ORDENANZA Nº 091-MDSL - Establecen monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2009

Fecha de disposición27 Febrero 2009
Fecha de publicación27 Febrero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 27 de febrero de 2009
391560
del Ejercicio 2009; de igual forma este plazo será extensivo
al benef‌i cio de descuento del 15% del monto insoluto de
Arbitrios, así como para presentar declaración jurada.
Artículo Segundo.- La Obligación de Pago de
los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2009, quedarán
establecidos de la siguiente forma:
- 31 de marzo del 2009 (Cuota de enero y febrero)
- 30 de abril del 2009 (Cuota de marzo y abril)
- 30 de junio del 2009 (Cuota de mayo y junio)
- 31 de agosto del 2009 (Cuota de julio y agosto)
- 31 de octubre del 2009 (Cuota de setiembre y
octubre)
- 31 de diciembre del 2009 (Cuota de noviembre y
diciembre)
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial “El Peruano”.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias
necesarias para la adecuada aplicación de la presente
Ordenanza, así como también para establecer la prórroga
de la misma.
Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Sub
Gerencias que la conforman, el cumplimiento de la presente
Ordenanza, a la Secretaría General su publicación y a la
Secretaría de Imagen Institucional su divulgación y difusión
de sus alcances.
Tercera.- Déjese sin efecto las normativas y/o
disposiciones legales que se opongan a la presente
Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS JOSE BURGOS HORNA
Alcalde
317462-1
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Establecen monto por derecho de
emisión mecanizada de actualización de
valores, determinación y distribución
del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales del año 2009
ORDENANZA N° 091-MDSL
San Luis, 30 de enero de 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN LUIS
VISTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha
30 de enero de 2009, visto el Dictamen Nº 002-2009-
MDSL-CEPAL del 30 de enero del 2009 de la Comisión
de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales – CEPAL,
que se pronuncia sobre el Proyecto de Ordenanza que
establece el monto por derecho de Emisión Mecanizada
de Actualización de Valores, Determinación y Distribución
- Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el Distrito de
San Luis del año 2009; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modif‌i cada por
la Ley Nº 27680, establece en su Artículo 194° que las
Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos
del Gobierno Local con autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 74º del mismo marco jurídico, otorga
Potestad Tributaria a los Gobiernos Locales, lo cual,
concordado con la Norma IV del Título Preliminar del
Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado
del Código Tributario, establece que mediante Ordenanza
se crean, modif‌i can, suprimen o exoneran los arbitrios,
tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de
los límites establecidos por Ley. Asimismo precisa que
las Ordenanzas son normas de carácter general por
medio de las cuales se regulan las materias en las que la
Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, el Artículo 14° del Texto Único Ordenando de
la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto
Supremo N° 156-2004-EF, establece que la actualización
de valores de los predios, por parte de las Municipalidades,
sustituye la obligación de presentar la declaración jurada
anual;
Que, la Cuarta Disposición Final de la precitada
norma del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación
Municipal aprobada por el Decreto Supremo N° 156-
2004-EF, establece que las Municipalidades que brinden
el servicio de emisión mecanizada de actualización de
valores, determinación de tributos y emisión de los recibos
de pago correspondientes, incluida su distribución a
domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios
no mas del 0.4% de la UIT vigente al primero de enero de
cada ejercicio;
Que, es necesario establecer los montos que deben
abonar los contribuyentes del distrito de San Luis, por
derecho de actualización de valores, emisión mecanizada
y distribución a domicilio de los formatos correspondientes
al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales – 2009;
Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que son atribuciones
del Concejo Municipal, aprobar, modif‌i car o derogar
las Ordenanzas y los numerales 1 y 2) del Artículo 69º
del mismo marco jurídico establecen que son rentas
municipales, entre otros conceptos, las contribuciones,
tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por
el Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos
propios;
Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 40º de
la Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad
Metropolitana de Lima se encuentra facultada para
ratif‌i car las ordenanzas de carácter tributario de los
distritos que integran la provincia de Lima, lo que
constituye un requisito para que dichas ordenanzas
entren en vigencia, para lo cual ha establecido los
procedimientos de ratif‌i cación dispuestos mediante la
Ordenanza Metropolitana Nº 607 y la Directiva Nº 001-
006-00000001 del Servicio de Administración Tributaria de
la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, estando a lo expuesto en los Informes Nº 009-2009-
MDSL-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 003-
2009-MDSL-GR, de la Gerencia de Rentas e Informe
Nº 043-2009-MDSL-GAL de la Gerencia de Asesoría
Legal respectivamente, expresan su conformidad con la
presente Ordenanza y en uso de sus facultades conferidas
por el inciso 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto
por UNANIMIDAD de sus miembros y la dispensa de la
lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la
siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO
POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE
ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y
DISTRIBUCIÓN - IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS
MUNICIPALES - 2009
Artículo Primero.- APRUÉBESE el Informe Técnico
y la Estructura de Costos por concepto de derecho
de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores,
Determinación y Distribución - Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales 2009, que como anexo forman parte integrante
de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- FÍJESE en Cinco con 30/100 Nuevos
Soles (S/. 5.30) el monto que deben abonar los contribuyentes
en el distrito de San Luis por Derecho de Emisión Mecanizada
de Actualización de Valores, Determinación y Distribución -
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales - 2009, monto que se
cancelará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto
Predial del Ejercicio - 2009.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación
y la del Acuerdo de Concejo ratif‌i catorio emitido por la
Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia
de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza.

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