RESOLUCION MINISTERIAL N° 361-2012-MTC/01 - Aprueban reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio

Fecha de disposición14 Julio 2012
Fecha de publicación14 Julio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 14 de julio de 2012 470547
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Aprueban reordenamiento del Cuadro
para Asignación de Personal - CAP del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 361-2012-MTC/01
Lima, 11 de julio de 2012
VISTO:
El Memorándum Nº 1105-2012-MTC/09.05 del
Director General de la Of‌i cina General de Planeamiento
y Presupuesto y los Informes Nos. 499 y 644-2012-
MTC/09.05 del Director de la Of‌i cina de Organización
y Racionalización sobre el reordenamiento del Cuadro
para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, en aplicación del Decreto Supremo Nº 043-2004-
PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración y
aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de
las Entidades de la Administración Pública, se expidió la
Resolución Suprema Nº 006-2008-MTC que aprueba el
Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, que como anexo forma
parte de dicha resolución;
Que, el artículo 13º de los Lineamientos aprobados por
el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, establece que el
reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para
Asignación de Personal que se genere por la eliminación
o creación de cargos, que no incidan en un incremento del
Presupuesto Analítico de Personal - PAP de la Entidad, no
requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP,
disponiendo que dicho reordenamiento podrá aprobarse
mediante Resolución o dispositivo legal que corresponda
al Titular de la Entidad, previo informe del órgano
responsable de racionalización o de quien haga sus veces
conforme ref‌i ere el artículo 6º de dichos Lineamientos;
Que, la Of‌i cina de Organización y Racionalización
de la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto a
través del Informe Nº 499-2012-MTC/09.05, teniendo en
cuenta el Informe Nº 1128-2012-MTC/10.07 de la Of‌i cina
de Personal, señala lo siguiente:
• Eliminar el cargo Chofer III, Nº CAP 0817, Clasif‌i cación
SP-AP, creando el cargo Técnico Administrativo I, Nº CAP
0817, Clasif‌i cación SP-AP en la Dirección de Equipo
Mecánico, para la reincorporación provisional de doña
Susana Leonidas Díaz Pairazaman.
• Eliminar el cargo Secretaria I, Nº CAP 0652,
Clasif‌i cación SP-AP, creando el cargo Especialista
Administrativo I, Nº CAP 0652, Clasif‌i cación SP-ES en la
Dirección de Ferrocarriles, para la asignación de cargo a
don Aldrín Rojas Rivera.
• Modif‌i car la denominación del cargo estructural
Director de Programa Sectorial II, Nº CAP 0942,
Clasif‌i cación SP-EJ, como cargo de Director de Sistema
Administrativo II, Nº CAP 0942, en la Dirección General
de Asuntos Socio - Ambientales; en concordancia con la
Resolución Ministerial Nº 591-2008-MTC/01 que dispuso
ascender en la carrera administrativa, entre otros, a don
Wilians Mori Isuisa, en el cargo Director de Sistema
Administrativo II, Clasif‌i cación SP-EJ.
Que, los dos primeros cargos antes señalados se
requieren para dar cumplimiento a la Resolución Nº 01 de
fecha 16 de enero de 2012 emitido por el Segundo Juzgado
Transitorio Especial Laboral de Lima, Corte Superior de
Justicia de Lima, que concede medida cautelar a favor de
doña Susana Leonidas Díaz Pairazaman, ordenando al
Ministerio de Transportes y Comunicaciones que proceda
a reincorporarla provisionalmente en su mismo cargo,
categoría y lugar que venía laborando al momento del
cese o en otro similar; igualmente, la Resolución Nº 39 de
fecha 11 de enero de 2012, emitido por el Quinto Juzgado
Civil de Huancayo de la Corte Superior de Justicia de
Junín, que ordena asignar al señor Aldrín Rojas Rivera en
el mismo cargo con la misma remuneración que ostentaba
a la fecha de su cese;
Que, en consecuencia, de acuerdo a lo actuado, debe
aprobarse el reordenamiento del CAP del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
De conformidad con la Ley Nº 29370 y el Decreto
Supremo Nº 021-2007-MTC y el Texto Único Ordenado
de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por el
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el reordenamiento del Cuadro
para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, conforme al Anexo que
forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el Diario Of‌i cial El Peruano,
y, el Anexo que forma parte integrante de la misma en
el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el
Portal Institucional (www.mtc.gob.pe) al día siguiente de
publicada la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
813947-1
Otorgan autorización a personas
naturales para prestar servicio de
radiodifusión sonora comercial en
localidades de los departamentos de
Ayacucho y Ancash
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 212-2012-MTC/03
Lima, 5 de julio de 2012
VISTO, el Expediente Nº 2012-009618 presentado
por la señora ZENAIDA HUAYTA ROMERO, sobre
otorgamiento de autorización para la prestación del
servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia
Modulada (FM) en el distrito de Acocro, provincia de
Huamanga, departamento de Ayacucho;
CONSIDERANDO:
Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio
de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se
requiere contar con autorización, la cual se otorga por
Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo
previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de
Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 005-2005-MTC;
Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y
Televisión indica que la autorización es la facultad que
otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para
establecer un servicio de radiodifusión. Además, el
citado artículo señala que la instalación de equipos en
una estación de radiodifusión requiere de un Permiso,
el mismo que es def‌i nido como la facultad que otorga el
Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en
un lugar determinado equipos de radiodifusión;
establece que otorgada la autorización para prestar
el servicio de radiodifusión, se inicia un período de
instalación y prueba que tiene una duración improrrogable
de doce (12) meses;
Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio
y Televisión indica que para obtener autorización para
prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar
una solicitud, la misma que se debe acompañar con la
información y documentación que en dicho artículo se
detallan;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 086-2004-
MTC/03, ratif‌i cada mediante Resolución Viceministerial
Nº 746-2008-MTC/03 y modif‌i cada por Resoluciones

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