2603 299 - Fijan montos por derecho de emisión mecanizada y determinación del Impuesto Predial, Impuesto a la Propiedad Vehicular y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo
Fecha de publicación | 23 Diciembre 2000 |
Fecha de disposición | 23 Diciembre 2000 |
Pág. 196342
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 23 de diciembre de 2000
ITEMS TOTAL
ANUAL
Planilla personal Policía Nacional 3.625.292
Costo de repuestos, lubricantes,combustible y seguro de vehículos 1.172.170
Conducir la gestión del serenazgo 83.365
Materiales de escritorio 4.098
Racionamiento del personal-Sector Público 5.464
Servicios no personales-Administrativos 68.340
Movilidad Local 5.464
TOTAL 10.553.496
En el Cuadro Nº 4 se muestran los costos totales por
servicio de arbitrios municipales.
CUADRO Nº 4
COSTO TOTAL ANUAL
AÑO 2001
SERVICIO MONTO
Limpieza Pública 54.026.086
Parques y Jardines Públicos 9.114.863
Serenazgo 10.553.496
COSTO TOTAL 73.694.445
La recaudación por concepto de los Arbitrios se obtie-
ne al aplicar los criterios establecidos en la norma, utili-
zando los montos fijos para cada tramo dependiendo del
uso o actividad desarrollada en el predio y del valor del
mismo.
14754
Fijan montos por derecho de emisión
mecanizada y determinación del
Impuesto Predial, Impuesto a la Pro-
piedad Vehicular y Arbitrios de Limpie-
za Pública, Parques y Jardines y
Serenazgo
ORDENANZA Nº 299
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE
LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión de fecha
7 de diciembre de 2000, de conformidad con el Artículo
134º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla-
tivo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, faculta a las
municipalidades a cobrar por el servicio de emisión meca-
nizada de actualización de valores, determinación de
impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida
su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4%
de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero
de cada ejercicio;
Que, es necesario establecer los montos que deben
abonar los contribuyentes por el derecho de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
del Impuesto Predial, Impuesto a la Propiedad Vehicular
y de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines
Públicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2001;
Estando a lo dispuesto por el Artículo 109º y el numeral
4) del Artículo 134º de la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 23853 ha dado la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Fíjese en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos
Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes
por concepto de derecho de emisión mecanizada de actua-
lización de valores, determinación del impuesto, inclu-
yendo la distribución de la declaración jurada y determi-
nación del Impuesto Predial del ejercicio 2001.
Por cada predio adicional se abonará S/. 4.00 (Cuatro
y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado.
Artículo 2º.- Fíjese en S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nue-
vos Soles) el monto que deberán abonar los contribu-
yentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación del impuesto,
incluyendo la distribución de la declaración jurada y
determinación del Impuesto a la Propiedad Vehicular del
ejercicio 2001, por cada vehículo de su propiedad afecto.
Artículo 3º.- Fíjese en S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nue-
vos Soles) el monto que deberán abonar los contribu-
yentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación del tributo, inclu-
yendo la distribución de la determinación de los Arbitrios
de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Sere-
nazgo correspondiente al ejercicio 2001, por cada predio.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, siete de diciembre del dos mil.
GERMAN APARICIO LEMBCKE
Teniente Alcalde de Lima
Encargado de la Alcaldía
14755
Establecen fechas de pago del Im-
puesto Predial, Impuesto a la Propie-
dad Vehicular y Arbitrios de Limpieza
Pública, Parques y Jardines y Sere-
nazgo
ORDENANZA Nº 300
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO
DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA:
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión de fecha
7 de diciembre de 2000, de conformidad con el Artículo
134º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Tributación Municipal, aprobada
mediante Decreto Legislativo Nº 776, regula el Im-
puesto Predial y el Impuesto a la Propiedad Vehicular,
cuyos pagos podrán efectuarse al contado, hasta el
último día hábil del mes de febrero de cada año o en
forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestra-
les, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último
día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes
hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto
y noviembre;
Que, por otro lado, el Artículo 5º de la Ordenanza
Nº 137, Ordenanza Marco del Régimen Tributario de
los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines
Públicos y Serenazgo para la jurisdicción del Cercado
de Lima, establece que los arbitrios de Limpieza Públi-
ca, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo son de
periodicidad mensual y que la Municipalidad Metro-
politana de Lima determinará y recaudará dichos
arbitrios por períodos trimestrales;
Que, el último párrafo del Artículo 29º del Texto
Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado me-
diante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que
el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser
prorrogado, con carácter general, por la Adminis-
tración Tributaria;
Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento
para el pago del Impuesto Predial, Impuesto a la Propie-
dad Vehicular y Arbitrios para el ejercicio 2001;
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