RESOLUCION MINISTERIAL N° 266-2012-MINAM - Disponen la publicación del Proyecto de Reglamento del Régimen Común de Fiscalización y Control Ambiental en el portal web institucional del OEFA

Fecha de disposición05 Octubre 2012
Fecha de publicación05 Octubre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 5 de octubre de 2012
475774
AGRICULTURA
Encargan a profesionales las funciones
de la Autoridad Administrativa del Agua
Cañete - Fortaleza y de la Administración
Local de Agua Bagua - Santiago
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 392-2012-ANA
Lima, 4 de octubre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, según el Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto
Supremo Nº 006-2010-AG, las Autoridades Administrativas
del Agua son órganos desconcentrados que dirigen en sus
respectivos ámbitos territoriales, la gestión de los recursos
hídricos en el marco de las políticas y normas dictadas por
el Consejo Directivo y la Jefatura de la entidad; asimismo, las
Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas
que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus
respectivos ámbitos territoriales;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 132-2012-ANA
se encargó las funciones de la Autoridad Administrativa del
Agua Cañete - Fortaleza; asimismo mediante Resolución
Jefatural Nº 358-2012-ANA se encargó las funciones de la
Administración Local de Agua Bagua - Santiago;
Que, se ha visto por conveniente, dar por concluidas las
encargaturas conferidas con las Resoluciones señaladas
en el considerando precedente y en consecuencia encargar
a los nuevos profesionales que asuman las funciones de la
referida Autoridad Administrativa del Agua y Administración
Local de Agua, respectivamente;
Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición
Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización
y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con
Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está
facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución
Jefatural las funciones de las Autoridades Administrativas del
Agua y Administraciones Locales de Agua;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,
Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos
y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de
la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto
Supremo Nº 006-2010-AG.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir del día
05 de octubre de 2012, la encargatura de funciones en
la Autoridad Administrativa del Agua Cañete - Fortaleza,
conferida al señor José Mario Bazán Aliaga, mediante la
Resolución Jefatural Nº 132-2012-ANA, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Artículo Segundo.- Encargar, a partir del día 05 de
octubre de 2012, las funciones de la Autoridad Administrativa
del Agua Cañete - Fortaleza, al Ing. José Genaro Musayon
Ayala, en adición a sus funciones en la Administración Local
de Agua Mala - Omas - Cañete.
Artículo Tercero.- Precísase, que al término de la
encargatura de funciones a que se ref‌i ere el artículo
precedente el Ing. José Genaro Musayon Ayala, continuará
ejerciendo las funciones en la Administración Local de Agua
Mala - Omas - Cañete.
Artículo Cuarto.- Dar por concluida, a partir del día
05 de octubre de 2012, la encargatura de funciones en la
Administración Local de Agua Bagua - Santiago, conferida
al señor Robert Alberto Velásquez Dávila, mediante la
Resolución Jefatural Nº 358-2012-ANA, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Artículo Quinto.- Encargar, a partir del día 05 de octubre
de 2012, las funciones de la Administración Local de Agua
Bagua - Santiago al Ing. José Mario Bazán Aliaga.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO EDUARDO JARA FACUNDO
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
849398-1
AMBIENTE
Disponen la publicación del Proyecto
de Reglamento del Régimen Común de
Fiscalización y Control Ambiental en el
portal web institucional del OEFA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 266-2012-MINAM
Lima, 28 de setiembre de 2012
Vistos, el Of‌i cio N° 1050-2012-OEFA/PCD del Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA de 12 de
setiembre de 2012, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº
28611, Ley General del Ambiente, el Estado, a través de
sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica
las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones
que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio
de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y
responsabilidades en materia ambiental;
Que, el numeral 1 de la Segunda Disposición
Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, que
aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del
Ministerio del Ambiente, dispone la creación del Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, como
organismo público técnico especializado, encargado de
la f‌i scalización, supervisión, control y sanción en materia
ambiental;
Que, mediante la Ley Nº 29325, Ley del Sistema
Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se
creó el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización
Ambiental – SINEFA, el cual está a cargo del OEFA como
ente rector;
Que, de conformidad con la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29325, corresponde al
OEFA, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional
de Evaluación y Fiscalización Ambiental, aprobar el
Reglamento del Régimen Común de Fiscalización y
Control Ambiental, previa opinión favorable del MINAM, el
mismo que será de cumplimiento obligatorio para todas las
entidades con competencia en f‌i scalización ambiental;
Que, el Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental – OEFA, ha elaborado el proyecto de Reglamento
del Régimen Común de Fiscalización y Control Ambiental,
propuesta que, previa a su aprobación, requiere ser
sometida a consulta pública con la f‌i nalidad de conocer
las sugerencias y comentarios de los interesados, en el
marco de lo establecido por el artículo 39° del Reglamento
sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública
Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos
Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-
MINAM;
Con el visado de la Secretaría General y de la Of‌i cina
de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013; la
Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N°
29325; y, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la
Información Pública Ambiental y Participación y Consulta
Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto
Supremo Nº 002-2009-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la publicación del Proyecto de
Reglamento del Régimen Común de Fiscalización y Control
Ambiental, que como anexo forma parte integrante de la
presente resolución.
Dicha publicación se realizará en el Portal Web
Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental – OEFA (http://www.oefa.gob.pe), a f‌i n de
conocer las sugerencias y comentarios de los interesados,
por el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de
la publicación de la presente Resolución Ministerial en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 2º.- Las sugerencias y comentarios sobre el
proyecto normativo señalado en el artículo 1° de la presente
resolución, deberán ser remitidas, por escrito, a la sede
institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental – OEFA, ubicada en la Calle Manuel Gonzales

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