ORDENANZA N° 381-MDJM - Fijan monto de tasa de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio 2012

Fecha de disposición21 Marzo 2012
Fecha de publicación21 Marzo 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 21 de marzo de 2012
462884
nacional y regional: “1.-Promover el desarrollo humano
sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de las
comunidades educadoras; 2.-Diseñar, ejecutar y evaluar el
proyecto educativo de su jurisdicción (...), contribuyendo
en la política educativa regional y nacional con un enfoque
y acción intersectorial; 3.-Promover la diversif‌i cación
curricular, incorporando contenidos signif‌i cativos de su
realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica;
4.- Monitorear la gestión pedagógica y administrativa de las
instituciones educativas bajo su jurisdicción (...), fortaleciendo
su autonomía institucional; 5.- Construir, equipar y mantener
la infraestructura de los locales educativos de su jurisdicción
de acuerdo al Plan de Desarrollo Regional Concertado
y al presupuesto que se le asigne; 6.- Apoyar la creación
de redes educativas como expresión de participación y
cooperación entre los centros y los programas convenio
en su cláusula segunda, establece: “Fortalecer la gestión
educativa local en el distrito desde los espacios de
concertación como los CONEIs y COPALE, mediante
procesos democráticos participativos que contribuyan a la
descentralización de la educación; Generar condiciones
para el proceso de descentralización en el distrito de
Carabayllo con la construcción del Proyecto Educativo Local
(PEL) y fortalecimiento del COPALE; Contribuir a mejorar
la gestión de las instituciones educativas, con la revisión
y/o actualización del Proyecto Educativo Institucional
(PEI) alineados al Proyecto Educativo Local (PEL) de las
instituciones educativas de las comunidades en donde se
interviene; Construcción y fortalecimiento de relaciones
interpersonales e interculturales dentro de la comunidad
educativa que favorezcan el desarrollo institucional;
Contribuir a la reducción de la violencia contra las niñas y
los niños en el distrito con un enfoque de género”;
Que, en el marco del Convenio señalado en el párrafo
anterior, luego de un año de trabajo conjunto entre los
representantes de la Comunidad Educativa, la Municipalidad
y con la coordinación de Plan Internacional, se ha logrado
culminar el documento “Proyecto Educativo Local del
distrito de Carabayllo”, la cual está compuesto por cinco
dimensiones que constituyen los lineamientos de política
del PEL al 2021, cuyos objetivos estratégicos generales
son: 1.- Escuelas Productivas: Implementar el Programa
“Escuelas Productivas” con la participación del Municipio y
la Comunidad Educativa de Carabayllo, en el marco del plan
de desarrollo local y el proceso de descentralización; 2.-
Cultura Ambiental: Desarrollar en las actividades of‌i ciales
de las instituciones y en el currículo educativo en forma
transversal el conocimiento y la valoración de la riqueza
ambiental de Carabayllo y de nuestro país; 3.- Inclusión:
Incorporar en el tejido social, el sistema educativo y el
sistema laboral a los alumnos en situación de desventaja
educativa; 4.- Cultura de Identidad: Sistema educativo con
actividades y currículo educativo que da a conocer y valora
rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y
emocionales que caracterizan a los grupos humanos con
respeto por su sistema de valores, tradiciones y creencias;
y 5.- Igualdad de Género: Fomentar y desarrollar valores
de integración en los estudiantes para superar todo de
inequidades con igualdad de género; el mismo que ha sido
alcanzado mediante el informe Nº 043-2012-SECJD-GMDH/
MDC de la Subgerencia de Educación, Cultura, Juventud y
Deportes;
Que, mediante Informe Nº 037-2012-GAJ/MDC de la
Gerencia de Asesoría Jurídica opinando por la aprobación
del Proyecto de Ordenanza sugiere incorporar como
objetivo estratégico el: “Establecer alianzas estratégicas
con instituciones públicas y privadas, ONGs, Cooperación
Internacional para la construcción, mantenimiento y
equipamiento de las instituciones Educativas modernas
y debidamente equipadas”, “Garantizar la participación
proactiva del sector público y privado, que contribuya
ef‌i cazmente al desarrollo educativo local, reaf‌i rmando
nuestra identidad pluricultural, preservación del medio
ambiente, tradiciones, costumbres y practica de valores”
“Mejorar y fortalecer el bienestar de los estudiantes, en los
aspectos: salud, nutrición, educación, infraestructura y otros,
con participación del Gobierno central y Sociedad Civil”;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones
conferidas por la Constitución Política del Estado y por
el Art. 9º, así como el Art. 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime
del Concejo Municipal, se expide la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA
EL PROYECTO EDUCATIVO LOCAL
DEL DISTRITO DE CARABAYLLO
Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto Educativo Local
del Distrito de Carabayllo, como un instrumento vinculante
de planif‌i cación y gestión que contiene políticas educativas
locales pertinentes para el periodo 2012 al 2021 dentro de los
parámetros que enmarcan el Proyecto Educativo Nacional,
la Ley Orgánica de Municipalidades N9 27972 y el Plan de
Desarrollo Concertado de Carabayllo al 2015.
Artículo Segundo.- INCLUIR el Proyecto Educativo
Local del distrito de Carabayllo en el Plan de Desarrollo
Concertado de Carabayllo al 2015, como parte del Eje de
Desarrollo Social: Educación, Salud, Nutrición y Recreación
o en las modif‌i catorias a f‌i nes en educación que el PDC
pueda variar hasta el año 2021.
Artículo Tercero.- APROBAR la creación del Consejo
Participativo Local de Educación (COPALE) del distrito de
Carabayllo como instancia de participación, concertación y
vigilancia ciudadana a través del monitoreo y evaluación de
las políticas públicas de educación a nivel local contenidas
en el Proyecto Educativo del Distrito de Carabayllo.
Artículo Cuarto.- El Consejo Participativo Local de
Educación (COPALE) del distrito de Carabayllo, estará
integrada por los representantes de la Municipalidad
de Carabayllo; Representantes de los estamentos de
la Comunidad Educativa Local; Representantes de las
instituciones públicas y privadas; Representantes de los
sectores económicos productivos; y otras organizaciones e
instituciones af‌i nes.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de la
Mujer y Desarrollo Humano a través de la Sub Gerencia
Educación, Cultura, Juventud y Deportes o la que haga de
sus veces, el cumplimiento y responsabilidad directa de la
presente Ordenanza Municipal.
Artículo Sexto.- Remitir un ejemplar de la presente
Ordenanza Municipal a la Unidad de Gestión Educativa
Local - UGEL Nº 04.
Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo Ocho.- Encargar a la Gerencia Municipal a
través de la Sub Gerencia de Informática la publicación del
íntegro de la presente Ordenanza y el Proyecto Educativo
Local (2012 - 2021) en el portal institucional: www.
municarabayllo.gob.pe, en la misma fecha de la publicación
of‌i cial.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA
Alcalde
766230-1
MUNICIPALIDAD DE
JESUS MARIA
Fijan monto de tasa de emisión
mecanizada de actualización de
valores, determinación del tributo y
distribución domiciliaria del Impuesto
Predial y Arbitrios para el Ejercicio
2012
ORDENANZA Nº 381-MDJM
Jesús María, 23 de febrero del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESUS MARIA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESUS MARIA
VISTO; Dictamen Nº 003-2012MDJM/CEPP de la
Comisión de Economía Planif‌i cación y Presupuesto en
sesión extraordinaria de fecha 23 de febrero del 2012, con
el voto mayoritario de los señores Regidores y con dispensa
del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son órgano de Gobierno Local
que gozan de autonomía política económica y administrativa

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