2420 217-2001-PROMUDEH - Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Dos de Mayo - La Unión

Fecha de publicación05 Junio 2001
Fecha de disposición05 Junio 2001
Pág. 203958
NORMAS LEGALES
Lima, martes 5 de junio de 2001
Designan miembro del Directorio de la
Sociedad de Beneficencia Pública de
Dos de Mayo - La Unión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 217-2001-PROMUDEH
Lima, 1 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirió al
Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo
Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar
Familiar - INABIF, disponiéndose asimismo la transfe-
rencia al referido Instituto, de las Beneficencias Públicas
del país y Juntas de Participación Social;
Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU-
DEH, se dispone la nueva conformación de los Directorios
de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participa-
ción Social, los mismos que deben estar integrados, entre
otros, por dos representantes del Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno
de los cuales debe presidirlo;
De conformidad con la Ley Nº 26918, Decreto Legislativo
Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y modifica-
torias, y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, al CPC
ABNER RODRIGO ALONSO SALAZAR como Presiden-
te del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública
de Dos de Mayo - La Unión, en representación del
Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo
Humano.
Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, al
licenciado ALEJANDRO HURTADO HILARIO como
Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia
Pública de Dos de Mayo - La Unión, en representación
del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarro-
llo Humano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
24688
TRABAJO Y
PROMOCIÓN SOCIAL
Reconocen a representantes de
empleadores y asegurados ante el
Consejo Directivo de ESSALUD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 057-2001-TR
Lima, 4 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 5.2 del Artículo 5º de la Ley Nº 27056, Ley
de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, establece
que el Consejo Directivo de este organismo está integrado por
tres representantes del Estado, tres representantes de los
empleadores y tres representantes de los asegurados, elegi-
dos por las organizaciones representativas;
Que, el numeral 6.2 del Artículo 6º de la Ley Nº 27056,
regula que el Ministro de Trabajo y Promoción Social debe
reconocer a los representantes elegidos por las organiza-
ciones representativas;
Que, el numeral 5.3. del Artículo 5º de la Ley Nº 27056
prescribe que el mandato de los miembros del Consejo
Directivo es de dos años, plazo que para los actuales
representantes de los empleadores y asegurados concluye
el 4 de junio de 2001;
Que, el Ministro de Trabajo y Promoción Social ha
recibido las comunicaciones de elección de representantes
ante el Consejo Directivo de ESSALUD, por parte de las
organizaciones representativas de los empleadores y ase-
gurados, debiendo proceder a su reconocimiento;
Que, los tres representantes de los asegurados deben
ser elegidos en representación de los trabajadores del
régimen laboral privado, el régimen laboral público y los
pensionistas, respectivamente;
Que, en representación de los trabajadores del régimen
laboral público fue elegida por la Central General de Traba-
jadores del Perú - C.G.T.P. la señora Elsa Baca Córdova; en
representación de los trabajadores del régimen laboral de la
actividad privada fue elegido por la Central Unica de Trabaja-
dores - C.U.T. el señor Julio César Paz Gaviño; y en repre-
sentación de los pensionistas fue elegido por la Central
Nacional de Jubilados y Pensionistas del Perú - CENAJUPE
el señor Fernando Pariona Campos;
Que, igualmente los representantes de los empleadores
deben ser elegidos en representación de los grupos empre-
sariales clasificados como grandes, medianos, pequeños y
microempresarios, respectivamente;
Que, en representación de la gran y mediana empresa
fueron elegidos por la Confederación Nacional de Institu-
ciones Empresariales Privadas - CONFIEP los señores
Francisco García Calderón Portugal y Eduardo Iriarte
Jiménez, respectivamente; y en representación de la pe-
queña y microempresa fue elegido por la Cámara de Co-
mercio de Lima el señor Rafael Belmont Chiarella;
Que, habiéndose elegido a los representantes de los
asegurados y pensionistas, corresponde al Ministro de
Trabajo y Promoción Social formalizar tales actos, confor-
me lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 27056;
Que, para el caso de los representantes cuyos mandatos
sean renovados, se computará el plazo máximo regulado en
el numeral 5.3 del Artículo 5º de la Ley Nº 27056, concor-
dado con su Segunda Disposición Transitoria. Este plazo
rige a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 27056;
Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría
Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 27056;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Reconocer como representantes de los
empleadores, a las siguientes personas:
- Señor FRANCISCO GARCÍA CALDERÓN PORTU-
GAL, representante de la gran empresa.
- Señor EDUARDO IRIARTE JIMENEZ, representante
de la mediana empresa.
- Señor RAFAEL BELMONT CHIARELLA, represen-
tante de la pequeña y microempresa.
Artículo 2º.- Reconocer como representantes de los
asegurados, a las siguientes personas:
- Señora ELSA BACA CÓRDOBA, representante de los
trabajadores del régimen laboral de la actividad pública.
- Señor JULIO CÉSAR PAZ GAVIÑO, representante de
los trabajadores del régimen laboral de la actividad priva-
da.- Señor FERNANDO PARIONA CAMPOS, represen-
tante de los pensionistas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME ZAVALA COSTA
Ministro de Trabajo y Promoción Social
24706
M T C
Amplían área de concesión otorgada a
favor de Nextel del Perú S.A. para la
prestación del teleservicio móvil de
canales múltiples de selección
automática
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 216-2001-MTC/15.03
Lima, 29 de mayo de 2001
Vista, la solicitud formulada por la empresa NEXTEL
DEL PERU S.A. para la ampliación del área de concesión
para la prestación del teleservicio móvil de canales múlti-
ples de selección automática;

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