ORDENANZA N° 269-MDCH - Aprueban Ordenanza del Serenazgo Especial Vecinal del distrito de Chaclacayo
Fecha de disposición | 24 Junio 2012 |
Fecha de publicación | 24 Junio 2012 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 24 de junio de 2012
468988
ORDENANZA QUE NORMA EL SERVICIO DE
LIMPIEZA PÚBLICA Y PROMUEVE EL MANEJO
SANITARIO, LA SEGREGACIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS EN LA FUENTE Y LA FORMALIZACIÓN
DE LOS RECICLADORES EN EL DISTRITO DE
CHACLACAYO
Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que
norma el Servicio de Limpieza y Promueve el Manejo
Sanitario, Segregación de Residuos Sólidos en la Fuente
y la Formalización de los Recicladores en el Distrito de
Chaclacayo, la misma que consta de doce (12) artículos,
tres (03) disposiciones fi nales y que como ANEXO 1 forma
parte de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- MODIFÍQUESE e INCORPÓRESE
a la Ordenanza Municipal N° 159 - 2007 - “Régimen
Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas
de la Municipalidad de Chaclacayo” el ANEXO 2 de la
presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia de
Servicios Públicos y Desarrollo Ambiental, Gerencia de
Desarrollo Urbano y a la Ofi cina de Cooperación Técnica
y Desarrollo Ambiental el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Artículo Cuarto.- Encárguese a la Unidad de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones la
publicación del texto completo de la presente ordenanza
en la Página Web de la Municipalidad de Chaclacayo:
www.munichaclacayo.gob.pe y en el Portal de Servicios al
Ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano.gob.
pe.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
ALFREDO E. VALCARCEL CAHEN
Alcalde
805370-1
Aprueban Ordenanza del Serenazgo
Especial Vecinal del distrito de
Chaclacayo
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 269-MDCH
Chaclacayo, 25 de Mayo de 2012
VISTO: En Sesión de Concejo de fecha, el Informe N°
080-2012-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal,
Informe N° 0103-2012/MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría
Jurídica y el Memorándum N° 0235-2012-GSPDA/MDCH de
la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Ambiental; y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
194° de la Constitución Política del Perú, modifi cada por
la Ley de Reforma Constitucional XIV del Título IV sobre
Descentralización – Ley N° 27680, y posteriormente
modifi cado por la Ley N° 28607, las municipalidades
provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local,
que tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia;
referente a la Seguridad Ciudadana señala, entre otros,
que las municipalidades distritales tienen como función
específi ca organizar el servicio de serenazgo o vigilancia
municipal cuando lo crea conveniente;
Que, el artículo 2° de la Ley N° 27933, señala que la
Seguridad Ciudadana es la acción integrada que desarrolla
el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada
a asegurar su convivencia pacífi ca, la erradicación de la
violencia y la utilización pacífi ca de las vías y espacios
públicos. Del mismo modo contribuir a la prevención de
comisión de delitos y faltas;
Que, el artículo 13° de la mencionada Ley establece
que los Comités Distritales, son los encargados de
formular los planes, programas, proyectos y directivas de
seguridad ciudadana así como ejecutar los mismos en
sus jurisdicciones;
Que, asimismo, para cumplir con los objetivos
señalados por esta gestión municipal resulta necesario
impulsar un mayor compromiso y participación de la
ciudadanía a través de los Comités Vecinales de la
Seguridad Ciudadana (COVECS), así como de las Juntas
Vecinales de Seguridad Ciudadana (JJ.VV.) y otras
organizaciones vecinales;
Que, estando a lo dispuesto por el artículo 109° de la
Constitución Política del Perú, incisos 8) del artículo 9°,
– Ley N° 27972, con la dispensa de lectura y aprobación
de acta y con el voto unánime de los miembros del Concejo
Municipal, se aprobó:
ORDENANZA DEL SERENAZGO ESPECIAL VECINAL
DEL DISTRITO DE CHACLACAYO
PRIMERA.- APROBAR la ordenanza del Serenazgo
Especial Vecinal del Distrito de Chaclacayo, el mismo que
consta de ocho (08) artículos, y que como anexo forma
parte de la presente ordenanza.
SEGUNDA.- Encárguese a la Gerencia General
Municipal, Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo
Ambiental y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto
el cumplimiento de la presente Ordenanza.
TERCERA.- Encárguese a la Unidad de Tecnologías de
la Información y Comunicaciones la publicación del texto
completo de la presente ordenanza en la Página Web de la
Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.
pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y empresas:
www.serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ALFREDO E. VALCARCEL CAHEN
Alcalde
805373-1
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Aprueban el Plan de Reparaciones a
las víctimas de la violencia residentes
en el distrito, así como exoneraciones
tributarias
ORDENANZA Nº 176 -MDL
Chosica, 31 de mayo de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
LURIGANCHO EN SESION ORDINARIA DE LA
FECHA
VISTO: El de Proyecto de Ordenanza sobre el Plan de
Reparaciones a las Víctimas de la Violencia ocurrida en
nuestro país entre los años 1980 y 2000 que residen en
nuestro Distrito.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Informe Final de la comisión de
la Verdad y Reconciliación (CVR) entre los años 1980 y
2000, nuestro país sufrió la perdida de mas de sesenta y
nueve mil vidas de nuestros compatriotas, en manos de la
violencia desatada por un grupo terrorista, afectando a las
comunidades mas pobres.
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