Merger & Acquisitions

AutorArmando Corrales
Páginas42-43
acorrales@mafirma.com.pe
Armando Corrales
El 10 de septiembre de 2018, se publicó
el Decreto Legislativo 1400, norma que
aprueba el Régimen de Garantía
Mobiliaria. Conforme a su propio texto,
este cuerpo normativo entrará en
vigencia a partir del día siguiente del
funcionamiento de la base de datos del
sistema informativo de garantías
mobiliarias y contratos (SIGM). Dado que
el SIGM a la fecha no se encuentra en
funcionamiento, la Ley No. 28677 (Ley de
la Garantía Mobiliaria), que data del año
2006, sigue rigiendo la celebración y
ejecución de garantías mobiliarias.
 Un aspecto importante en toda
garantía mobiliaria es el establecimiento
de un valor adecuado para el bien
gravado, a efectos de que una eventual
ejecución cumpla con su objetivo de
satisfacer los créditos del acreedor
garantizado. Este aspecto adquiere
especial consideración cuando se refiere
a bienes cuyo valor es variable en el
tiempo dada la naturaleza del bien. Un
ejemplo claro que suele ser bastante
común en operaciones de M&A son las
garantías mobiliarias sobre acciones
emitidas por una sociedad. En términos
generales, el valor de las acciones
depende, entre otros factores, del
patrimonio neto de la sociedad, el cual
varía en el tiempo dependiendo de una
serie de factores, tanto internos como
externos a la sociedad.
 Debe tenerse en consideración que no
siempre es posible hacer una estimación
exacta de cómo irá evolucionando el
valor de un bien gravado, ni mucho
menos conocer de antemano el
momento en que será necesario dar
inicio a un procedimiento de ejecución
de la garantía.
Ello, aunado a que la regulación vigente sobre
garantías mobiliarias no establece reglas
supletorias que puedan resolver cuestiones que
surjan como consecuencia de la variación del
valor real del bien gravado, hace necesario que,
en el marco de una transacción de M&A que
involucre el otorgamiento de garantías
mobiliarias de esta naturaleza, las partes
establezcan mecanismos específicos que
permitan obtener, al momento en que se decida
ejecutar una garantía mobiliaria, un valor
actualizado del bien de modo que los intereses
tanto del acreedor garantizado como del
deudor o constituyente no se vean perjudicados
por la ejecución de un bien a un valor
desfasado.
MERGER &
Valor de ejecución en garantías
mobiliarias.
ACQUISITIONS

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR