ACUERDO Nº 367 - Ratifican Ordenanza N° 113-MDLCH de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica que crea e incorpora al TUPA el procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior y sus respectivos derechos de trámite

Fecha de disposición10 Septiembre 2008
Fecha de publicación10 Septiembre 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 10 de setiembre de 2008
379438
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Tacna, para su promulgación.
En la ciudad de Tacna, al día veintinueve de agosto
del año dos mil ocho.
JUAN VARGAS GOMEZ
Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
Mando se registre, notif‌i que, difunda y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al
día uno de Setiembre del año dos mil ocho.
HUGO ORDOÑEZ SALAZAR
Presidente del Gobierno Regional de Tacna
248765-1
Aprueban la Política Ambiental de la
Dirección Regional Sectorial de Energía
y Minas de Tacna
ORDENANZA REGIONAL
Nº 016-2008-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna,
con fecha veintinueve de agosto del año dos mil ocho,
en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza
Regional;
CONSIDERANDO:
Estado, señala que: “Los gobiernos regionales tienen
autonomía política, y administrativa en los asuntos de su
competencia”;
Que, el artículo 36. c) de la Ley 27783 - Ley de
Bases de la Descentralización”, establece que “Son
competencias compartidas de los Gobiernos Regionales:
. . . c) la promoción, gestión y regulación de actividades
económicas y productivas en su ámbito y nivel,
correspondientes a los sectores agricultura, transportes,
comunicaciones y medio ambiente”;
Que, el artículo 9. g) de la Ley 27867 - Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, prescribe como una de
las competencias constitucionales de los Gobiernos
Regionales: “Promover el desarrollo socioeconómico
regional; así como promover y regular actividades y/
o servicios en materia de agricultura, pesquería (…),
comunicaciones, educación, salud y medio ambiente
conforme a ley”;
Que, es deber regional promover la conservación
y proyección de nuestro medio ambiente. Por lo que
es necesaria la formación de una conciencia social en
materia ambiental, promoviendo la transmisión de los
conocimientos y la formación de valores en torno de los
procesos ecológicos esenciales, los sistemas vitales de la
diversidad biológica y del uso sostenido de los recursos;
Que, el Gobierno Regional de Tacna, previendo el
desarrollo de proyectos tendientes a mejorar la calidad de
vida de la población regional, viene ejecutando el Proyecto
“Fomento de la Educación Ambiental como Herramienta
para el Desarrollo Sostenible de la Región Tacna”, por
el cual, la sociedad tacneña en su conjunto, adquiere
conciencia de su medio, es decir, genera una conciencia
ambiental con el objetivo de contribuir al mejoramiento
sostenible de la calidad de vida de la población de la
Región. Asimismo, uno de los objetivos regionales, es
establecer una adecuada implementación de políticas
ambientales por lo que se ha incluido el tema ambiental
en el Plan Institucional de los diferentes sectores;
Que, con Of‌i cio Nº 380-2008-GGR-PR-GOB.REG.
TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo
Regional, aprobar la Política Ambiental de la Dirección
Regional de Energía y Minas de Tacna, adjuntando al
mismo el Informe Nº 0557-2008-ORAJ/G.R.TACNA y el
Informe Nº 183-2008-MAHF-ORAJ-GRT ambos de la Of‌i cina
Regional de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 025-2008-
GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional
Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente,
ambos documentos opinan, recomiendan y sustentan
la aprobación de la Política Ambiental de la Dirección
Regional de Energía y Minas de Tacna;
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a
sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas,
debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37
literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, y el artículo 27 del Reglamento Interno del
Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la
fecha, ha aprobado la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR la Política Ambiental
de la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de
Tacna, la misma que anexa forma parte de la presente
Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
General Regional y Gerencia Regional de Recursos
Naturales y Gestión del Ambiente del Gobierno Regional
de Tacna; y, a la Dirección Regional Sectorial de Energía
y Minas de Tacna, para que en coordinación con las
demás entidades públicas, implementen la ejecución de
la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente
Ordenanza Regional en el diario of‌i cial “El Peruano” y en
el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Tacna, para su promulgación.
En la ciudad de Tacna, al día veintinueve de Agosto
del año dos mil ocho.
JUAN VARGAS GOMEZ
Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
Mando se registre, notif‌i que, difunda y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al
día uno de Setiembre del año dos mil ocho.
HUGO ORDOÑEZ SALAZAR
Presidente del Gobierno Regional de Tacna
248765-2
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican Ordenanza Nº 113-MDLCH de
la Municipalidad Distrital de Lurigancho
Chosica que crea e incorpora al TUPA
el procedimiento no contencioso de
Separación Convencional y Divorcio
Ulterior y sus respectivos derechos de
trámite
ACUERDO DE CONCEJO Nº 367
Lima, 15 de agosto de 2008
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14
de agosto del 2008, el Of‌i cio Nº 001-090-00004946, de la
Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT (en
adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratif‌i cación
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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