RESOLUCION MINISTERIAL N° 522-2011-MEM/DM - Declaran en situación excepcional parte de la zona oriental del SEIN

Fecha de disposición24 Diciembre 2011
Fecha de publicación24 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 24 de diciembre de 2011
455700
A CARGO DEL MEF PLAZOS
* Presentación del Formato “Detalle de
los Gastos f‌i nanciados con Recursos
por Operaciones Of‌i ciales de Crédito
Externo, Donaciones y Contrapartida
Nacional”.
Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Art.
17°.
Hasta el 20 de enero de 2012.
* Actualización, durante el trimestre,
de la
Programación de Compromisos Anual
(PCA) por causal.
Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Arts.
8° Lit. b) y
9º.
Del 01 de enero de 2012 al 31 de
marzo de 2012.
Del 01 de abril de 2012 al 30 de junio
de 2012.
Del 01 de julio de 2012 al 30 de
setiembre de 2012.
Del 01 de octubre de 2012 al 31 de
diciembre de 2012.
* Presentación de las Copias de
las Resoluciones que aprueban
Modif‌i caciones Presupuestarias en el
Nivel Institucional.
Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Arts.
19° Num.
19.3 y 21º Num. 21.3.
Ley N° 28411, Art. 39°.
Dentro de los cinco (5) días siguientes
de aprobada la Resolución.
* Presentación de la Copia de la
Resolución de
la Modif‌i cación Presupuestaria de
Habilitaciones y
Anulaciones, entre Unidades
Ejecutoras.
Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Art.
20° Num.
20.1 Lit. a) y Art. 22° Num. 22.1 Lit.
a).
Dentro de los cinco (5) días siguientes
de aprobada la Resolución.
* Aprobación de las Modif‌i caciones
Presupuestales
dentro de una Unidad Ejecutora
Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Art.
20° Num.
20.1 Lit. b) Inc. i) primer párrafo y Art.
22° Num.
22.1 Lit. b) Inc. i) primer párrafo.
mes 01: hasta el 10 de febrero de
2012.
mes 02: hasta el 12 de marzo de
2012.
mes 03: hasta el 10 de abril de
2012.
mes 04: hasta el 10 de mayo de
2012.
mes 05: hasta el 11 de junio de
2012.
mes 06: hasta el 10 de julio de
2012.
mes 07: hasta el 10 de agosto de
2012.
mes 08: hasta el 10 de setiembre
de 2012.
mes 09: hasta el 10 de octubre de
2012.
mes 10: hasta el 12 de noviembre
de 2012.
mes 11: hasta el 10 de diciembre
de 2012.
mes 12: hasta el 10 de enero de
2013
* Presentación de la Copia de las
Resoluciones de Modif‌i caciones
Presupuestales dentro de una
Unidad Ejecutora.
Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Art.
20° Num.
20.1 Lit. b) Inc. i) segundo párrafo y
Art. 22° Num.
22.1 Lit. b) Inc. i) segundo párrafo.
mes 01: hasta el 15 de febrero de
2012.
mes 02: hasta el 19 de marzo de
2012.
mes 03: hasta el 16 de abril del
2012.
mes 04: hasta el 15 de mayo de
2012.
mes 05: hasta el 18 de junio de
2012.
mes 06: hasta el 16 de julio de
2012.
mes 07: hasta el 15 de agosto de
2012.
mes 08: hasta el 17 de setiembre
de 2012.
mes 09: hasta el 15 de octubre de
2012.
mes 10: hasta el 19 de noviembre
de 2012.
mes 11: hasta el 17 de diciembre
de 2012.
mes 12: hasta el 15 de enero de
2013.
732367-1
ENERGIA Y MINAS
Declaran en situación excepcional
parte de la zona oriental del SEIN
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 522-2011-MEM/DM
Lima, 22 de diciembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el literal c) del artículo
14° de la Ley N° 28832, una de la funciones operativas del
Comité de Operación Económica del Sistema (COES) es
la de coordinar la operación en tiempo real del Sistema
Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN);
Que, mediante Resolución Directoral N° 014-2005-EM/
DGE, publicada el 03 de marzo de 2005, se aprobó la Norma
Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo
Real de los Sistemas Interconectados, cuyo objeto es
establecer las obligaciones del Coordinador de la Operación
en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados y de los
Integrantes del mismo, con relación a los procedimientos de
operación en tiempo real de dichos Sistemas;
Que, en el Numeral 41 del Anexo Nº 1 de la referida
Norma Técnica, se def‌i ne la Situación Excepcional
como aquella situación temporal en la cual no sea
posible asegurar el abastecimiento de energía eléctrica
en el SEIN, o en parte del mismo, con los parámetros
operativos normales, y que dicha situación será declarada
por el Ministerio de Energía y Minas, a solicitud del COES
debidamente sustentada, en la que se especif‌i cará la
duración y las zonas del SEIN en Situación Excepcional;
Que, al amparo de la citada norma legal, mediante el
documento COES/ D-607-2011, de fecha 21 de diciembre
de 2011, el COES ha solicitado al Ministerio se declare en
Situación Excepcional en parte de la zona Oriental del SEIN,
entre las Subestaciones Paragsha – Tingo María – Pucallpa
– Aucayacu – Tarapoto, hasta el 31 de diciembre de 2011,
acompañando como sustento el Informe COES/DO/SEV-
104-2011;
Que, el Numeral 10.1.1 de la misma Norma Técnica,
prevé que durante el periodo de Situación Excepcional,
el COES podrá programar y operar en tiempo real con
nuevos valores de referencia para tensión y frecuencia,
que excedan a las tolerancias normales, así como superar
los límites normales de carga de los equipos e instalaciones
y dejar de asignar reserva rotante para regulación de
frecuencia, a f‌i n de procurar el abastecimiento oportuno
a los usuarios y minimizar los efectos de dicha situación
excepcional, manteniendo un adecuado balance respecto
al riesgo de que se ocasione perturbaciones mayores al
Sistema, agregando que las decisiones para la operación
en tiempo real en Situación Excepcional deberá considerar
el riesgo que signif‌i ca para la seguridad operativa del
SEIN, parte de él o de las instalaciones afectadas;
En ejercicio de las funciones contenidas en los incisos
b) y c) del artículo 6º del Decreto Ley 25962, Ley Orgánica
del Sector Energía y Minas; y en el inciso h) del artículo
9º del Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 031-2007-EM;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1°- Declarar en Situación Excepcional parte de la
zona Oriental del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional,
entre las Subestaciones Paragsha – Tingo María – Pucallpa
– Aucayacu – Tarapoto, desde la fecha de vigencia de la
presente Resolución, hasta el 31 de diciembre de 2011.
Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas
733073-1

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