ORDENANZA Nº 104-MDSB - Modifican Anexo de la Ordenanza N° 1014-MDSB, que aprobó Reglamento de Subastas Públicas para Transferir, Ceder y/o Disponer la Propiedad de Bienes Inmuebles de Dominio Privado de la Municipalidad

Fecha de disposición09 Octubre 2009
Fecha de publicación09 Octubre 2009
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, viernes 9 de octubre de 2009
404195
Año XXVI - Nº 10757
AÑO DE LA UNIÓN
NACIONAL FRENTE A
LA CRISIS EXTERNA
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ley N° 29420.- Ley que f‌i ja monto para el benef‌i cio de
seguro de vida o compensación extraordinaria para el
personal de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del
Perú y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del
Perú o sus benef‌i ciarios 404196
Ley N° 29421.- Ley que declara el 12 de octubre Día
de los Pueblos Originarios y del Diálogo Intercultural
404197
PODER EJECUTIVO
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.D. Nº 2521-2009-MTC/15.- Autorizan cambio de línea
de inspección técnica vehicular de tipo mixta a una de tipo
liviano a favor de la empresa FARENET S.A.C. 404197
R.D. Nº 2920-2009-MTC/15.- Autorizan a ECI AMAUTA
S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores
Integrales 404198
ORGANISMOS EJECUTORES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. Nº 211-2009/SUNAT.- Deja sin efecto y designa
Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la
Intendencia de Aduana de Tumbes 404200
Res. Nº 212-2009-SUNAT.- Deja sin efecto y designa
Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia
Regional Ica 404200
Res. Nº 280-3V0000/2009-000181.- Designan Auxiliar
Coactivo de la Intendencia de Aduana de Puerto
Maldonado 404201
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Res. N° 056-2009-ANSC-PE.- Aprueban diversos cargos
de destino para profesionales que conforman el Cuerpo
de Gerentes Públicos 404201
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 021-2009-ODECMA-CSJCNL/PJ.- Establecen
disposiciones para la instalación de módulos de atención al
público de la Unidad de Defensa del Usuario Judicial a f‌i n de
recibir quejas, reclamaciones y/o comentarios de ciudadanos
que tramitan sus procesos judiciales en la Corte Superior de
Justicia de Lima Norte 404202
ORGANOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 13331-2009.- Modif‌i can dirección de agencia de
la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo (CMAC
Huancayo) a que se ref‌i ere la Res. SBS N° 553-2008
404203
RR. Nºs. 13446 y 13447-2009.- Autorizan a la EDPYME
NUEVA VISION la apertura de agencias en los
departamentos de Puno y Cusco 404204
Res. Nº 13457-2009.- Autorizan al Banco de la Nación
el traslado de agencia ubicada en el distrito de Huacho,
provincia de Huaura, departamento de Lima 404204
Res. Nº 13467-2009.- Autorizan al Banco de la Nación el
cierre de agencia ubicada en el distrito de Aguas Verdes,
provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes 404206
Res. Nº 13521-2009.- Corrigen direcciones de agencias
del Banco de la Nación ubicadas en los departamentos de
San Martín y Moquegua 404206
UNIVERSIDADES
Res. Nº 763-2009-UNSCH-CU.- Autorizan viaje de
Rector de la Universidad Nacional de San Cristóbal de
Huamanga a Lima y España 404206
Res. Nº 1322.- Aprueban expedición de duplicado de
título profesional de Ingeniero Civil de la Universidad
Nacional de Ingeniería 404207
Res. Nº 03795-CU-2009.- Otorgan duplicado de diploma
de título profesional en pedagogía y humanidades de la
Universidad Nacional del Centro del Perú 404207
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Ordenanza Nº 139-GOB.REG.HVCA/CR.- Aprueban
adecuación administrativa regional en el marco de la
transferencia de funciones en materia de micro y pequeña
empresa (MYPE) dispuesta por Ley N° 29271 404208
Sumario
Descargado desde www.elperuano.com.pe
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 9 de octubre de 2009
404196
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
R.J. Nº 001-004-00001902.- Dejan sin efecto designación
de Auxiliar Coactivo del SAT 404210
MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
R.A. Nº 820-A-2009-SEGE-02-MDEA.- Aprueban
regularización de habilitación urbana ejecutada en el
distrito 404210
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA HERMOSA
Ordenanza Nº 165-MDPH.- Regulan el pintado de
fachadas y el acabado exterior de las edif‌i caciones del
distrito 404212
Ordenanza Nº 167-MDPH.- Aprueban Régimen de
Aplicación de Sanciones Administrativas 404213
MUNICIPALIDAD DE
SAN BARTOLO
Ordenanza Nº 104-MDSB.- Modif‌i can Anexo de la
Ordenanza N° 1014-MDSB, que aprobó Reglamento de
Subastas Públicas para Transferir, Ceder y/o Disponer la
Propiedad de Bienes Inmuebles de Dominio Privado de la
Municipalidad 404213
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ANITA
R.A. Nº 000116-2009/MDSA.- Designan funcionarios
responsables de entregar información de acceso
público y de la elaboración y actualización del portal de
transparencia 404214
SEPARATA ESPECIAL
VIVIENDA
R.M. N° 264-2009-VIVIENDA.- Reglamento Interno del
Fondo de Inversión en Saneamiento - INVERSAN
404189
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE FIJA MONTO PARA EL BENEFICIO
DE SEGURO DE VIDA O COMPENSACIÓN
EXTRAORDINARIA PARA EL PERSONAL DE LAS
FUERZAS ARMADAS, LA POLICÍA NACIONAL
DEL PERÚ Y EL CUERPO GENERAL DE
BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ O A SUS
BENEFICIARIOS
Artículo 1º.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene el objeto de f‌i jar en CINCUENTA
Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 55 000,00) o
quince coma cuarenta y nueve (15,49) Unidades Impositivas
Tributarias (UIT) el monto del seguro de vida o compensación
extraordinaria que se otorga al personal de las Fuerzas
Armadas y la Policía Nacional del Perú o a sus benef‌i ciarios,
según sea el caso, conforme al Decreto Supremo núm. 026-
84-MA, el Decreto Ley núm. 25755 y el Decreto Supremo núm.
009-93-IN, sus normas modif‌i catorias y reglamentarias.
Este monto es reajustado anualmente tomando de
referencia la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.
Artículo 2º.- Condiciones para el otorgamiento
2.1 El seguro de vida o compensación extraordinaria
se otorga por única vez al personal de las
Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú
que pase a la situación de retiro por invalidez
total y permanente por las siguientes causales:
acción de armas, consecuencia de dicha acción,
acto de servicio, consecuencia del servicio o con
ocasión del servicio.
El seguro de vida o compensación extraordinaria
se otorga a los benef‌i ciarios del personal que es
dado de baja por fallecimiento o declaración de
muerte presunta de acuerdo a lo establecido por
el Código Civil, a consecuencia de alguna de las
circunstancias descritas en el primer párrafo.
2.2 El seguro de vida o compensación extraordinaria
no tiene carácter o naturaleza remunerativa, no
es pensionable ni está afecto a cargas sociales;
tampoco constituye base para el cálculo de las
bonif‌i caciones que establece el Decreto Supremo
núm. 051-91-PCM, para la Compensación por
Tiempo de Servicios o cualquier otro tipo de
bonif‌i cación, asignación o entrega.
2.3 El monto del seguro de vida o compensación
extraordinaria es el vigente al momento de la
resolución que otorga el benef‌i cio, conforme a lo
dispuesto en el artículo 1º.
Artículo 3º.- Proceso para el otorgamiento del
seguro de vida o compensación extraordinaria
En las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del
Perú, se constituye una junta calif‌i cadora para evaluar los
casos de otorgamiento del seguro de vida o compensación
extraordinaria.
Los plazos para el otorgamiento del seguro de
vida o compensación extraordinaria son f‌i jados en el
reglamento.
Artículo 4º.- Financiamiento
El f‌i nanciamiento es con cargo al presupuesto
institucional de los pliegos Ministerio de Defensa y
Ministerio del Interior, según sea el caso; no demanda
recursos adicionales al Tesoro Público, pudiendo
realizarse las modif‌i caciones presupuestarias en el nivel
funcional programático que resulten necesarias.
Artículo 5º.- Cuerpo General de Bomberos
Voluntarios del Perú
La presente Ley también se aplica para el personal
del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú,
lo cual es establecido en el reglamento y con cargo
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR