RESOLUCION MINISTERIAL N° 255-2014-DE/SG - Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Brasil y los EE.UU.

Fecha de disposición08 Abril 2014
Fecha de publicación08 Abril 2014
El Peruano
Martes 8 de abril de 2014
520508
DEFENSA
Declaran de interés nacional la
realizacióndel Ejercicio de Cooperación
III, con la participación de las Fuerzas
Aéreas de los países integrantes del
Sistema de Cooperación de las Fuerzas
Aéreas Americanas - SICOFAA
DECRETO SUPREMO
N° 005-2014-DE/FAP-CM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Visto el Of‌i cio NC-900-MAAL-Nº 0772 del 07 de marzo
de 2014 del Comandante de Material, solicita la expedición
de un Decreto Supremo que declare de interés nacional la
realización del ejercicio de Cooperación III que se llevará
a cabo en las ciudades de Lima y Pisco del 21 de abril al
2 de mayo de 2014.
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo general y estratégico de la Política
Nacional, promover los intereses del país, a través del
fortalecimiento de la colaboración interinstitucional,
estableciendo mecanismos de apoyo solidario,
participación y conf‌i anza a nivel bilateral y multilateral
que consoliden la presencia del Perú en el ámbito
internacional;
Que, la Fuerza Aérea del Perú es miembro del Sistema
de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas -
SICOFAA creada en el año 1965, cuyo propósito es que
las Fuerzas Aéreas de los países miembros, concurran
con sus medios de ayuda humanitaria para socorrer las
emergencias, por medio de acciones cívicas, médicas,
transporte logístico, búsqueda y rescate ante un desastre
natural que pudiera ocurrir en los diferentes escenarios
del país afectado;
Que, la República del Perú ha sido designado
en el presente año, país anf‌i trión para los ejercicios
multilaterales Cooperación III del Sistema de
Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas -
SICOFAA, los que se llevarán a cabo entre el 21 de abril
y el 2 de mayo de 2014, en las ciudades de Lima y Pisco,
y que involucrará a más de una decena de Fuerzas
Aéreas integrantes de dicho Sistema, que realizarán de
manera combinada procesos de planif‌i cación, ejecución
y control de las operaciones, simulando una situación
de desastre natural;
Que, dicho ejercicio resulta de suma importancia para
los intereses del Perú, pues permitirá medir la capacidad
de respuesta ante una situación de esa naturaleza, y a la
vez conocer los medios de ayuda con que se cuenta para
afrontar de manera oportuna y ef‌i ciente los desastres
naturales;
Que, en ese contexto, la Fuerza Aérea del Perú, se
encuentra plenamente comprometida para llevar a cabo
ese evento de la mejor forma posible y, de esa forma,
fortalecer la amistad y conf‌i anza de los países integrantes
del Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas
Americanas - SICOFAA y estar debidamente preparados
para afrontar desastres naturales en el continente
americano;
Que, tal responsabilidad implica una serie de
coordinaciones que deben ser efectuadas de manera
integral y multidisciplinaria, correspondiéndole al Estado
brindar las facilidades para que dicho evento internacional
se desarrolle en las mejores condiciones y se logren los
objetivos trazados;
Que, la Ley N° 29963, “Ley de facilitación aduanera y
de ingreso de participantes para la realización de eventos
internacionales declarados de interés nacional”, tiene por
objeto facilitar los trámites aduaneros y de ingreso de
participantes para la realización de eventos internacionales
declarados de interés nacional por el Poder Ejecutivo,
siendo requisito para el acceso a tales facilidades el que
el evento internacional sea declarado previamente de
interés nacional mediante Decreto Supremo; y,
De conformidad con los establecido en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”; y el Decreto Legislativo
N° 1134, “Decreto Legislativo que aprueba la Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa;
DECRETA:
Artículo 1.- Declárase de interés nacional la realización
del Ejercicio de Cooperación III que se llevará a cabo en
las ciudades de Lima y Pisco entre el 21 de abril y el 2 de
mayo de 2014, con la participación de las Fuerzas Aéreas
de los países integrantes del Sistema de Cooperación de
las Fuerzas Aéreas Americanas - SICOFAA, así como las
actividades y eventos conexos que tendrán lugar antes y
durante ese ejercicio.
Artículo 2.- El presente Decreto Supremo es
refrendado por el Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete
días del mes de abril del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1071437-5
Autorizan ingreso al territorio nacional
de personal militar de Brasil y los
EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 255-2014-DE/SG
Lima, 7 de abril de 2014
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DSD) Nº 235 del 27 de marzo de
2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de
Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización
para el ingreso de personal militar de la República
Federativa del Brasil, sin armas de guerra;
Que, con Of‌i cio NC-55-SGFA-EMOP-Nº 1613 del 3
de abril de 2014, el Secretario General de la Fuerza
Aérea por encargo del Comandante General de la
Fuerza Aérea, emite opinión favorable para el ingreso
al país del personal militar de la República Federativa
del Brasil;
Que, el referido personal militar ingresará a territorio de
la República, del 8 al 20 de abril de 2014, para participar
en la formación inicial sobre simulador de vuelo;
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de
Requisitos para la Autorización y consentimiento para
el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la
República, modif‌i cado por el artículo único de la Ley
Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar
extranjero sin armas de guerra para realizar actividades
relacionadas a las medidas de fomento de la conf‌i anza,
actividades de asistencia cívica, de planeamiento de
futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción
o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas
Peruanas o para realizar visitas de coordinación o
protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa
mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del
Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta
al Congreso de la República por escrito en un plazo de
veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución,
bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de
autorización debe especif‌i car los motivos, la relación del
personal militar, la relación de equipos transeúntes y el
tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los
casos en que corresponda se solicitará opinión previa
del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

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