RESOLUCION N° 012-2013-SUNASS-CD - Disponen publicar proyecto de resolución que aprueba Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión aplicables a SEDACUSCO S.A. en el quinquenio 2013-2018 y costos máximos de unidades de medida de actividades requeridas para establecer precios de servicios colaterales

Fecha de publicación17 Mayo 2013
Fecha de disposición17 Mayo 2013
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2013
495010
Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia y les otorga potestad para administrar sus
bienes y rentas;
Que el artículo 195º incisos 3) y 4) de la Constitución
Política del Estado, establecen que es competencia de
los Gobiernos Locales la administración de sus bienes
y rentas; así como crear y suprimir contribuciones,
tasas, arbitrios y derechos municipales, conforme a
Ley; esto últimos concordante con la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972; en sus artículos 40º y 9º inciso
9); así también con el artículo 60º del D.L. Nº 776, Ley de
Tributación Municipal, concordante con lo establecido en
la Norma IV del Título Preliminar del T.U.O. del Código
Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF.
Que, mediante Informe Nº 021-2012-GR-MDSE
emitido por la Gerencia de Rentas, remite el Proyecto
de Ordenanza Municipal sobre Benef‌i cios Tributarios
y Administrativo de forma Excepcional por la obra de
asfaltado de la carretera de Santa Eulalia
Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF,
establece que la deuda tributaria solo podrá ser condonada
por norma expresa con rango de ley; excepcionalmente,
los gobiernos locales podrán condonar con carácter
general, el interés moratorio y las sanciones respecto de
los impuestos que administren. En caso de contribuciones
y tasas dicha condonación también podrá alcanzar
al tributo, asimismo el artículo 52 del mismo cuerpo
legal señala que los Gobiernos Locales administrarán
exclusivamente las contribuciones y tasas municipales,
sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios, y por
excepción los impuestos que la Ley les asigne.
Que, con el Gobierno Regional de Lima, se ha
coordinado y proyectado la obra del asfaltado de la
Carretera Santa Eulalia, desde la Plaza Central de Santa
Eulalia hasta Lucmaseca, siendo esta obra de imperiosa
necesidad para el desarrollo y progreso de nuestro Distrito
y por el bienestar de los vecinos que a diario utilizan
dicha vía, dicho proyecto de Inversión Pública cuenta con
código SNIP Nº 229285 denominado “REHABILITACION
CARRETERA SANTA EULALIA A LUCMA SECA SANTA
EULALIA, DISTRITO DE SANTA EULALIA – HUAROCHIRI
– LIMA”
Que, en uso de las atribuciones conferidas en el
artículo 5º numeral 5) y artículo 9º numeral 8) y artículo
y con el voto unánime de los miembros del Concejo
Municipal se aprobó:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LOS
BENEFICIOS TRIBUTARIOS EXCEPCIONALES
EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE SANTA
EULALIA SOBRE PREDIOS QUE LIMITEN CON LA
CARRETERA SANTA EULALIA POR EL FRENTE
DESDE LA PLAZA CENTRAL HASTA LUCUMASECA
Artículo Primero.- AMBITO DE APLICACIÓN.- La
presente Ordenanza es de aplicación para todos los
contribuyentes que cuyos predios limiten con la carretera Santa
Eulalia por el frente desde la Plaza Central hasta Lucmaseca
del Distrito de Santa Eulalia, Provincia de Huarochirí.
Artículo Segundo.- FINALIDAD.- La presente
Ordenanza tiene como f‌i nalidad establecer un régimen de
benef‌i cio tributario para los contribuyentes especif‌i cados
en el artículo 1º de la presente.
Artículo Tercero.- DE LOS BENEFICIOS
TRIBUTARIOS
DEL IMPUESTO PREDIAL
- Condonación del 100% de intereses y ajustes del
Impuesto Predial (Ejercicio 2012 y anteriores años).
DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES:
- Exoneración del pago de arbitrios (ejercicio 2013,
2014).
- Condonación del 100% de intereses y ajustes de
arbitrios, (ejercicio 2012 y anteriores años).
DE LA LICENCIA DE CONSTRUCCION
- Exoneración del pago de Licencia de Construcción
de los predios afectados. (muro frontal, vivienda u otros,
ejercicio 2013-2014).
Artículo Cuarto.- VEGENCIA DEL BENEFICIO.- La
presente Ordenanza entrará en vigencia desde el día
siguiente de su publicación hasta el término de la obra de
la carretera Santa Eulalia.
Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Rentas
y a la Sub Gerencia de registro tributario y recaudación el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza,
a Secretaría general su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
DAVID SÁNCHEZ GARCÍA
Alcalde
937518-1
PROYECTO
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Disponen publicar proyecto de resolución que aprueba Fórmula Tarifaria,
Estructura Tarifaria y Metas de Gestión aplicables a SEDACUSCO S.A. en el
quinquenio 2013-2018 y costos máximos de unidades de medida de actividades
requeridas para establecer precios de servicios colaterales
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 012-2013-SUNASS-CD
Lima, 14 de mayo de 2013
VISTO:
El Informe N° 023-2013-SUNASS-110 emitido por
la Gerencia de Regulación Tarifaria mediante el cual
presenta: i) El Proyecto de Estudio Tarifario con la
propuesta de Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y
Metas de Gestión que serán aplicadas por SEDACUSCO
S.A. en el quinquenio regulatorio 2013-2018; y ii) La
propuesta de los Costos Máximos de las unidades de
medida de las actividades requeridas para establecer los
precios de los servicios colaterales que serán aplicados
por dicha empresa;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Gerencia de Regulación
Tarifaria N° 006-2012-SUNASS-GRT se inició el procedimiento
de aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria,
Metas de Gestión y costos máximos de las unidades de
medida de las actividades requeridas para establecer los
precios de los servicios colaterales de SEDACUSCO S.A.;
Que, conforme a lo establecido en los artículos 25,
26 y 52 del Reglamento General de Tarifas1, corresponde
en esta etapa del procedimiento: i) Publicar en el diario
of‌i cial “El Peruano” y en la página web de la SUNASS, el
proyecto de resolución que aprueba la Fórmula Tarifaria,
Estructura Tarifaria, Metas de Gestión y los Costos
Máximos de las unidades de medida de las actividades
requeridas para establecer los precios de los servicios
colaterales y ii) Convocar a audiencia pública para que la
SUNASS exponga el referido proyecto;

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