ORDENANZA Nº 0207-MDI - Establecen régimen de excepción para el pago voluntario de deudas tributarias y no tributarias que comprende deudas generadas hasta el año 2010

Fecha de disposición06 Abril 2010
Fecha de publicación06 Abril 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 6 de abril de 2010
416702
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Piura el traslado de
oficina especial ubicada en el distrito,
provincia y departamento de Piura
RESOLUCIÓN SBS Nº 3022-2010
Lima, 29 de marzo de 2010
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro
y Crédito de Piura, para que se le autorice el traslado de
una (01) of‌i cina especial ubicada en el distrito, provincia y
departamento de Piura;
CONSIDERANDO:
Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta
Superintendencia la documentación pertinente para el
traslado de la citada of‌i cina especial;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Microf‌i nanciera “B”, mediante el Informe Nº 95-
2010-DSM”B”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley
Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de
of‌i cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y
cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-
2008 y modif‌i catorias; y, en uso de las facultades delegadas
mediante Resolución SBS Nº 12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Piura el traslado de la of‌i cina especial
ubicada en calle Tacna Nº 697 (2º, 3º y 4º piso), distrito,
provincia y departamento de Piura; a su nuevo local
ubicado en calle Libertad Nº 640 of‌i cina Nº 109, distrito,
provincia y departamento de Piura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DEMETRIO CASTRO ZÁRATE
Intendente General de Microf‌i nanzas
476367-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Establecen régimen de excepción para
el pago voluntario de deudas tributarias
y no tributarias que comprende deudas
generadas hasta el año 2010
ORDENANZA Nº 0207-MDI
Independencia, 30 de marzo de 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE INDEPENDENCIA
Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha,
el proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de
Administración Tributaria mediante Memorándum Nº 210-
2010-GAT/GM/MDI, sobre BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y
NO TRIBUTARIOS 2010 “PONTE AL DIA Y GANA” a favor
de los contribuyentes del Distrito de Independencia, la
misma que tiene por f‌i nalidad el sinceramiento de la base
tributaria, disminuir los índices de morosidad, incentivar
una cultura de pago oportuno del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales y el otorgamiento de facilidades
para su participación dentro del Sistema de Premiación y
Reconocimiento al Vecino de Independencia Puntual.
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 74º, 194º y numeral 4) del Artículo
195º de la Constitución Política del Perú, así como el
numeral 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos
Locales autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad
para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que
mediante Ordenanzas pueda crear, modif‌i car y suprimir
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos
municipales, dentro de su jurisdicción conforme a Ley;
Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y
sus modif‌i catorias, establece que los Gobiernos Locales
podrán condonar, con carácter general el interés moratorio
y las sanciones, respecto a los tributos que administra;
Que el artículo 60 del Decreto Supremo 156-2004 EF, “Texto
Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal”, establece
que las Municipalidades crean, modif‌i can, suprimen tasas y
contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los límites
que f‌i ja la Ley. Estableciéndose entre sus normas generales en
inciso a) La creación de tasas y contribuciones se aprueban por
ordenanza. E inciso b) para la supresión de tasas y contribuciones
las municipalidades no tiene ningún límite legal.
Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido
Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y
aprobación del acta, aprobó por Mayoría la siguiente:
“ORDENANZA DE “BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y
NO TRIBUTARIOS 2010 PONTE AL DÍA Y GANA”
Artículo 1º.- Establecer un régimen de excepción para
el pago voluntario de las deudas tributarias y no tributarias,
cuyo acreedor es la Municipalidad de Independencia; el
régimen de excepción comprende a las deudas generadas
hasta el año 2010, que se encuentre en cualquier instancia
del proceso de cobranza.
Artículo 2º.- Disponer la aplicación de los siguientes
benef‌i cios tributarios:
A. Para el Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y
Multas Administrativas.
- Condonación del 100% del Factor de Ajuste y de los
Intereses Moratorios, para el Impuesto Predial.
- Condonación del 100% de los Intereses Moratorios
para los Arbitrios Municipales.
- Condonación del 100% del Factor de Actualización
para las Multas Administrativas
B. Adicionalmente por Arbitrios Municipales de años
anteriores, se dispone:
Periodo Pago al Contado Pago Fraccionado
Deuda generada por
años anteriores hasta
el periodo 2006.
- Condonación
del 50%
del monto
insoluto.
- Condonación del
25% del monto
insoluto.
C. Adicionalmente por las Multas Administrativas, se
dispone
Periodo Pago al Contado Pago Fraccionado
Impuestas hasta el 31
de diciembre de 2006 - Condonación
del 50% del
monto insoluto
- Condonación del
40% del monto
insoluto
Impuestas durante el
periodo 2007 y 2008 - Condonación
del 40% del
monto insoluto
- Condonación del
30% del monto
insoluto
Impuestas durante el
periodo 2009 hasta el
31 / MAR / 2010.
- Condonación
del 30% del
monto insoluto.
- Condonación del
20% del monto
insoluto.

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