ACUERDO N° 119-2012-MDSJM - Aprueban la Distribución Porcentual del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) para el Año Fiscal 2013

Fecha de disposición07 Febrero 2013
Fecha de publicación07 Febrero 2013
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 7 de febrero de 2013 487679
artículo octavo señala el otorgamiento de exoneraciones
y/o benef‌i cios deberá ser expreso a través de una norma
de rango equivalente a la presente Ordenanza.
ORDENANZA
QUE OTORGA BENEFICIO POR PRONTO PAGO
Artículo Primero.- OTORGAR “Benef‌i cio por Pronto
Pago”, el mismo que consiste en el descuento ascendente
al 10% (diez por ciento) de los arbitrios de Limpieza
Pública, Parques, Jardines y Serenazgo del año 2013, a
todos los contribuyentes que efectúen la cancelación de
todo el año del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
del ejercicio 2013, hasta el 28 de febrero del 2013.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la of‌i cina de
Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza; a la
Of‌i cina de Imagen institucional para su difusión y a la
Of‌i cina de Secretaría General para su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO
Alcalde
897951-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
Aprueban el Plan de Desarrollo
Concertado 2012 - 2021 del distrito de
San Juan de Miraflores
ORDENANZA Nº 241-2012-MDSJM
San Juan de Miraf‌l ores, 21 de diciembre de 2012
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES:
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 21 de
diciembre del 2012, el Acuerdo de Consejo de Coordinación
Local Nº 014-2012 de fecha 21 de diciembre de 2012,
donde se acuerda Proponer ante el Concejo Municipal el
Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de San Juan de
Miraf‌l ores 2012-2021, para su aprobación; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política
de Perú, modif‌i cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la
Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre
Descentralización, establecen que las municipalidades
promueven, apoyan y reglamentan la Participación Vecinal
en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la
participación de la población y rinden cuenta de su ejecución
anualmente bajo responsabilidad conforme a ley.
Perú, modif‌i cada por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma
Constitucional, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que
las municipalidades provinciales y distritales, son órganos de
gobierno local, que cuentan con autonomía política, económica
y administrativa en asuntos de su competencia; y que esta
autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos
y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el artículo 9º “Atribuciones del Concejo Municipal
en su numeral 1) señala que una de sus atribuciones es
aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados,
y en el numeral 14) señala como atribución, aprobar
normas que garanticen una efectiva participación vecinal.
Que, mediante Informe Nº 063-2012-SGPRCNI-
GPP/MDSJM, de fecha 13 de diciembre del 2012 la Sub
Gerencia (e) Planif‌i cación, Racionalización y Cooperación
Nacional e Internacional presenta el Proyecto el Plan de
Desarrollo Distrital Concertado 2012 – 2021 del Distrito
de San Juan de Miraf‌l ores para su aprobación por el
Consejo de Coordinación Local y consecuentemente por
ordenanza municipal.
Que, mediante Acuerdo de Consejo de Coordinación
Local Nº 014-2012-CCLD/MDSJM de fecha 21 de
diciembre de 2012, se acuerda proponer ante el Concejo
Municipal el Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de
San Juan de Miraf‌l ores 2012-2021, para su aprobación.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas
por el artículo 9º numeral 1 y artículo 40 de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó
por MAYORIA, y con la dispensa de la lectura y aprobación
del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APERTURA
EL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO
DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
PDC 2012-2021.
Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Desarrollo
Concertado 2012-2021 del Distrito de San Juan de
Miraf‌l ores PDC 2012 – 2021
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Alcalde, la
implementación del Plan de Desarrollo Concertado
del Distrito de San Juan de Miraf‌l ores 2012-2021, de
conformidad con el numeral 6) del artículo 20º de la Ley
Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto las disposiciones
internas que se opongan a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria
General publicar la presente ordenanza en el Diario
Of‌i cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la
Municipalidad San Juan de Miraf‌l ores.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ADOLFO OCAMPO VARGAS
Alcalde
898638-1
Aprueban la Distribución Porcentual
del Fondo de Compensación Municipal
(FONCOMUN) para el Año Fiscal 2013
ACUERDO DE CONCEJO
N° 119-2012-MDSJM
San Juan de Miraf‌l ores, 21 de diciembre del 2012
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de diciembre
del 2012, el Informe Nº776-2012-SGP-GPP/MDSJM de fecha
17 de diciembre del 2012 de la Sub Gerencia de Presupuesto,
Informe Nº181-2012-GPP-MSJM de fecha 18 de diciembre
del 2012, Informe Nº881-2012-GAJ-MDSJM de fecha 18
de diciembre del 2012, sobre Distribución Porcentual del
Fondo de Compensación Municipal para el Año Fiscal 2013
elaborado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a
través de la Sub Gerencia de Presupuesto, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Numeral 1) del artículo 195° de la
es competencia de los Gobiernos Locales aprobar sus
presupuestos institucionales conforme a la Ley N° 28411
Ley General del Sistema de Presupuesto y las Leyes
Anuales de Presupuesto;.
Que, conforme a lo establecido en el artículo 52° de la
Ley N° 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto, los
Gobiernos Locales programan y formulan sus presupuestos
de acuerdo a las disposiciones del presente Título que le sean
aplicables y a las normas contenidas en las Directivas que
emitan la Dirección General de Presupuesto Público.
Que, la Dirección General de Presupuesto Público ha
aprobado, mediante Resolución Directoral N°012-2012-
EF/50.01, la Directiva N°004-2012-EF/50.01 Directiva
para la Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público.

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