ORDENANZA Nº 171-2009-MDPH - Establecen estructura remunerativa de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa

Fecha de publicación21 Enero 2010
Fecha de disposición21 Enero 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 21 de enero de 2010 411597
regional el día 02 de noviembre de cada año en el
calendario cívico escolar regional.
Artículo Quinto.- DISPONER, que el Presidente
Regional, ordene a quien corresponda, destinar los
recursos f‌i nancieros necesarios para dar cumplimiento a
las actividades relacionadas al objeto de esta ordenanza.
Artículo Sexto.- AUTORIZAR, a la Secretaria
General Regional realizar los trámites respectivos para
la publicación de la presente Ordenanza Regional, en
el diario de mayor circulación de la Región Tumbes
y en Diario Of‌i cial El Peruano, asimismo disponer su
inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional
de Tumbes.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Tumbes para su Promulgación.
En Tumbes a los 8 días del mes de setiembre del dos
mil nueve.
CARLOS W. CRUZ MORALES
Consejero Delegado
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el
WILMER F. DIOS BENITES
Presidente
448314-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Autorizan viaje de funcionarias a Costa
Rica para asistir a las Audiencias del
Caso Nº 12084-SITRAMUN, a realizarse
en la Corte Interamericana de Derechos
Humanos
RESOLUCIÓN DE CONCEJO N° 127
Lima, 19 de enero de 2010
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA:
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de
enero de 2010, el Memorando N° 025-2010-MML-GMM
de la Gerencia Municipal Metropolitana, de fecha 14 de
enero del 2010, mediante el cual solicita autorización
del Concejo para que las funcionarias Doctoras Ada
Constantino Fernández, Gerente de Asuntos Jurídicos
y Nelly Ocaña Villegas, Procuradora Pública Municipal
Adjunta, viajen a la Ciudad de San José de Costa Rica.
De conformidad con el artículo numeral 11) de la
RESOLVIÓ:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje a la Ciudad de
San José de Costa Rica, de las funcionarias Doctoras
Ada Constantino Fernández y Nelly Ocaña Villegas,
Gerente de Asuntos Jurídicos y Procuradora Pública
Municipal Adjunta, respectivamente, para que asistan los
días del 29 de enero al 2 de febrero del año en curso a las
Audiencias del Caso N° 12084-SITRAMUN, a realizarse
en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que
tiene como sede esa Ciudad.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos
por la Municipalidad Metropolitana de Lima, afectándose al
Centro de Costos de la Gerencia Municipal Metropolitana,
debiendo las citadas funcionarias rendir cuenta
documentada de acuerdo al siguiente detalle:
PASAJES
US$
VIÁTICOS
POR DíA
US$
NÚMERO
DE DÍAS
TOTAL DE
VIÁTICOS
U$
TARIFA
AEROPUERTO
US$
Dra. Ada Constantino
Fernández 993.00 200.00 5 1,000 62.00
Dra. Nelly Ocaña
Villegas 993.00 200.00 5 1,000 62.00
Las mencionadas Funcionarias deberán presentar el
respectivo Informe ante la Secretaría General al retorno
de su viaje en los treinta días posteriores.
Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga
derechos por liberación de tributos aduaneros, cualquiera
fuese su clase o denominación.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General
del Concejo la publicación de la presente Resolución, en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
448031-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA HERMOSA
Establecen estructura remunerativa
de la Municipalidad Distrital de Punta
Hermosa
ORDENANZA Nº 171-2009-MDPH
Punta Hermosa, 24 de setiembre de 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUNTA HERMOSA.
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Punta Hermosa en sesión
ordinaria de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Perú, establece que las Municipalidades Distritales y
Provinciales son órganos de gobierno local con autonomía
Política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Estado Peruano modif‌i cado por la Ley Nº 28607, señala
expresamente: “Las Municipalidades provinciales y
distritales son los órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, económica y administrativa en
asuntos de su competencia”, así también lo precisa la
lado el artículo 195º de nuestra Carta Magna prescribe
en su numeral 1.: “Aprobar su organización interna y su
presupuesto”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 128-2007, fue
publicado el 24 de agosto del 2007 en el Diario Oficial
“El Peruano”, se f‌i jó en Dos Mil Seiscientos Nuevos
Soles (S/. 2,600.00) el monto de la Unidad Remunerativa
del Sector Público (URSP), correspondiente al año 2008,
monto que fue ratif‌i cado para el año 2009 mediante
Que, el establecimiento de la URPS, no es más
que un primer paso importante puesto respecto de
iniciar la regulación la escala remunerativa de aquellos
trabajadores del sector público no comprendidos en la

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