ley Nº 27856, modif‌i cada por la
Ley Nº 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, al personal militar de la
República de Chile detallado a continuación, del 28 al 30
de abril de 2014, para que participen en la Primera Reunión
entre Autoridades Marítimas Fronterizas de Arica e Ilo.
1. Capitán de Navío Felipe BRAVO Cubillos
2. Capitán de Fragata Javier CACERES Erazo
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que dé
cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se
contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cada por
Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1077211-3
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 306-2014-DE/SG
Lima, 25 de abril de 2014
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DSD) Nº 270 del 7 de abril de
2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio
de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización
para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de
América, sin armas de guerra;
Que, con Of‌i cio Nº 869-2014-MINDEF/VPD/B/01.a del
22 de abril de 2014, el Director General de Relaciones
Internacionales de este Ministerio, emite opinión favorable
para el ingreso al país del personal militar de los Estados
Unidos de América;
Que, el referido personal militar ingresará a territorio de
la República, del 4 al 7 de mayo de 2014, a f‌i n de participar
en reuniones of‌i ciales con funcionarios del gobierno
peruano y tratar temas de mutuo interés;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos
para la Autorización y consentimiento para el ingreso de
tropas extranjeras en el territorio de la República, modif‌i cado
por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el
ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra
para realizar actividades relacionadas a las medidas de
fomento de la conf‌i anza, actividades de asistencia cívica,
de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas,
de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas
Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación
o protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante
Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la
República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas
tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La
Resolución Ministerial de autorización debe especif‌i car los
motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos
transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitará
opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones
Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley
Nº 27856, modif‌i cada por la Ley Nº 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, al personal militar de los
Estados Unidos de América detallado a continuación, del
4 al 7 de mayo de 2014, a f‌i n que participen en reuniones
of‌i ciales con funcionarios del gobierno peruano y tratar
temas de mutuo interés.
1. Brigadier General USA Jhon M. CHO
2. Brigadier General USA Jhon P. JONHSON
3. Brigadier General USA James E. KRAFT
4. Brigadier General USA Timothy P. MC GUIRE
5. Brigadier General USA Robert P. WALTERS
6. Brigadier General USA Jhon M .WOOD
7. Brigadier General USAF James B. HECKER
8. Brigadier General USAF Patrick X. MORDENTE
9. Brigadier General USAF Richard M. MURPHY
10. Contralmirante USN Christian D. BECHER
11. Contralmirante USN Jhon P. NEAGLEY
12. Contralmirante USN David R. PIMPO
13. Contralmirante USN Richard L. WILLIAMS
14. Mayor General USAR David J. CONBOY
15. Mayor General ARNG Timothy E. ORR
16. Coronel USA Kristie LOWRY
17. Teniente Coronel USA Kirk GREINER
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que dé cuenta
al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el
artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cada por Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1077211-4
ECONOMIA Y FINANZAS
Otorgan seguridades y garantías del
Estado de la República del Perú,
en respaldo de las declaraciones,
seguridades y obligaciones contenidas
en el Contrato de Concesión del
Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett
- Av. Gambetta de la Red Básica del
Metro de Lima y Callao”
DECRETO SUPREMO
N° 086-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2013-EF,
publicada el 10 de enero de 2013 se ratif‌i caron los acuerdos
adoptados por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en
virtud de los cuales se aprobaron el Plan de Promoción
de la Inversión Privada para la entrega en concesión del
proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de
la Red Básica del Metro de Lima y Callao” y se ratif‌i có la
incorporación del referido proyecto al proceso de promoción
de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN;
Que, el 11 de enero de 2013 se convocó al Concurso
de Proyectos Integrales para la entrega en concesión del
Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la
Red Básica del Metro de Lima y Callao”;
Que, el 28 de marzo de 2014, se adjudicó la Buena Pro
del Concurso de Proyectos Integrales a que se ref‌i ere el
considerando precedente al Consorcio Nuevo Metro de
Lima, quien, de conformidad con lo previsto en las Bases
del Concurso, ha constituido la sociedad concesionaria
denominada Metro de Lima Línea 2 S.A.;
Que, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido
por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con
el Artículo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estado

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