ORDENANZA N° 263-2012-MDI - Establecen el Programa de Premiación que incentiva y promueve el cumplimiento de las obligaciones tributarias al vecino puntual del distrito de Independencia - VIP

Fecha de disposición19 Abril 2012
Fecha de publicación19 Abril 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 19 de abril de 2012 464445
Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
Que, la autonomía que la Constitución Política del
Perú establece para las municipalidades radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, los gobiernos locales pueden crear, modif‌i car
y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas,
dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la
Ley, respetando los principios de reserva de Ley y los
de igualdad y respeto de los derechos fundamentales
de la persona, conforme lo establece el artículo 74º de la
Constitución Política, en concordancia con el artículo IV
del Título Preliminar del Código Tributario;
establece que toda persona tiene derecho a la protección
de su salud, del medio familiar y de la comunidad, así
como el de contribuir a su promoción y defensa,
Que, la venta de productos alimenticios, constituye
la principal vía de transmisión y propagación de
enfermedades; y por lo mismo es necesario adoptar
mecanismos de control que garanticen la comercialización
de alimentos en condiciones óptimas, bajo el control de la
Municipalidad;
Que, el uso y porte del Carnet Sanitario, ha resultado
un medio de comprobación y certif‌i cación ef‌i caz, en la
prevención y control de salud e higiene, con relación a
las personas que presten servicios Públicos de venta y
manipulación de alimentos.
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, establece que mediante
Ordenanzas se crean, modif‌i can, suprimen o exoneran,
los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones,
dentro de los límites establecidos por Ley;
Que, mediante Ordenanza Nº 141-MML emitida por
la Municipalidad Metropolitana de Lima, establece la
obligatoriedad de portar como documento personal e
intransferible el carnet de sanidad para todas aquellas
personas que brinden servicios de atención al público y/o
manipulación de alimentos sin excepción alguna.;
Que, esta gestión considera necesario aprobar una
nueva Ordenanza que amplíe este benef‌i cio a efectos de
procurar que los comerciantes del distrito sin excepción
obtengan el referido Carnet Sanitario; y,
En uso de las facultades conferidas por los artículos
9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la
siguiente:
ORDENANZA
“ORDENANZA QUE ESTABLECE REGIMEN
PROMOCIONAL PARA LA OBTENCION DE CARNET
DE SANIDAD A LOS COMERCIANTES DEL
DISTRITO DE INDEPENDENCIA”
Artículo Primero.- Establézcase un régimen
promocional para los comerciantes del distrito de
Independencia mediante el que podrán obtener su Carnet
Sanitario por el valor de S/. 12.50 (Doce y 50/100 Nuevos
Soles).
El presente régimen promocional tendrá una vigencia
de 60 días calendarios contados a partir de la entrada en
vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- La vigencia del Carnet Sanitario,
tiene una vigencia de seis (06) meses para manipuladores
de alimentos y un (01) año para no manipuladores de
alimentos.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Fiscalización
el f‌i el cumplimiento de la presente Ordenanza y la difusión
a la Gerencia de Secretaria General.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EVANS R. SIFUENTES OCAÑA
Alcalde
778005-1
Establecen el Programa de Premiación
que incentiva y promueve el
cumplimiento de las obligaciones
tributarias al vecino puntual del distrito
de Independencia - VIP
ORDENANZA Nº 263-2012-MDI
Independencia, 13 de Abril del 2012
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE INDEPENDENCIA
VISTO; En sesión extraordinaria de la fecha, el
Informe Nº 039-2012-GR/MDI, el Memorando Nº 160 -
2012-GPPR-GM-MDI, Informe Nº 403-2012-GAL/MDI de
la Gerencia de Asesoría Legal y el Informe de la Gerencia
de Rentas Nº 046-2012-GR/ MDI, sobre proyecto de
Ordenanza que establece el Programa de Premiación
que Incentiva y Promueve el Cumplimiento de Las
Obligaciones Tributarias al Vecino Puntual del Distrito de
Independencia - Vip.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo
194º reconoce a las Municipalidades Distritales su
calidad de Órganos de Gobierno Local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, en concordancia con lo señalado en el
Artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley Nº 27972,
Que, el Art. 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica
de Municipalidades establece en su inciso 29) que
corresponde al concejo municipal aprobar el régimen
de administración de sus bienes y rentas, así como el
régimen de administración de los servicios públicos
locales. Asimismo, el Art. 55º de la misma Ley establece
que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad
constituyen su patrimonio.
Que, es política de esta gestión edilicia establecer
políticas, estrategias tributarias e incentivar cultura
tributaria a través del cumplimiento oportuno del pago
de los tributos de los contribuyentes de la Municipalidad
Distrital de Independencia, a f‌i n de proveerse de los
recursos necesario para asegurar el f‌i nanciamiento
de los servicios públicos a favor de la comunidad, por
lo que resulta conveniente establecer un programa de
premiación que incentive y promueva el cumplimiento de
las obligaciones tributarias.
De conformidad con los fundamentos expuestos
y en uso de las facultades conferidas por el numeral
8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades; el Concejo Municipal, aprobó por
UNANIMIDAD y con dispensa de aprobación de acta, la
siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROGRAMA
DE PREMIACIÓN QUE INCENTIVA Y PROMUEVE
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS AL VECINO PUNTUAL DEL DISTRITO
DE INDEPENDENCIA -VIP
Artículo Primero.- APROBAR el Programa de
Premiación que tiene por objeto promover el cumplimiento
de las obligaciones tributarias a través de sorteos de
premios periódicamente, entre los vecinos del distrito de
Independencia, que hayan cumplido con el pago puntual
de sus obligaciones tributarias -VIP.
Artículo Segundo.- Para ser reconocido como Vecino
de Independencia Puntual-VIP, el contribuyente deberá
cumplir con los siguientes requisitos:
a) No tener deudas pendientes de pago
correspondiente a obligaciones tributarias Impuesto
Predial y Arbitrios Municipales, en los cuatro años
anteriores a la evaluación.
b) Efectuar el pago puntual de sus obligaciones
tributarias anual y/o trimestral del ejercicio corriente.
c) En el caso de los contribuyentes que cumplan lo
señalado y que desean participar en los sorteos, pero

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