ORDENANZA N° 003-2013-MDCH - Aprueban el nuevo tarifario por venta de nichos para adultos en el Cementerio Municipal de Chancay

Fecha de publicación19 Abril 2013
Fecha de disposición19 Abril 2013
El Peruano
Viernes 19 de abril de 2013 493189
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por los Artículos 9º, numeral 8, y 40º de la
la dispensa del trámite de lectura y aprobación del
Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la
siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO
CON FINES DE REGULARIZACIÓN DE
EDIFICACIONES EXISTENTES EN EL DISTRITO DE
CHANCAY, ADECUADA A LA LEY 29090
Artículo 1º.- ALCANCES Y VIGENCIA.-
Los propietarios de edificaciones ubicadas en el
distrito que hayan ejecutado obras de construcción,
ampliación, modificación y remodelación (culminadas
y/o en casco habitable), así como de demolición, sin la
Licencia de Obra, Conformidad o Finalización de Obra
y Declaratoria de Edificación, al 31 de diciembre del
2012, podrán regularizarlas con el pago del derecho
de licencia según el TUPA vigente y de una multa
administrativa.
Asimismo, se consideran aptas para regularizar,
aquellas construcciones similares existentes sobre terrenos
que a la fecha cuenten con proyectos aprobados mediante
resolución de Habilitación Urbana, que cuenten con
título del terreno matriz y autorización de construcciones
simultaneas. La vigencia de la presente ordenanza será de
180 días contados a partir de la fecha de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano; asimismo será publicada en el
portal de la Institución.
Artículo 2º.- MONTO A PAGAR POR DERECHO DE
TRÁMITE.-
El monto por derecho de trámite de la Licencia de
Regularización de Edificación se sujetará a los montos
establecidos en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Municipalidad (TUPA) en lo
que corresponde a procedimientos de Licencia de
Edificación de Obra Nueva teniendo en cuenta la
modalidad.
El pago por derecho de trámite se hará previa liquidación
realizada por el área de la Dirección de Desarrollo Urbano
y Rural – Obras Privadas.
La multa que corresponde a la edif‌i cación efectuada sin
autorización municipal y que es materia de regularización
será cuantif‌i cada de la siguiente forma:
REGULARIZACIÓN en concordancia con Ley 29090;
en % del Valor de Obra
MODALIDAD
MULTA
según
% de V.O.
Regularización
% V.O
DESCUENTO
por Pronto
Pago % de V.M.
(dentro de los
10 días hábiles)
Licencia modalidad A 10% 1% 90%
Licencia modalidad B
De 121 m2. a 300 m2. 10% 1.5 % 90%
De 301 m2. a 3000 m2. 2.5% 90%
Licencia modalidad C y D 10% 10% 50%
V.O. = Valor de la Obra, calculado según tabla de
valores unitarios vigente.
V.M. = Valor de la Multa calculado en % del V.O.
Artículo 3º.- DE LOS BENEFICIOS DE
EDIFICACIÓN:
1.- Para acogerse a la presente ordenanza podrán
presentar:
a. Formulario Único de Edif‌i caciones (FUE) por
triplicado, con las hojas visadas por el responsable de la
obra y el propietario.
b.El pago por derecho de trámite conforme a lo señalado
en el artículo segundo de la presente Ordenanza.
c. 03 juegos de plano de ubicación y 03 planos de
distribución de arquitectura en físico y digital; los planos
deben estar f‌i rmados por el profesional responsable y los
propietarios.
d. Documento que acredite la propiedad. (Escritura
Pública, Minuta, Contrato de Compra Venta, Certif‌i cado
de Posesión emitido por la Municipalidad Distrital de
Chancay)
e. Copia de la Declaración Jurada de Autoavalúo año
2012
f. El pago por el valor de la multa, según sea el caso;
conforme a lo señalado en el artículo segundo.
g. Declaración jurada de habilidad del profesional
responsable.
h. El plazo para subsanar cualquier observación será
dentro de los 05 días calendarios, a partir de la fecha de
observación; de lo contrario el expediente será dado como
no presentado y será enviado al archivo; siendo sujeto
de aplicación del 100% de la multa de acuerdo al artículo
segundo.
2.- Podrán acogerse a la presente ordenanza aquellos
infractores cuyos expedientes estén en trámite, notif‌i cados
y cuyo cobro de multa no se encuentren en proceso
coactivo. Las multas cuyo cobro se encuentre en ejecución
coactiva, deberán seguir su trámite en el estado que se
encuentren.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Para los casos que aun no cuentan con
recepción de obras de habilitación urbana podrán
solicitar la regularización de licencia, siempre y
cuando se trate de una habilitación urbana con fines
residenciales.
DISPOSICIÓN FINAL
Primera.- Podrán acogerse a la presente ordenanza
los Asentamientos Humanos que cuenten con títulos y
planos de lotización aprobados por COFOPRI y por la
Municipalidad Provincial de Huaral.
Segunda.- Facúltese al Alcalde Distrital aprobar
mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones
Complementarias, para la correcta aplicación de la
presente ordenanza.
Tercera.- Se excluyen de los benef‌i cios y facilidades
dispuestas en la presente ordenanza a las edif‌i caciones
levantadas en áreas de dominio público, en áreas
determinadas de alto riesgo, zonas arqueológicas, zona
reservada para la ejecución de proyecto vial o edif‌i caciones
levantadas en contravención de la normatividad sobre
medio ambiente.
Cuarta.- En el caso de existir oposición de terceros por
reclamos de propiedad, no se podrá acoger a la presente
Ordenanza de Regularización de Edif‌i cación.
Quinto.- Encargar al área de Imagen Institucional, la
Dirección de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia Municipal
y Secretaria General, la difusión y el cumplimiento de la
presente Ordenanza.
Sexto.- La presente Ordenanza rige a partir del día
siguiente a su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN A. ALVAREZ ANDRADE
Alcalde
926605-1
Aprueban el nuevo tarifario por venta
de nichos para adultos en el Cementerio
Municipal de Chancay
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 003-2013-MDCH
Chancay, 19 de marzo de 2013
EL CONCEJO DISTRITAL DE CHANCAY
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el
Dictamen Nº 001-2013-MDCH-CSPPS-CDIUR, presentada
por la Comisión de Desarrollo de Infraestructura Urbana
y Rural y la Comisión de Servicios Públicos y Programas
Sociales, mediante el cual remiten el proyecto de

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