ORDENANZA Nº 457-MDMM - Precisan aspectos reglamentarios de la Ordenanza N° 290-MDMM

Fecha de publicación15 Marzo 2011
Fecha de disposición15 Marzo 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 15 de marzo de 2011
438986
Artículo Segundo. – FINALIDAD.
Establecer un régimen de benef‌i cios tributarios para
los contribuyentes del distrito de Lurín, que demuestren la
conducta de cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Artículo Tercero.- BENEFICIO POR PRONTO
PAGO
Los contribuyentes que realicen el pago total de la
determinación anual de los arbitrios municipales del
año 2011, hasta el 31 de marzo del 2011 obtendrán un
descuento del 5% del valor total de los arbitrios.
Artículo Cuarto.- PENSIONISTAS
Establézcase un descuento del 50% del monto de los
arbitrios municipales del año 2011 a los contribuyentes
que gocen del benef‌i cio de inafectación del impuesto
predial por tener la condición de pensionista al 31 de
diciembre de 2010.
Los pensionistas a los que se hace referencia en el
párrafo anterior que tengan deudas impagas de arbitrios
municipales de los años 2006 y anteriores podrán efectuar
un pago único de Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/.
50.00), por el total de dicha deuda.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía amplíe el plazo, efectos y alcances de
los benef‌i cios que se establecen en la presente ordenanza
dictando medidas reglamentarias y complementarias
necesarias, así como prorrogar los plazos de vencimiento del
impuesto predial y los arbitrios municipales del año 2011.
Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Rentas,
Gerencia de Administración, Subgerencia de Informática,
y la Of‌i cina de Imagen Institucional el cumplimiento de lo
establecido en la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MARTICORENA CUBA
Alcalde
613750-1
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Precisan aspectos reglamentarios de la
Ordenanza Nº 290-MDMM
ORDENANZA Nº 457-MDMM
Magdalena, 11 de marzo del 2011
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA
DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en
Sesión Ordinaria Nº 05 de la fecha; y,
VISTOS:
El memorando Nº 141-2011-GDUO/MDMM del 04 de
marzo de 2011 de la Gerencia de Desarrollo Urbano y
Obras y el Informe Nº 187-2011-GAJ-MDMM del 07 de
marzo de 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 17 de junio del 2006 se publicó la
Ordenanza Nº 950-MML, mediante la cual la Municipalidad
Metropolitana de Lima aprueba el Reajuste Integral de
Zonif‌i cación de Usos del Suelo del distrito de San Isidro y
un sector del distrito de Magdalena del Mar, que son parte
del Área de Tratamiento III de Lima Metropolitana;
Que, conforme a lo señalado en el Artículo 6º
de la Ordenanza antes referida corresponde a la
Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar la
formulación y aprobación de los Parámetros Urbanísticos
y Edif‌i catorios Complementarios como estacionamientos,
retiros, tamaños mínimos de departamentos, densidades
habitacionales netas de ser necesario y otros para su
aplicación en la jurisdicción;
Que, mediante Ordenanza Nº 290-MDMM se dio
cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza Nº
950-MML, normando los parámetros urbanísticos y
edif‌i catorios complementarios, estándares de calidad
y otras disposiciones conexas aplicables al Área de
Tratamiento III (Sectores III y IV) del distrito;
Que, en ese orden de ideas, es conveniente efectuar
reajustes progresivos en los Parámetros Urbanísticos y
Edif‌i catorios acorde con las necesidades de desarrollo del
distrito;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las
facultades conferidas por el numeral 8) del artículo de la
opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la
Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras; el Concejo Municipal
aprobó por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del acta, la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Ámbito de aplicación
El criterio de colindancia a que hace referencia la
Ordenanza Nº 950-MML y la Ordenanza Nº 290-MDMM,
también será de aplicación en el frente de manzanas
separadas lateralmente por vías locales. El anteproyecto
y la memoria respectiva correspondiente, indicará con
detalle volumétrico el planteamiento presentado y la
sustentación respectiva de modo tal que permita la
consolidación de las alturas a lo largo de los ejes viales
del Área de Tratamiento III (Sectores III y IV).
En estos casos, cuando se sustente el incremento
de altura por colindancia o perf‌i l urbano se tendrá en
cuenta tanto la altura de la edif‌i cación existente y los
parámetros urbanísticos del inmueble colindante situado
en el frente lateral donde se ubica el inmueble benef‌i ciado,
prevaleciendo el perf‌i l urbano de la vía donde se encuentra
ubicado este último predio, además de la zonif‌i cación y
área de lote normativo, de acuerdo a lo establecido en la
Ordenanza Nº 950-MML.
Artículo 2º.- Vigencia
La presente Ordenanza entrará en vigencia al
día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
614015-1
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Establecen procedimiento para
la identificación de posesión en
asentamientos humanos consolidados
y obtención de constancias de posesión
especial para trámite de suministro de
servicios básicos de luz, agua y desagüe
ORDENANZA Nº 232
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RÍMAC
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL
RÍMAC
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25
de febrero de 2011, el Dictamen Nº 001-2011-CDUyDC/
MDR de la Comisión de Desarrollo Urbano y Defensa
Civil, con el voto unánime de los señores Regidores y con
la dispensa del trámite de aprobación del acta; el Concejo
aprobó la siguiente:

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