RESOLUCION MINISTERIAL N° 0127-2014-MINAGRI - Designan Suplente del Presidente y Miembro de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura y Riego
Fecha de disposición | 21 Marzo 2014 |
Fecha de publicación | 21 Marzo 2014 |
El Peruano
Viernes 21 de marzo de 2014
519274
Pobreza”, constituida mediante Decreto Supremo Nº 001-
2001-PROMUDEH, modifi cado por Decreto Supremo Nº
014-2001-PROMUDEH.
Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la
Secretaría Técnica del Comité Ejecutivo Nacional de la
Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza
y a los representantes mencionados, para los fi nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1064260-1
Aprueban el Plan Operativo
Institucional (POI) 2014 del Ministerio
de Agricultura y Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0126-2014-MINAGRI
Lima, 18 de marzo de 2014
VISTOS:
El Ofi cio Nº 408-2014-MINAGRI-OPP/UPS de fecha
18 de febrero de 2014, de la Ofi cina de Planeamiento
y Presupuesto, y el Informe Nº 030-2014-MINAGRI-
OPP/UPS de fecha 11 de febrero de 2014, de la Unidad
de Política Sectorial de la Ofi cina de Planeamiento y
Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, se aprueba
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Agricultura, el cual ha sido modifi cado por la Ley Nº 30048,
con relación a su denominación, estructura y funciones,
disponiéndose en el artículo 2 de la citada Ley, que a
partir de su vigencia, el Ministerio ha adquirido una nueva
denominación, debiendo entenderse toda referencia
legislativa al Ministerio de Agricultura como efectuada al
Ministerio de Agricultura y Riego;
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que
corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir
el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el
marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico
y determinar los objetivos sectoriales funcionales
nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno;
aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos
necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las
asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, el numeral 71.3 de artículo 71 del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo
Nº 304-2012-EF, prevé que los Planes Operativos
Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que
se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen
instrumentos administrativos que contienen los procesos
a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas
necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias
establecidas para dicho período, así como la oportunidad
de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;
Que, con Resolución Ministerial Nº 0161-2012-AG, se
aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual período
2012-2016 (PESEM), del Ministerio de Agricultura;
Que, la Directiva Sectorial Nº 006-2010-AG-DM
“Directiva para la Formulación y Seguimiento del
Plan Operativo Institucional (POI) en el Ministerio de
Agricultura - MINAG”, establece el proceso y las pautas
para la formulación, aprobación, seguimiento (monitoreo)
y modifi cación del POI de los organismos, proyectos,
programas y órganos del Ministerio de Agricultura, el
mismo que refl eja las Metas Físicas y Presupuestarias
que se esperan alcanzar para cada Año Fiscal y
constituye un instrumento administrativo que contiene los
procesos a desarrollar en el corto plazo, considerando en
su formulación los lineamientos de política agraria y los
objetivos estratégicos contenidos, entre otros, en el Plan
Estratégico Sectorial Multianual (PESEM);
Que, de conformidad con los artículos 26, 27 y 29 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-
AG, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto ejerce,
entre otras funciones, el asesorar a la Alta Dirección, a los
organismos públicos, programas y proyectos del Sector
en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de
la Política Nacional Agraria y de los planes sectoriales de
desarrollo; y a través de la Unidad de Política Sectorial,
el proponer y opinar sobre planes y demás instrumentos
del Ministerio que implementen las políticas y estrategias
para el desarrollo agrario;
Que, mediante Ofi cio Nº 408-2014-MINAGRI-OPP/
UPS, el Director General de la Ofi cina de Planeamiento y
Presupuesto hace suyo y remite el Informe Nº 030-2014-
MINAGRI-OPP/UPS de la Unidad de Política Sectorial,
en el cual establece que el Plan Operativo Institucional
2014 del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) ha
sido elaborado en concordancia con el PESEM 2012-
2016, alineado a los pilares de desarrollo agrario (gestión,
competitividad, inclusión y sostenibilidad); que las metas y
los objetivos considerados en el POI están contemplados
en el Presupuesto Institucional de Apertura 2014 del
MINAGRI; y que es una compilación de los Planes
Operativos Institucionales de los órganos, programas
y proyectos del Ministerio, por lo que recomienda su
aprobación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 997,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado
por la Ley N° 30048; su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-
AG; y la Directiva Sectorial Nº 006-2010-AG-DM.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional
(POI) 2014 del Ministerio de Agricultura y Riego,
documento que como Anexo forma parte de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Tecnología
de la Información publique el Plan Operativo Institucional
(POI) 2014 del Ministerio de Agricultura y Riego, en el
Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego
(www.minagri.gob.pe).
Artículo 3.- Los órganos, Programas y Proyectos
Especiales del Ministerio de Agricultura y Riego, tienen la
responsabilidad de la ejecución, seguimiento y evaluación
del Plan Operativo Institucional (POI) 2014 del Ministerio
de Agricultura y Riego, en el ámbito de su competencia,
con la fi nalidad de alcanzar los objetivos sectoriales.
Artículo 4.- La Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio de Agricultura y Riego, se encargará de
elaborar los informes de seguimiento de los avances de
la implementación del Plan Operativo Institucional (POI)
2014 del Ministerio de Agricultura y Riego.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1064260-2
Designan Suplente del Presidente y
Miembro de la Comisión Permanente de
Procesos Administrativos Disciplinarios
del Ministerio de Agricultura y Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0127-2014-MINAGRI
Lima, 18 de marzo de 2014
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