ORDENANZA Nº 278-MDSMP - Establecen facilidades para la Regularización de Obligaciones Sustanciales y Formales en el distrito

Fecha de publicación18 Septiembre 2009
Fecha de disposición18 Septiembre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 18 de setiembre de 2009
402816
tipo subterráneo para dotar del servicio de alumbrado
público a las vías y espacios públicos con redes de
servicio particular, también de tipo subterráneo, para las
instalaciones propias del uso comercial.
Artículo Cuarto.- ACEPTAR a HIPERMERCADOS
TOTTUS S.A. la redención en dinero del déf‌i cit de los
Aportes Reglamentarios, hasta antes de la expedición de
la Resolución que apruebe la Recepción de Obras, dichos
déf‌i cit deberán ser valorizados y cancelados en cada una
de las entidades correspondientes, según el siguiente
cuadro:
Cuadro General de Aportes, según Ordenanza
Nº 836-MML
ZONIFICACIÓN : Comercio Vecinal - CV.
ÁREA TOTAL BRUTA : 6,900.00 m2
ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 6,900.00 m2
APORTE % ORD. 836-MML PROYECTO DÉFICIT
PARQUES ZONALES (SERPAR) 5.00 345.00 m2- 345.00 m2
RENOVACIÓN URBANA (FOMUR) 3.00 207.00 m2- 207.00 m2
Servicios Públicos Complementarios
(MUNICIPALIDAD DISTRITAL) 2.00 138.00 m2- 138.00 m2
TOTAL 10.00 690.00 m2- 690.00 m2
NOTA.-
(*) El Déf‌i cit de aportes reglamentarios por Servicios Públicos
Complementarios (Municipalidad Distrital) ha sido redimido en
dinero.
(**) El Déf‌i cit de aportes reglamentarios por Parques Zonales
(SERPAR) y Renovación Urbana (FOMUR) serán redimidos
en dinero.
Artículo Quinto.- AUTORIZAR a HIPERMERCADOS
TOTTUS S.A. la construcción simultánea, previa obtención
de la Licencia de Obra tramitada ante la Sub Gerencia de
Obras Privadas de esta Municipalidad.
Artículo Sexto.- DISPONER que HIPERMERCADOS
TOTTUS S.A., al concluir con las obras del proyecto de
habilitación urbana deberá solicitar la recepción de obras,
de acuerdo a lo indicado en el Numeral c., Artículo 13º, de
Artículo Sétimo.- ESTABLECER que la presente
licencia de Habilitación Urbana tiene una vigencia de
treinta y seis (36) meses, conforme lo estipula el Artículo
11º de la Ley Nº 29090.
Artículo Octavo.- REMITIR copia de la presente
Resolución Sub Gerencial, un juego del Plano de
Lotización, Plano Perimétrico y Topográf‌i co, Plano de
Ubicación y Localización y la Memoria Descriptiva, a la
Municipalidad Metropolitana de Lima, SERPAR Lima y al
Fondo Metropolitano de Renovación y Desarrollo Urbano,
para su conocimiento, según lo establecido en el Artículo
18º del Decreto Supremo Nº 024 - Reglamento de Licencias
de Habilitación Urbana y Licencias de Edif‌i cación.
Artículo Noveno.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de
Planeamiento Urbano y Catastro incorporar la presente
Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San
Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo
establece el ROF vigente.
Artículo Décimo.- DISPONER, la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano a
cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30)
días calendario contados a partir de la notif‌i cación de la
presente.
Artículo Décimo Primero.- DISPONER el
cumplimiento y notif‌i cación pertinente y de acuerdo a Ley,
al administrado, del contenido de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RENZO GARCÍA VERGARA
Subgerente de Habilitación Urbana
398109-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Establecen facilidades para la
Regularización de Obligaciones
Sustanciales y Formales en el distrito
ORDENANZA Nº 278-MDSMP
San Martín de Porres, 15 de setiembre del 2009
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN
DE PORRES
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha
15.SETIEMBRE.2009, bajo la presidencia del señor alcalde
Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario
de los señores regidores, se trató sobre Ordenanza que otorga
facilidades a contribuyentes del distrito; y
CONSIDERANDO:
Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre
el proyecto de Ordenanza que otorga facilidades para la
regularización de obligaciones sustanciales y/o formales
en el ámbito jurisdiccional, cuya f‌i nalidad es brindar a los
contribuyentes del distrito, con carácter de excepcional,
óptimos mecanismos y mayores facilidades para el
cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza
tributaria y administrativa, así como formales; contándose
para tal efecto con los informes favorables de la Gerencia
de Administración Tributaria (Informe No. 291-2009-GAT/
MDSMP), Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización
(Informe No. 093-2009-GDEyF/MDSMP) y Gerencia de
Asesoría Jurídica (Informe No. 929 -2009-GAJ/MDSMP);
Que, es política de la presente gestión municipal brindar
a sus contribuyentes por un Período determinado los mejores
mecanismos para que cumplan con sus pagos pendientes
con la institución municipal, lo que permitirá el mejoramiento
de los servicios que se viene prestando a la comunidad y el
desarrollo integral del distrito;
De conformidad con los artículos 74, numeral 2) y 195,
inciso 9) y 40 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades;
artículos 36 y 41 del Código Tributario - y artículo 60 del Texto
Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado
por Decreto Supremo No. 156-2004-EF, modif‌i cado por el
artículo 22 del Decreto Legislativo 952; con el Voto Unánime
de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y
aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de
Porres ha aprobado la siguiente,
ORDENANZA
QUE ESTABLECE FACILIDADES PARA LA
REGULARIZACION DE OBLIGACIONES
SUSTANCIALES Y FORMALES EN EL DISTRITO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo Primero.- Ámbito de aplicación
La presente Ordenanza es de aplicación en la
jurisdicción del Distrito de San Martín de Porres, provincia y
departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Finalidad
La presente Ordenanza tiene por f‌i nalidad establecer
facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales
y/o formales, siendo aplicable para todos aquellos deudores
que tengan pendiente de pago sumas derivadas de
obligaciones tributarias (tributos y multas tributarias) y no
tributarias (multas administrativas) pendientes de pago hasta
el 31 de Agosto del 2009.
Artículo Tercero.- Plazo
El plazo para acogerse a las facilidades que concede la
presente Ordenanza vence el 03 de Octubre del 2009.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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