ORDENANZA N° 220-2012-MDPH - Eliminan requisitos del TUPA, correspondientes a procedimientos a cargo de la Jefatura de Obras Públicas y Privadas

Fecha de disposición07 Julio 2012
Fecha de publicación07 Julio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 7 de julio de 2012 470213
ROF de la Municipalidad de Punta Hermosa el cual consta
de cinco (05) Títulos, ciento sesenta y nueve (169) Artículos
y nueve (09) Disposiciones Complemen tarias, cuyo texto
forma parte integrante del presente dispositivo.
Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde, disponer
la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación
de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal-
PAP, en el plazo de noventa (90) días calendario.
Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº. 0030-
2003-MDPH de fecha 20 de Noviembre del 2003 que
aprobó el Re glamento de Organización y Funciones - ROF
y cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, y a la Gerencia de Administración y Finanzas,
el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General,
la publicación del dispositivo que se aprueba, en el Diario
Of‌i cial El Peruano; y a la Unidad de Imagen Institucional,
su publicación en el Portal del Estado Peruano, y en el
Portal Institucional de la entidad, conforme a ley.
POR TANTO:
Mando que se registre, publique, comunique y
cumpla.
CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO
Alcalde
811238-1
Eliminan requisitos del TUPA,
correspondientes a procedimientos a
cargo de la Jefatura de Obras Públicas
y Privadas
ORDENANZA Nº 220-2012-MDPH
Punta Hermosa, 26 de junio del 2012
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA
POR CUANTO
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUNTA HERMOSA:
VISTO:
El Concejo de la Municipalidad Distrital de Punta
Hermosa en Sesión Ordinaria de la fecha Visto; el informe
Nº 449-2012-DGPISP-DUCT de fecha 14 de junio de 2012,
emitido por el Jefe de la División de Gestión de Proyectos
Infraestructura Social Productiva Desarrollo Urbano y
Control Territorial y el Informe Legal Nº 107-2012-MDPH/
OAJ de fecha 19 de junio de 2012 emitido por el Jefe de
la Of‌i cina de Asesoría Jurídica por medio de los cuales
corren traslado del proyecto de Ordenanza;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Artículo II del Título Preliminar de la
Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las municipalidades radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el primer párrafo del artículo 40º de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece
que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y
distritales, en la materia de su competencia, son las normas
de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba
la organización interna, la regulación, administración y
supervisión de los servicios públicos y las materias en las
que la municipalidad tiene competencia normativa.
Que, mediante Ordenanza N° 009-00-MDPH, publicada
el 29 de junio de 2000, se aprobó el Texto Único de
Procedimiento Administrativo- TUPA de la Municipalidad
distrital de Punta Hermosa.
Que, mediante Ley Nº 29566 publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano el 28 de Julio de 2010, se modif‌i ca
diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima
de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones
tributarias. En cuyo artículo 5º se estable la eliminación
de requisitos para solicitar licencia de edif‌i cación y de
funcionamiento, en cualquiera de las modalidades de
Licencia de edif‌i cación contempladas en el artículo 25º
de la Ley 29090 –Ley de regulación de habilitaciones
urbanas y de edif‌i caciones, y de funcionamiento, no siendo
exigibles la presentación de los siguientes documentos:
a) Copia literal de dominio, correspondiendo a la
Municipalidad respectiva efectuar la verif‌i cación a través
del portal web de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos (SUNARP).
b) Certif‌i cado de parámetros urbanísticos y
edif‌i catorios.
c) Boletas de habilitación de los profesionales que
intervienen en el trámite.
d) Documentos que por su naturaleza municipal se
encuentren en los archivos del gobierno local.
Asimismo el artículo 6º de la misma Ley establece que
la habilitación de los profesionales Ingenieros y arquitectos
que intervienen en proyectos, obras de de habilitación
urbana o edif‌i cación, conformidad de obra y, en general,
cualquier trámite regulado en la Ley Nº 29090, Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones,
se acredita mediante una declaración jurada de dichos
profesionales, la que deberá ser verif‌i cada a través del
padrón en el portal web del colegio profesional respectivo,
quedando eliminada y prohibida la exigencia de boletas
y constancias de habilidad o habilitación profesional, así
como de habilitación proyectos.
Que, en vista de lo señalado en el párrafo anterior,
resulta necesario se modif‌i quen algunos procedimientos
administrativos en los cuales se solicita como requisitos
aquellos que ahora no tienen esa condición conforme a la
normatividad citada.
Que, en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos vigente de esta municipalidad se observa
que en algunos procedimientos se viene considerando
como requisito copia literal de dominio, certif‌i cado de
parámetros urbanísticos y edif‌i catorios, y boletas de
habilitación de los profesionales que intervienen en el
trámite; por lo que se hace necesario la modif‌i cación del
TUPA de esta corporación a la normatividad vigente.
Y de conformidad con la constitución Política del
Perú, ley Orgánica de Municipalidades y estando a la
a lo acordado por unanimidad en la presente Sesión de
Consejo ha dado la siguiente:
ORDENANZA
ELIMINA REQUISITOS DEL TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE
LOS PROCEDIMIENTOS A CARGO DE LA JEFATURA
DE OBRAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
Artículo 1º.- ELIMINAR del Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad del
distrito de Punta Hermosa el requisito de certif‌i cado de
parámetros normativos urbanísticos, boleta de habilitación
de profesional y copia literal de dominio respecto de los
procedimientos a cargo de la unidad de obras públicas
y privadas; así como el procedimiento administrativo de
certif‌i cado de parámetros normativos urbanísticos
Artículo 2°.- SIMPLIFICAR dentro de los
procedimientos administrativos a cargo de la unidad
de obras públicas y privadas el requisito de declaración
jurada que acredite a los profesionales (ingenieros y
arquitectos) su habilitación profesional.
Artículo 3°.- ENTRA en vigencia a partir del día
siguiente de su publicación.
Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente
Ordenanza en el Diario Of‌i cial El Peruano, en la Página
Web de la Municipalidad de Punta Hermosa (www.
munipuntahermosa.gob.pe).
Mando que se registre, publique, comunique y
cumpla.
CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO
Alcalde
811238-2

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