ORDENANZA Nº 0201-MDI - Aprueban realización del I y II Matrimonio Civil Comunitario para el Año 2010

Fecha de disposición13 Febrero 2010
Fecha de publicación13 Febrero 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 13 de febrero de 2010
413840
TODOS SUS ANEXOS, CON COPIA A LOS ÓRGANOS
DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES
QUE CUENTEN CON DICHO ÓRGANO.
Que el Rector remite el caso a Secretaría General
con el Proveído N° 0681-2010-UNHEVAL-R, para que se
emita la Resolución correspondiente;
Estando a las atribuciones conferidas al Rector, por
la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la
UNHEVAL;
SE RESUELVE:
1. EXONERAR el Proceso de Adjudicación Directa
Selectiva de Contratación de Servicio de Vigilancia
Nocturna, hasta que se cumpla con la ejecución en su
totalidad del Proceso de Selección.
2. ENCOMENDAR a la Dirección General de
Administración, adopte las acciones complementarias
para la contratación de las Empresas, debiendo tener en
cuenta lo dispuesto en el Artículo 135º del Reglamento de
Contrataciones del Estado.
3. DISPONER la publicación de la presente Resolución
en el Diario Of‌i cial El Peruano y el SEACE, dentro de los
10 días hábiles de su emisión, y se realice a través de la
Dirección General de Administración.
4. DISPONER que Secretaría General remita a la
Contraloría General de la República la Resolución de
Exoneración y los informes que la sustentan dentro
del plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de
aprobación, con todos sus anexos, con copia a los Órganos
de Control Institucional de las entidades que cuenten con
dicho órgano, por lo expuesto en los considerandos de la
presente resolución.
5. DISPONER que el Vicerrectorado Administrativo
y demás órganos internos adopten las acciones
complementarias.
6. DAR A CONOCER esta Resolución a los órganos
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
VÍCTOR CUADROS OJEDA
Rector
JULIO EDWIN ZEVALLOS FRETEL
Secretario General
457276-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Aprueban realización del I y II
Matrimonio Civil Comunitario para el
Año 2010
ORDENANZA Nº 0201 - MDI
Independencia, 25 de enero de 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE INDEPENDENCIA
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 012-
2009-GM/MDI e Informe Nº 02-2010-RC-GSG/MDI de
fechas 07ENE2010 y 20ENE2010 respectivamente,
referidos al proyecto de Ordenanza que aprueba la
realización del “I y II Matrimonio Civil Comunitario 2010 y
Reducción del Pago de Derecho de Trámite” en el distrito
de Independencia.
CONSIDERANDO
del Perú, modif‌i cada por la Ley de Reforma Nº 28607,
establece que las Municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia.
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,
establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia.
Perú señala, que la comunidad y el Estado protegen
especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al
anciano en situación abandono. También protegen a la
familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos
últimos como institutos naturales y fundamentales de la
sociedad
Que, de conformidad con el Artículo 195º de la
Gobiernos Locales a través de las Ordenanzas crean,
modif‌i can suprimen o exoneran los arbitrios, tasas,
licencias derechos y contribuciones dentro de los límites
establecidos por Ley.
Que, los derechos de pago de trámite de Matrimonio
Civil, así como los requisitos a presentarse, se encuentran
establecidos en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Municipalidad de Independencia,
aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI de fecha 22
de marzo del 2006.
Que, el artículo 9º numeral 9) de la Ley Orgánica
de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que
corresponde al Concejo Municipal, crear, modif‌i car.
Suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios,
licencias y derechos conforme a Ley.
Que, es competencia de los Gobiernos Locales,
administrar, organizar y ejecutar los programas locales
que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población
de acuerdo a lo regulado en el artículo 73º numeral 6.2 de
Que, mediante Informes de vistos el área de Registro
Civil, propone la realización del “I Matrimonio Civil
Comunitario 2010”, el cual se llevará a cabo el día Sábado
15 de mayo de 2010 con motivo de la celebración del “Día
de la Madre” y el “II Matrimonio Comunitario 2010”, el
cual se llevará a cabo el día Sábado 25 de septiembre
de 2010 como una de las actividades por el “Mes de la
Primavera”.
Que, la Unidad de Asesoría Legal mediante Informe
Nº 001-2010-UAL/MDI opina que resulta procedente
la aprobación del proyecto de Ordenanza Municipal
que Autoriza la Celebración del I y II Matrimonio Civil
Comunitario 2010, debiendo elevarse al Concejo
Municipal, a f‌i n que sea aprobado en la Sesión de Concejo
correspondiente.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 9º numeral y 40º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo
Municipal por Mayoría, con la dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Acta aprobó la siguiente:
ORDENANZA
APROBAR LA REALIZACION DEL I Y II MATRIMONIO
CIVIL COMUNITARIO PARA EL AÑO 2010,
DISPONIENDOSE LA REDUCCION DE PAGO DE
DERECHO DE CEREMONIA DE MATRIMONIO
CIVIL COMUNITARIO 2010
Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración de
“PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO
2010” a llevarse a cabo el día 15 de mayo de 2010, con
motivo de la celebración del “Día de la Madre”, en Plaza
Lima Norte.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR la celebración del
“SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2010”
a llevarse a cabo el día 25 de setiembre de 2010 en el
marco de las actividades a desarrollarse por el “Mes de la
Primavera” en la Plaza Cívica de Independencia.

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