RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1122-2011-DE/SG - Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Brasil, Chile y EE.UU.

Fecha de disposición09 Noviembre 2011
Fecha de publicación09 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 9 de noviembre de 2011
453036
la ef‌i cacia del acto el supuesto de hecho justif‌i cativo para
su adopción;
Que, de conformidad con el artículo 9° de la Ley N°
29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Defensa, el Ministro de Defensa es la más alta autoridad
política del Sector Defensa y administrativa del Ministerio
de Defensa y Titular del pliego presupuestario;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Con ef‌i cacia anticipada, dar por concluido
el nombramiento en Misión Diplomática del Coronel EP
Elí Jake Montejo Calixto, como Agregado de Defensa
a la Embajada del Perú en la República Bolivariana de
Venezuela, con fecha 1 de noviembre de 2011.
Artículo 2°.- Dar por concluido el nombramiento en
Misión Diplomática de los siguientes Of‌i ciales Generales
y Of‌i ciales Superiores del Ejército del Perú, con fecha 31
de enero de 2012:
- General de Brigada EP José Luis Gómez Sánchez
Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en
el Reino de España
- General de Brigada EP Hugo Antonio Cornejo
Valdivia
Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la
Embajada del Perú en los Estados Unidos
de América y concurrente en Canadá
- Coronel EP Edgardo Zapata Lazo
Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en
el Estado de Israel
- Coronel EP Miguel Yamasaki Koizumi
Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en
la República de Corea
Artículo 3º.- El Ejército del Perú, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 2° y 3° de la Resolución
Suprema N° 020-2011-DE del 21 de enero de 2011, deberá
proceder oportunamente a cumplir con el desembolso
correspondiente, del derecho otorgado en virtud del inciso
b) del artículo 13° del Decreto Supremo N° 028-2006-DE/
SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de
las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL MORA ZEVALLOS
Ministro de Defensa
713654-1
Autorizan ingreso al territorio peruano
de personal militar de Brasil, Chile y
EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 1120-2011-DE/SG
Lima, 8 de noviembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímiles (DSD) Nº 771 de fecha 3 de
noviembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa
del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida
la autorización para el ingreso de personal militar de la
República Federativa de Brasil, sin armas de guerra;
Que, en el marco de actividades organizadas por
la Dirección Ejecutiva de la Secretaría del Consejo de
Defensa Sudamericano de la Unión de las Naciones
Unidas Sudamericanas – UNASUR, se tiene programada
la “I Reunión Extraordinaria del Consejo de Defensa
Sudamericano”, con la participación de personal militar de
la República Federativa de Brasil;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cado por
Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar
extranjero sin armas de guerra para realizar actividades
relacionadas a las medidas de fomento de la conf‌i anza,
actividades de asistencia cívica, de planeamiento de
futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción
o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas
Peruanas o para realizar visitas de coordinación o
protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa
mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del
Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta
al Congreso de la República por escrito en un plazo de
veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución,
bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de
autorización debe especif‌i car los motivos, la relación del
personal militar, la relación de equipos transeúntes y el
tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los
casos en que corresponda se solicitará opinión previa del
Ministerio de Relaciones Exteriores”; y,
Con la opinión favorable del Ministerio de Defensa, y
de conformidad con la Ley N° 27856 - Ley de requisitos
para la autorización y consentimiento para el ingreso de
tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley
N° 28899 - Ley que modif‌i ca la Ley N° 27856;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano,
sin armas de guerra, al personal militar de la República
Federativa de Brasil, detallado a continuación, para
participar la “I Reunión Extraordinaria del Consejo de
Defensa Sudamericano”, del 08 al 12 de noviembre de
2011:
1.General de Ejército Jose Carlos De Nardi
2.General del Aire Marco Aurelio Goncalves Mendes
3.Contralmirante Jose Luiz Ribeiro Filho
4.Capitán de Navio Jose Airton Somavilla Bomf‌i m
5.Capitán de Corbeta César Augusto Prudencio Pimenteira
6.3er Sargento Marcelo Pereira Da Silva
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cado
por Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL MORA ZEVALLOS
Ministro de Defensa
713665-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº1121-2011-DE/SG
Lima, 08 de noviembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímiles (DSD) Nº 772 de fecha 4 de
noviembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa
del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida
la autorización para el ingreso de personal militar de la
República de Chile, sin armas de guerra;
Que, en el marco de las actividades académicas
programadas para el presente año, se encuentra en
agenda la “Sétima Conferencia de Examen de Revisión e
Implementación Nacional de la Convención sobre Armas
Biológicas”, a realizarse en la ciudad de Lima, contando
con la participación de personal militar de la República
de Chile;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cado por
Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar
extranjero sin armas de guerra para realizar actividades
relacionadas a las medidas de fomento de la conf‌i anza,
actividades de asistencia cívica, de planeamiento de
futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción
o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas
Peruanas o para realizar visitas de coordinación o
protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa
mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del
Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta
al Congreso de la República por escrito en un plazo de
veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución,

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