ORDENANZA N° 308-MDL - Aprueban Régimen de prevención, control y sanción de juguetes y útiles de escritorio tóxicos y peligrosos en el distrito

Fecha de disposición09 Marzo 2012
Fecha de publicación09 Marzo 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 9 de marzo de 2012 462267
transportar fruta, ubicado en la cuadra 1 de la calle Antonio
Alarco en el distrito de La Victoria. Por lo que, ha quedado
demostrado el grave riesgo que representan el ejercicio de
las actividades antes descritas en la ocurrencia de siniestros
que no solo afectan al patrimonio de las personas sino
también la seguridad, salud, e integridad física de aquellas,
repercutiendo negativamente en el medio ambiente, por
lo que, en aras de tutelar derechos fundamentales como
son el orden público y la vida humana, logrando con ello
un equilibrio entre la libertad individual y la convivencia
social, se hace impostergable tomar medidas inmediatas
que salvaguarden la salud y la seguridad de los vecinos
del distrito;
Que, ante lo expuesto resulta imperativo adoptar
medidas inmediatas de prevención y f‌i scalización de
todos los locales dedicados a este giro o actividad, a
f‌i n de verif‌i car si cuentan o no con la respectiva licencia
municipal de funcionamiento, disponiéndose en el caso
de los primeros que dichos locales cumplan, para el
mantenimiento de la mencionada licencia, con las
condiciones técnicas o medidas de seguridad establecidas
por la autoridad competente, en cuyo defecto ante su
incumplimiento debe imponérseles la sanción de multa
con la medida complementaria de Clausura Def‌i nitiva,
así como adoptar las acciones legales ante el órgano
jurisdiccional correspondiente;
Que, la Subgerencia de Comercialización manifestó
mediante Informe N° 094-2012-SGC-GDE/MLV, que
el comercio de cajas de madera o cartones en el
cuadrante 16 del distrito de La Victoria, conformado por
las avenidas Pablo Patrón, San Luis, México, Nicolás
Arriola y Circunvalación, incluidas sus vías internas, no
está considerado en el Índice de Usos y Zonif‌i cación
establecidos en la Ordenanza N° 1082-MML, por lo
cual concluye que el desarrollo de dicha actividad es
incompatible con la zonif‌i cación;
Estando a los fundamentos expuestos, a las normas
legales glosadas y en virtud de los pronunciamientos
emitidos por la Gerencia de Desarrollo Económico
mediante Informe Nº 033-2012-GDE/MLV, por la
Subgerencia de Defensa Civil mediante Informe Nº 039-
2012-SGDC, por la Gerencia de Fiscalización y Control
mediante Informe Nº 46 -2012-GFC/MLV, por la Gerencia
de Asesoría Jurídica mediante Informes Nº 020-2012-
GAJ/MLV, Nº 042-2012-GAJ/MLV y Nº 056-2012-GAJ/
MLV; y haciendo uso de las atribuciones conferidas
por el artículo numeral 8) de la Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades – el Concejo Municipal por
unanimidad aprobó la siguiente Ordenanza:
DISPONEN MEDIDAS SOBRE LAS ACTIVIDADES
DE FABRICACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, DEPÓSITO
Y OTROS SIMILARES DE BIENES INFLAMABLES EN
EL DISTRITO DE LA VICTORIA
Artículo 1º.- Prohibir la realización de actividades
de fabricación, reparación, comercialización, depósito,
apilamiento y cualquier forma de almacenamiento de
parihuelas y cajas de madera y/o cartón, plásticos y demás
bienes que sean inf‌l amables o de rápida combustión, que no
cuenten con la conformidad en la evaluación de zonif‌i cación
y compatibilidad de uso del respectivo establecimiento, de
acuerdo a la normativa vigente sobre la materia.
Artículo 2º.- Aprobar la Cartilla de Seguridad elaborada
por la Subgerencia de Defensa Civil, que forma parte
integrante de la presente Ordenanza como Anexo Nº 1,
cuyo cumplimiento es obligatorio con el objeto de garantizar
las normas en materia de seguridad y preservar la vida y
salud de las personas.
Artículo 3º.- Las actividades que vengan
ejercitándose en contra de lo dispuesto en el artículo 1º
tendrán como plazo máximo para el cese definitivo el 30
de abril del 2012, siempre que cumplan con las normas
de seguridad contenidas en la cartilla que se aprueba
en el artículo 2º.
Artículo 4º.- Respaldar las acciones y/o medidas
de seguridad que viene adoptando la Gerencia de
Fiscalización y Control respecto al control de las
actividades señaladas en la presente Ordenanza, en
salvaguarda de la salud, seguridad e integridad física
de las personas.
Artículo 5º.- Modif‌i car el Cuadro de Infracciones y
Escala de Multas Administrativas de la Municipalidad de
La Victoria, aprobados por Ordenanza Nº 033-2007-MDLV,
e incorporar en la Línea de Acción de Seguridad, las
infracciones con Código Nº 01-0215 y Nº 04-0207, que se
detallan a continuación:
LÍNEA DE ACCIÓN DE COMERCIO EN LA VIA
PUBLICA (01)
INFRACCIÓN SANCIÓN
Código Descripción Obser-
vaciones % UIT Medida
Comple-
mentaria
01-0215
Por comercializar en la vía pública
o áreas de dominio público y/o
utilizar la misma como depósito
o almacén de parihuelas de
madera, cajones de madera y/o
cartón, plásticos y demás bienes
similares que sean inf‌l amables o
de fácil combustión.
Multa 100 Decomiso
LÍNEA DE ACCIÓN DE SEGURIDAD (04)
INFRACCIONES SANCIONES
Código Descripción Observaciones % UIT Medida
Complementaria
04-
0207
Por utilizar inmuebles para
la fabricación, reparación,
comercialización, depósito,
apilamiento y cualquier forma de
almacenamiento de parihuelas y
cajas de madera y/o cartón, plásticos
y demás bienes similares que sean
inf‌l amables o de fácil combustión,
sin autorización municipal y/o que
no reúnan las condiciones de
seguridad en defensa civil.
Multa 100 Decomiso y/o
Clausura
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Facultar al señor Alcalde para que, previa
emisión de los informes técnicos y legales correspondientes,
y mediante Decreto de Alcaldía prorrogue por el término
de 30 días naturales, el plazo al que se hace referencia
en el artículo tercero, así como para que dicte las normas
reglamentarias y complementarias que resulten necesarias
para cumplir con los f‌i nes de la presente Ordenanza.
Segunda.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto
en la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo
Económico, Gerencia de Fiscalización y Control,
Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de
Comercialización, Subgerencia de Inspecciones y Control
de Sanciones y Subgerencia de Defensa Civil, de acuerdo
a sus competencias y atribuciones.
Tercera.- Disponer la publicación de la presente
Ordenanza y el Anexo Nº 1 en el portal institucional www.
munilavictoria.gob.pe.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ALBERTO SANCHEZ AIZCORBE C.
Alcalde
761173-1
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Régimen de prevención,
control y sanción de juguetes y útiles
de escritorio tóxicos y peligrosos en el
distrito
ORDENANZA Nº 308-MDL
Lince, 29 de febrero del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE:
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE;
VISTOS: en Sesión Extraordinaria de la fecha, el
Dictamen Nº 01 de fecha 20 de Febrero del 2012, emitido

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