ORDENANZA Nº 286-MDL - Exoneran del pago de los derechos de apertura de pliego matrimonial y celebración de matrimonio civil a las parejas que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2011

Fecha de publicación25 Marzo 2011
Fecha de disposición25 Marzo 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 25 de marzo de 2011 439657
Que, estando establecido de acuerdo con los alcances
del Artículo 38º de la Ordenanza Nº 124-MDI que Regula
el Servicio de Transporte público especial de pasajeros
y carga doméstica en vehículos menores, para el
otorgamiento del Permiso de Operación, contar con el
pago por el Uso y Disfrute de la Vía Pública;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo
42 y el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.-APRUÉBASE la Tarifa por Ocupación
de las Vías Públicas en el Distrito de Independencia, de
acuerdo con las siguientes actividades:
- Comerciantes Informales que Ocupen la Vía Pública:
S/. 0.60 céntimos por día (lunes a domingo).
- Asociación o Empresas de Transportadores de
Vehículos Menores: Motorizados o No Motorizados: Motos
Lineales: S/. 3.00 diarios, por metro cuadrado utilizado en
los paraderos Autorizados (lunes a domingo).
Artículo Segundo.- Se autorizará el pago por
ocupación de la Vía Pública y por el Uso y Disfrute de
la Vía Pública respectivamente para los Comerciantes
informales que utilicen la Vía Pública y para los
Mototaxistas, siempre que la vía o Área Pública a
utilizarse no se encuentre considerada como zona
rígida o restringida por la Municipalidad Distrital de
Independencia.
Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE el presente Decreto
en el Diario of‌i cial El Peruano, el Portal Institucional
de la Municipalidad Distrital de Independencia (www.
munindepedencia), y el portal de Servicios al Ciudadano
y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe), dentro
de los tres días siguientes a su publicación en el referido
diario.
Artículo Tercero.- ENCARGASE a la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion la generación
de los clasif‌i cadores de ingreso correspondientes y a la
Sub. Gerencia de Imagen Institucional su difusión.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
EVANS R. SIFUENTES OCAÑA
Alcalde
618687-1
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Exoneran del pago de los derechos
de apertura de pliego matrimonial y
celebración de matrimonio civil a las
parejas que participen en el Matrimonio
Civil Comunitario 2011
ORDENANZA Nº 286-MDL
Lince, 10 de marzo del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE:
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE;
VISTOS: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen
Nº 09 de fecha 09 de Marzo del 2011, emitido por la
Comisión de Economía y Administración, con votación
por unanimidad de los señores regidores, y con dispensa
del trámite de Lectura y Aprobación del Acta, se aprobó
la siguiente:
ORDENANZA QUE EXONERA DEL PAGO DE
LOS DERECHOS DE APERTURA DE PLIEGO
MATRIMONIAL Y CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO
CIVIL A LAS PAREJAS QUE PARTICIPEN EN EL
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2011
Artículo Primero.- Exonerar del pago de los derechos
de apertura de Pliego Matrimonial y Celebración de
Matrimonio Civil, establecidos en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA de la Corporación
Edil, a las parejas que participen en el Matrimonio Civil
Comunitario 2011, que se realizará con ocasión de la
celebración del aniversario del distrito, consignándose
como único pago la suma de S/. 60.00 (SESENTA Y
00100/ NUEVOS SOLES),
Artículo Segundo.- El Alcalde mediante Decreto de
Alcaldía dictará las disposiciones complementarias para
la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar a la Of‌i cina de Secretaria
General, Of‌i cina de Administración y Finanzas, y la Of‌i cina
de Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTIN PRÍNCIPE LAINES
Alcalde
618308-1
Amplían plazo de vigencia de la
DECRETO DE ALCALDIA
N° 07-2011-ALC-MDL
Lince, 15 de marzo del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE
VISTO:
El Memorándum N° 177-2011-MDL-OAT, de la Of‌i cina
de Administración Tributaria, el Informe N° 159- 2011-
MDL-OAJ, de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica y el Vo Bo
de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza No. 269-MDL, publicada en
el Diario Of‌i cial El Peruano, el día 05 de junio del 2010, se
aprobó la Regularización y Saneamiento de Resoluciones
de Multas Administrativas o Resoluciones de Sanción
Administrativa, teniendo como vigencia noventa (90) días
calendarios;
Que, asimismo, en mérito a la Segunda Disposición
Final de la Ordenanza No. 269-MDL, se faculta al Alcalde
para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas
necesarias para la adecuada aplicación de la citada
Ordenanza, así como, para establecer la prórroga de este
benef‌i cio, de ser el caso;
Que, por Decreto de Alcaldía No. 014-2010-ALC-
MDL, de fecha 02 de setiembre del 2010, publicada en el
Diario Of‌i cial El Peruano, el 11 de setiembre del 2010, fue
ampliado el plazo de vigencia de la Ordenanza No. 269-
2010 por 90 (noventa) días calendarios;
Que, por Decreto de Alcaldía No. 015-2010-ALC-
MDL, de fecha 02 de setiembre del 2010, publicada en el
Diario Of‌i cial El Peruano, el 16 de diciembre del 2010, fue
ampliado el plazo de vigencia de la Ordenanza No. 269-
2010 por 90 (noventa) días calendarios;
Que, mediante documento de vistos, la Of‌i cina de
Administración Tributaria, hace suyo el Informe
No. 078-2010-MDL-OAT-UEC, emitido por la Unidad de
Ejecución Coactiva, la misma que informa sobre el estado
situacional de las multas administrativas, en vía coactiva,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR