ORDENANZA Nº 466-MDMM - Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias

Fecha de disposición31 Mayo 2011
Fecha de publicación31 Mayo 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 31 de mayo de 2011
443526
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Modifican la Ordenanza N° 223-MDMM
que prohíbe la realización de eventos,
actividades y/o similares en el Parque
Túpac Amaru
Magdalena, 18 de mayo del 2011
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL
MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria Nº 10 de la fecha; y,
VISTOS:
El Informe Nº 220-2011-DS-GCSC-MDMM, el
Memorando Nº 332-2011-GCSC y el Informe Nº 411-
2011-GAJ-MDMM de fecha 13 de mayo del 2011 del
Departamento de Sanciones, Gerencia de Control y
Seguridad Ciudadana y Gerencia de Asesoría Jurídica
respectivamente; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno
Local que tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, conforme
lo establece el artículo 194 de la Constitución Política del
Estado, modif‌i cada por Ley de Reforma Constitucional -
Ley Nº 27680;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el art. 54º de la
Constitución Política del Estado, el territorio del Estado es
inalienable e inviolable y comprende el suelo, el subsuelo,
el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre. En
concordancia a ello, el art. 55º de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, establece que los bienes de
dominio público de las municipalidades son inalienables e
imprescriptibles;
Que, dentro de las políticas del municipio, se encuentran
aquellas relacionadas a recuperar la naturaleza, calidad
y destino de los espacios públicos, para promover un
ambiente óptimo a la recreación de los vecinos del distrito.
Por ello, en la medida que el Parque Túpac Amaru del
distrito de Magdalena del Mar, es parte importante de la
identidad del distrito, es conveniente dictar medidas que
eviten su deterioro y mal uso;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de
las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo
el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la
siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- AGRÉGUESE al artículo primero de la
Ordenanza Nº 223-MDMM, el siguiente párrafo:
“La prohibición contenida en el párrafo anterior,
comprende la realización de ferias, espectáculos,
festivales, encuentros, representaciones, funciones,
exposiciones y/o cualquier otra actividad similar y/o
evento considerado no deportivo con fines de lucro,
sea cual fuere la naturaleza, modalidad o finalidad
de los mismos, salvo lo dispuesto en el artículo
siguiente”.
Artículo 2º.- MODIFÍCASE el Cuadro de Infracciones
y Sanciones Administrativas aplicable de conformidad a
lo establecido en la Tercera Disposición Transitoria de la
Ordenanza Nº 182-MDMM, de acuerdo a lo siguiente:
Código Infracción Multa en % de
la UIT vigente Otras
sanciones
21004
Realizar eventos,
actividades y/o similares
en el Parque Túpac
Amaru
50% Retiro Inmediato
Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Ordenanza al Gerente de Control y Seguridad
Ciudadana.
Artículo 4º.- Queda sin efecto cualquier disposición
que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
646424-1
Aprueban Reglamento de
Fraccionamiento de Deudas Tributarias
y No Tributarias
ORDENANZA Nº 466-MDMM
Magdalena, 18 de mayo del 2011
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL
MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria Nº 10 de la fecha; y,
VISTOS:
El Informe Nº 060-2011-GATR-MDMM y memorando Nº
156-2011-GATR-MDMM de la Gerencia de Administración
Tributaria y Rentas, el memorando Nº 118-2011-GM-
MDMM de la Gerencia Municipal, el memorando Nº 213-
2011-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto y el Informe Nº 300-2011-GAJ-MDMM de la
Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido el Art. 194º
de la Constitución Política del Estado modif‌i cado por la
Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 publicada en
el Diario Of‌i cial El Peruano el 04/10/05, concordante
con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Art. 36º del Código Tributario, cuyo Texto
Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto
Supremo Nº 135-99-EF, y modif‌i cado mediante D. Leg.
Nº 969, establece que la Administración Tributaria puede
conceder fraccionamiento para el pago de la deuda
tributaria al deudor tributario que así lo solicite, siempre
que éste cumpla con los requerimientos o garantías que
se establece dicho artículo;
Que, mediante Ordenanza Nº 130-MDMM del
17 de mayo de 2003, se aprobó el Reglamento de
Fraccionamiento de Deudas Administrativas y Tributarias;
sin embargo, teniendo en cuenta las variaciones que se
han efectuado en la normativa desde dicha fecha hasta
ahora, es necesario aprobar un nuevo sistema para los
fraccionamientos de deudas tributarias y no tributarias,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR