ORDENANZA Nº 184-2010-MDPH - Aprueban Ordenanza que reglamenta la Propaganda Política Electoral en el distrito de Punta Hermosa

Fecha de disposición12 Junio 2010
Fecha de publicación12 Junio 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 12 de junio de 2010 420563
es la única empresa que brinda el servicio de Canales
Múltiples de Selección Automática (troncalizado) con
tecnología digital, ergo se encuentra dentro de la causal
de exoneración legalmente prevista en el artículo 20º de
la Ley de Contrataciones del Estado; por lo que opina
que los actuados se eleven al Concejo Municipal para la
respectiva aprobación de la exoneración del proceso de
selección para la contratación del servicio de telefonía
móvil con radio troncalizado digital, con la empresa Nextel
del Perú S.A.;
Que, mediante Informe Nº 029-2010-MPL-OA de fecha
02 de junio de 2010, la Of‌i cina de Administración pone en
conocimiento de la Gerencia Municipal los actuados;
Que, mediante Informe Nº 104-2010-MPL-OPP de
fecha 02 de junio de 2010, la Of‌i cina de Planeamiento y
Presupuesto, señala que existe disponibilidad presupuestal
hasta por el monto de S/. 93,294.00 Nuevos Soles, para
el servicio de telefonía móvil, con cargo a la Fuente de
Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados;
Que, contando con la conformidad de la Gerencia
Municipal según los Proveídos Nº 501 y 504-2010-MPL-
GM ambos de fecha 02 de junio de 2010;
En uso de las facultades conferidas en el numeral
26) del artículo 9º y el artículo 41º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por
UNANIMIDAD; y con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR la Exoneración del
Proceso de Selección por la causal de proveedor único
de bienes o servicios que no admiten sustitutos de
conformidad con el literal e) del artículo 20º de la Ley
de Contrataciones del Estado, para la contratación del
Servicio de Telefonía Móvil con Radio Troncalizado Digital
para esta Corporación Edil, con la Empresa Nextel del
Perú S.A. hasta por un monto de S/. 93,294.00 Nuevos
Soles (Noventa y Tres Mil Doscientos Noventa y Cuatro
con 00/100 Nuevos Soles) por un período de un (01) año,
con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos
Directamente Recaudados, de conformidad con los
considerandos del presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal y a la Of‌i cina de Administración, llevar a cabo
las acciones a f‌i n de contratar el servicio respectivo.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Administración, comunique el contenido del Acuerdo de
Concejo respectivo y los Informes Técnico y Legal a la
Contraloría General de la República y al Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado, dentro de
los diez (10) días naturales siguientes a la fecha de su
aprobación.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Secretaría General, la publicación del Acuerdo respectivo
en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y en el Portal Institucional
de la Municipalidad de Pueblo Libre, dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde
506317-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA HERMOSA
Aprueban Ordenanza que reglamenta
la Propaganda Política Electoral en el
distrito de Punta Hermosa
ORDENANZA Nº 184-2010-MDPH
Punta Hermosa, 4 de junio de 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE PUNTA HERMOSA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Punta Hermosa, en Sesión
Ordinaria de la fecha, y;
VISTO:
El Informe Nº 108-2010-OAJ-MDPH de la Jefatura de
Asesoría Jurídica y el Informe Nº 044-2010-OR-MDPH de
la Of‌i cina de Rentas, y;
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cada por la Ley N° 27680, Ley de Reforma
Constitucional, señala que las Municipalidades tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el numeral 3.6.3 del artículo 79° de la Ley N°
27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece
que es función exclusiva de las municipalidades
distritales en materia de organización del espacio
físico y uso del suelo normar, regular y otorgar
autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la
fiscalización de la ubicación de avisos publicitarios y
propaganda política;
Que, de acuerdo al artículo 181° de la Ley N° 26859,
Ley Orgánica de Elecciones, la propaganda electoral debe
hacerse dentro de los límites que señalan las leyes;
Que, el Jurado Nacional de Elecciones, ha aprobado
el Reglamento de Propaganda Electoral mediante la
Resolución Nº 136-2010-JNE publicado en el Diario
Of‌i cial “El Peruano” el 27 de febrero de 2010, y en la que
en sus distintos dispositivos precisa como competencia
de los gobiernos locales autorizar y regular la ubicación
de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda
electoral, así como su retiro luego de la realización
del proceso; asimismo, se precisa la competencia de
las municipalidades para poder ejercer su capacidad
sancionadora;
Estando a lo indicado por la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica y el Informe de la Of‌i cina de Rentas a través
de los documentos de vistos y de conformidad con lo
dispuesto en el numeral 8) del artículo 9° y el artículo 40°
el Concejo Municipal aprobó por MAYORIA y con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,
la siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA LA PROPAGANDA
ELECTORAL EN EL DISTRITO DE
PUNTA HERMOSA
Artículo Primero.- Aprobar la Ordenanza que
REGLAMENTA LA PROPAGANDA POLÍTICA ELECTORAL
EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA, y que como
Anexo 1 que consta de 10 Artículos, 04 Disposiciones
Finales y transitorias forma parte integrante.
Artículo Segundo.- Derogar todas las demás normas
que se opongan, modif‌i quen y/o complementen la
presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar a la Of‌i cina de
Informática la publicación del Anexo 1 que consta de 10
Artículos, 04 Disposiciones Finales y Transitorias, en el
portal Institucional - munipuntahermosa.gob.pe de la
Municipalidad Distrital de Punta Hermosa.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la
publicación de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS GUILLERMO FERNÁNDEZ OTERO
Alcalde
506021-1

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