RESOLUCION SUPREMA N° 118-2008-MINCETUR - Autorizan viaje de Asesor del Despacho Ministerial para participar en el Foro de Competitividad de las Américas que se realizará en EE.UU.

Fecha de publicación09 Agosto 2008
Fecha de disposición09 Agosto 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 9 de agosto de 2008
377826
VISTO:
El Of‌i cio Nº 541-2008-GRA/GRAG-ATDR.AYP de la
Administración Técnica del Distrito de Riego Acarí-Yauca-
Puquio mediante el cual remite el Informe Nº 021-2008-
GRA/GRAG-ATDR.AYP; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 19º de la Ley General de Aguas
Decreto Ley Nº 17752, señala que la Autoridad de
Aguas dictará las providencias y aplicará las medidas
necesarias para evitar la pérdida de agua por escorrentía,
percolación, evaporación, inundación, inadecuado uso
u otras causas, a f‌i n de lograr la máxima disponibilidad
de los recursos hídricos y mayor grado de ef‌i ciencia en
su utilización;
Que, según el artículo 26º de la precitada ley, los usos
de las aguas son aleatorios y se encuentran condicionados
a las disponibilidades del recurso y a las necesidades
reales del objeto al que se destinen y deberán ejercerse
en función del interés social y el desarrollo del país;
Que, de otro lado, el artículo 89º del Reglamento
de los Títulos I, II y III de la Ley General de Aguas,
aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP, señala
que en los sistemas, distritos o sectores de riego, cuyas
disponibilidades evaluadas en los pronósticos hidrológicos
respectivos, sean inferiores a las demandas técnicas de
los usuarios debidamente empadronados, no se aceptarán
solicitudes de nuevos usos mientras no se disponga de
recursos de agua adicionales;
Que, según Decreto Supremo Nº 078-2006-AG la
Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacional
de Recursos Naturales tiene, entre otras, como función
disponer vedas de uso de agua para su preservación y
conservación;
Que, la Administración Técnica del Distrito de Riego
Acarí-Yauca-Puquio mediante Informe Nº 021-2008-GRA/
GRAG-ATDR.AYP opina se disponga la veda del embalse
Ancascocha para otros usuarios que no sean los que han
venido utilizando las aguas a diciembre de 2007, hasta
que no se incremente la capacidad del embalse;
Que, la Unidad Transitoria de Riego de esta
Intendencia mediante Informe Nº 138-2008-INRENA-
IRH-UTR-LAT, concluye que la disponibilidad de agua de
la presa de Ancascocha en su situación actual con sus
af‌l uentes en el periodo de estiaje (agosto-diciembre) y las
precipitaciones llegan aproximadamente a 29.65 MMC,
valor muy por debajo de la demanda de 120.95 MMC,
existiendo un déf‌i cit de 91.30 MMC, por lo que la presa de
Ancascocha no puede satisfacer la demanda de agua de
todos los usuarios ubicados en la cuenca del río Yauca;
Que, el precitado informe señala que en el marco de
lo dispuesto por el artículo 6º del Decreto Supremo Nº
078-2006-AG se disponga la veda de agua del embalse
Ancascocha para otros benef‌i ciarios que no sean los que
han venido utilizando las aguas a diciembre de 2007,
hasta que no se incremente la capacidad del embalse,
recomendando que la distribución del agua del embalse
Ancascocha para el año 2008, se efectúe de acuerdo a
los porcentajes autorizados en el año 2007 de acuerdo al
siguiente detalle:
a) 28% a favor de la Junta de Usuarios del Sub Distrito
de Riego Coracora.
b) 51% a favor de la Junta de Usuarios del Sub Distrito
de Riego Yauca.
c) 21% a favor de la Comisión de Regantes Chaviña.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17752, el Decreto Supremo Nº 078-2006-AG y demás
normas complementarias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecer veda para el otorgamiento
de nuevos derechos de uso de aguas provenientes del
embalse Ancascocha para otros usuarios que no sean los
que han venido utilizando las aguas a diciembre de 2007
hasta que no se incremente la capacidad del embalse.
Artículo 2º.- Precisar que el volumen de agua
disponible en la presa de Ancascocha y sus af‌l uentes
para los meses de agosto a diciembre de cada año será
utilizado en los siguientes porcentajes:
d) 28% a favor de la Junta de Usuarios del Sub Distrito
de Riego Coracora.
e) 51% a favor de la Junta de Usuarios del Sub Distrito
de Riego Yauca.
f) 21% a favor de la Comisión de Regantes Chaviña.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
CARLOS JAVIER PAGADOR MOYA
Intendente de Recursos Hídricos
236486-1
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Autorizan viaje de Asesor del Despacho
Ministerial para participar en el Foro
de Competitividad de las Américas que
se realizará en EE.UU.
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 118-2008-MINCETUR
Lima, 8 de agosto de 2008
CONSIDERANDO:
Que, del 17 al 19 de agosto de 2008, se llevará a cabo
en la ciudad de Atlanta, Estados Unidos de América, el
Foro de Competitividad de las Américas, organizado
por la Secretaría de Comercio de los Estados Unidos
de América; evento que promueve el encuentro entre
Ministros y altos funcionarios públicos del hemisferio
occidental con líderes del sector privado, académico y
organizaciones no gubernamentales, a f‌i n de impulsar el
diseño, promoción e implementación de políticas públicas
que permitan incrementar la competitividad;
Que, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo
participará en el mencionado Foro a invitación de
la Secretaría de Comercio de los Estados Unidos de
América; y disertará acerca de las estrategias para la
diversif‌i cación del turismo en su calidad de responsable
de la política del sector en el país; asimismo, formará
parte del panel de discusión sobre las oportunidades
regionales de mercado en la Comunidad Andina y
particularmente en el Perú;
Que, por tal razón, se considera conveniente autorizar
el viaje del señor José Luis Chicoma Lúcar, Asesor del
Despacho Ministerial de Comercio Exterior y Turismo,
a f‌i n de que participe en dicho Foro y preste apoyo a
la Titular de Comercio Exterior y Turismo, en temas de
competitividad y promoción del destino turístico Perú;
Que, la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al
exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de
los viajes que se efectúan en el marco de las acciones de
promoción de importancia para el Perú;
De conformidad con la Ley Nº 29142 antes citada, la
Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº
27619, que regula la autorización de viajes al exterior de
los servidores y funcionarios públicos, y sus modif‌i catorias,
y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Luis
Chicoma Lúcar, Asesor del Despacho Ministerial de
Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Atlanta,
Estados Unidos de América, del 17 al 20 de agosto de
2008, para los f‌i nes señalados en la parte considerativa
de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema, serán efectuados con
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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