DECRETO DE ALCALDIA N° 002-2014-MDLP-ALC - Prorrogan vencimiento de pago de la primera cuota trimestral del Impuesto Predial, así como de los arbitrios municipales correspondientes a enero y febrero del ejercicicio 2014.
Fecha de disposición | 02 Marzo 2014 |
Fecha de publicación | 02 Marzo 2014 |
El Peruano
Domingo 2 de marzo de 2014
517980
El anexo que contiene los procedimientos y servicios
aprobados en la presente Ordenanza, será publicado en el
Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco
(www.munibarranco.gob.pe) y en el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe).
Artículo Séptimo.- Vigencia
La presente Ordenanza y las partes que la integran,
entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la
publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la
ratifi que y de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El
Peruano y en los portales electrónicos mencionados, en los
términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento.
Artículo Octavo.- Cumplimiento
Encargar el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ordenanza y sus Anexos, a todas las unidades
orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de
Barranco.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JESSICA A. VARGAS GÓMEZ
Alcaldesa
1056007-2
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Amplían fechas de vencimiento para
el pago de los Tributos Municipales
correspondiente al ejercicio 2014
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 05-2014-ALC-MDL
Lince, 27 de febrero del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE:
VISTOS: El Memorándum Nº 078-2014-MDL-GM de
fecha 24 de Febrero del 2014, remitido por la Gerencia
Municipal; el Memorándum N° 105-2014-MDL/OAT de
fecha 19 de Febrero del 2014, emitido por la Ofi cina de
Administración Tributaria, y el Informe Nº 105-2014-MDL/
OAJ, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en sus Artículos
74° y 194°, reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, en concordancia con el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de
Que, mediante Ordenanza Nª 334-MDL, publicada en
el diario ofi cial “El Peruano”, el día 05 de Enero del 2014,
se fi jó el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos
por Pronto Pago, entre otros, correspondiente al Ejercicio
2014;
Que, el Artículo Tercero de la norma acotada en el
párrafo precedente, establece como “Incentivos para
el Pago” para el presente año, el descuento del 15%,
si los contribuyentes, cumplen con el pago total anual
correspondiente a los Arbitrios Municipales 2014, dentro
del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto
Predial; el descuento del 10%, si cancelan un semestre
completo correspondiente a los Arbitrios Municipales 2014,
dentro del plazo establecido para el pago al contado del
Impuesto Predial, y descuento del 5%, al pago mínimo de
dos (02) meses vencidos de Arbitrios Municipales 2014,
según liquidación en la vía en que se encuentre;
Que, asimismo, se establecen las fechas de vencimiento
del pago del Impuesto Predial al contando y en forma
fraccionada; y de los Arbitrios Municipales correspondientes
a los meses de Enero y Febrero, con fecha de vencimiento,
el día 28 de Febrero del 2014;
Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza
N° 334-MDL,
faculta al señor Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias para la
adecuada aplicación de la indicada Ordenanza, y asimismo
para que disponga su prórroga si fuera el caso;
Que, mediante documento de vistos, la Ofi cina de
Administración Tributaria, estima pertinente la ampliación
del plazo de fechas de vencimiento de pagos tributarios e
incentivos por pronto pago, teniendo en cuenta los pedidos
de contribuyentes, solicitando la ampliación de los plazos
establecidos, por encontrarse en procesos de pagos
de matrículas escolares, pagos tributarios del Gobierno
Central entre otros, resultando por conveniente otorgarles
las máximas facilidades para el cumplimiento ordenado y
oportuno de sus obligaciones tributarias ante la Corporación
Edil;
Que, conforme a las atribuciones conferidas por el
DECRETA:
Artículo Primero.- AMPLIAR las fechas de vencimiento
para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al
ejercicio 2014, según el siguiente detalle:
IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES
Al Contado: 31 de Marzo 2014 Enero : 31 de Marzo 2014
Febrero : 31 de Marzo 2014
Artículo Segundo.- Los benefi cios establecidos en
el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 334-MDL, serán de
aplicación en función del Artículo Primero del presente
Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de
Administración Tributaria, Ofi cina de Administración y
Finanzas, Ofi cina de Tecnología de Información y Procesos,
y a la Ofi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTIN PRINCIPE LAINES
Alcalde
1055613-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
DE LA PERLA
Prorrogan vencimiento de pago de la
primera cuota trimestral del Impuesto
Predial, así como de los arbitrios
municipales correspondientes a enero
y febrero del ejercicicio 2014
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 002-2014-MDLP- ALC
La Perla, 21 de febrero del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA PERLA
VISTO: El Memorándum Nº 091-2014-GAT/MDLP
de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe
Nº 064-2013-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoría
Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Perú, establece que “las Municipalidades Provinciales
y Distritales son los Órganos de gobierno local. Tienen
autonomía, política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia”;
Que, el artículo 15º del texto legal antes mencionado
establece que, el Impuesto Predial podrá ser cancelado
al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de
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