DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2011-MDS - Prorrogan fecha de vencimiento para pago de las primeras cuotas del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2011

Fecha de publicación27 Febrero 2011
Fecha de disposición27 Febrero 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 27 de febrero de 2011 437907
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Prorrogan fecha de vencimiento
para el pago de la primera cuota del
Impuesto Predial y de la primera y
segunda cuota de Arbitrios Municipales
correspondientes al ejercicio 2011
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 03-2011-MPL
Pueblo Libre, 25 de febrero de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 356-MPL publicada el 01
de febrero de 2011, se estableció el cronograma de pago
del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio
2011;
Que, conforme lo establece la segunda Disposición
Final de la Ordenanza Nº 356-MPL, se faculta al Alcalde
para que mediante Decreto pueda modificar las fechas
de vencimiento establecidas en la referida Ordenanza.
Que, resulta necesario prorrogar el plazo para el pago
de la primera cuota del Impuesto Predial, así como de
la primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales
correspondientes al presente ejercicio;
En uso de las facultades conferidas por el numeral
6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972:
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 31 de
marzo de 2011 la fecha de vencimiento para el pago de
la primera cuota del Impuesto Predial y de la primera
y segunda cuota de Arbitrios Municipales del ejercicio
2011.
Artículo Segundo.- DISPONER que el presente
Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del
día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde
607614-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
Prorrogan plazo para el pago al contado
y de la primera cuota en caso de pago
fraccionado del Impuesto Predial 2011
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2011-MDSJM
San Juan de Miraf‌l ores, 25 de febrero de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
VISTO:
El Informe N° 017-2011-GR/MDSJM, de fecha 24 de
febrero de 2011, por el cual la Gerencia de Rentas propone
la prórroga de la fecha de vencimiento para el pago al
contado y de la 1ra. Cuota del Pago Fraccionado del
Impuesto Predial, del ejercicio 2011,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo
194º, establece que los gobiernos locales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se
crean, modif‌i can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas,
licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites
establecidos por ley;
Que, el Texto Único Ordenando del Código Tributario,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y sus
modif‌i catorias, en su Norma IV: Principio de Legalidad -
Reserva de la Ley, establece que los Gobiernos Locales,
mediante Ordenanza, pueden crear, modif‌i car y suprimir
sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o
exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites
que señala la Ley, y en su Artículo 41º sobre Condonación,
dispone que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales
podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio
y las sanciones, respecto de los tributos que administren.
En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación
también podrá alcanzar al tributo;
Que, los Artículos 14º y 15º del Texto Único Ordenando
de la Ley de Tributación Municipal, establece los plazos
para presentar las declaraciones juradas y efectuar el pago
del pago al contado y/o de forma fraccionada, pudiendo el
Municipio establecer una prórroga;
Que, la Ordenanza N° 000186-2011-MDSJM, publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano el 11 de febrero del 2011,
en su Artículo 1° dispuso establecer como fechas de
vencimiento para el pago al contado y de la 1ra. cuota del
pago Fraccionado del Impuesto Predial del ejercicio 2011,
el día 28 de febrero de 2011, así como también, en su
Segunda Disposición Final, facultó al Señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias para la implementación de lo establecido,
así como para establecer su prorrogar, de ser necesario;
En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972
así como lo dispuesto en la Ordenanza N° 000186-2011-
MDSJM Segunda Disposición Final,
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo
de 2011, el plazo para el pago al contado y de la primera
cuota en caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial
2011.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal
y Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente
ordenanza, a la Gerencia de Informática y Estadísticas
su implementación, a la Gerencia de Secretaría General
su publicación y a la Gerencia de Imagen Institucional su
difusión.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ADOLFO OCAMPO VARGAS
Alcalde
607631-1
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Prorrogan fecha de vencimiento
para pago de las primeras cuotas del
Impuesto Predial y de los Arbitrios
Municipales del Ejercicio 2011
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 002-2011-MDS
Surquillo, 25 de febrero de 2011.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SURQUILLO:
VISTO, el Informe Nº 016-GR-MDS, de fecha 22 de
febrero de 2011, emitido por la Gerencia de Rentas, el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR