ORDENANZA N° 002-2013-MDCH - Ordenanza que regula el procedimiento con fines de regularización de edificaciones existentes en el distrito de Chancay, adecuada a la Ley N° 29090

Fecha de disposición19 Abril 2013
Fecha de publicación19 Abril 2013
El Peruano
Viernes 19 de abril de 2013
493188
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Rectifican error material incurrido en
el Artículo Único del D.A. N° 003-2013-
MPH
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2013-MPH
Huaral, 12 de abril del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
VISTO: El Memorándum Nº 304-2013-MPH-GRyAT/
SERO de fecha 12 de Abril del 2013, de la Gerencia de
Rentas y Administración Tributaria; y,
CONSIDERANDO:
Perú modif‌i cada por Ley Nº 27680, en concordancia con
los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las
Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores
del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público
con plena capacidad para el cumplimiento de sus f‌i nes;
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia.
Que, mediante el documento de Visto la Gerencia
de Rentas y Administración Tributaria, señala que en el
Decreto de Alcaldía Nº 003-2013-MPH de fecha 04 de Abril
del 2013, se ha consignado erróneamente el 29 de Junio
del 2013 como Prorroga Plazos Hasta, siendo lo correcto
el 31 de Julio del 2013 como Prorroga Plazos Hasta, por lo
que solicita la corrección del mencionado decreto.
Que, la noción por error material atiende, entre otros,
a un error de digitación en la documentación como lo
sucedido en el presente caso, atribuible al soporte material
que contiene; siendo así, por un error de digitación se ha
consignado en el Artículo Único del Decreto de Alcaldía
Nº 003-2013-MPH de fecha 04 de Abril del 2013, DICE:
PRORROGA PLAZOS HASTA EL 29 DE JUNIO DEL 2013,
DEBE DECIR: PRORROGA PLAZOS HASTA EL 31 DE
JULIO DEL 2013; resultando procedente su rectif‌i cación
conforme a ley.
Que, de conformidad al Numeral 201.1) del Artículo
- Ley Nº 27444: “Los errores material o aritmético en los
actos administrativos pueden ser rectif‌i cados con efecto
retroactivo, en cualquier momento, de of‌i cio o a instancia
de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial
de su contenido ni el sentido de la decisión”.
Estando a lo expuesto, a la Primera Disposición
Transitoria y Final de la Ordenanza Municipal Nº 015-2012-
MPH y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso
DECRETA:
Artículo Único.- RECTIFICAR el error material
incurrido en el Artículo Único del Decreto de Alcaldía
Nº 003-2013-MPH de fecha 04 de Abril del 2013, en el
siguiente extremo:
DICE:
PRORROGA PLAZOS HASTA % CONDONACIÓN
El 30 de Abril del 2013 100 %
El 30 de Mayo del 2013 99 %
El 28 de Junio del 2013 98 %
El 29 de Junio del 2013 96 %
DEBE DECIR:
PRORROGA PLAZOS HASTA % CONDONACIÓN
El 30 de Abril del 2013 100 %
El 30 de Mayo del 2013 99 %
El 28 de Junio del 2013 98 %
El 31 de Julio del 2013 96 %
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VICTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ
Alcalde Provincial
925918-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
Ordenanza que regula el procedimiento
con fines de regularización de
edificaciones existentes en el distrito de
Chancay, adecuada a la Ley Nº 29090
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 002-2013-MDCH
Chancay, 28 de febrero de 2013
EL CONCEJO DISTRITAL DE CHANCAY
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28
de febrero de 2013, el Informe Legal Nº088-2013-MDCH/
DAL, mediante el cual la Dirección de Asesoría Legal pone
a consideración del Concejo, el proyecto de Ordenanza
que regula el procedimiento con f‌i nes de regularización
de edif‌i caciones existentes en el distrito de Chancay,
adecuada a la Ley Nº 29090;
CONSIDERANDO
Que, conforme lo establece el Artículo 79º numerales
3.62 y 3.64 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, es función específ‌i ca y exclusiva de
las municipalidades distritales, la de normar, regular y
otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar
la f‌i scalización de construcciones, remodelaciones o
demoliciones de inmuebles y declaratorias de fábricas,
entre otros;
Que, mediante Ley Nº 29090 y sus modif‌i catorias,
Ley Nº 29300, Ley Nº 29476 y Ley Nº 29898 amplían la
regularización de edif‌i caciones ejecutadas entre julio
de 1999 y setiembre de 2008 y habiendo edif‌i caciones
construidas posteriores a esta fecha, lo cual genera un
problema técnico legal para las edif‌i caciones ejecutadas
sin licencia de construcción que cumplen con los
parámetros normativos vigentes y puedan ser mantenidas
en el tiempo;
Que, es política de la actual gestión municipal
alentar el desarrollo económico y social del vecindario
reconociendo el esfuerzo económico que su población ha
efectuado en la construcción de sus viviendas, situación
que hace necesario establecer excepcionalmente un
nuevo proceso de Regularización de Edif‌i caciones en el
distrito y facilitar el acceso a la formalidad de aquellas
edif‌i caciones ejecutadas sin la respectiva Licencia de
Edif‌i cación;
Que, por lo expuesto, resulta necesario dictar una
norma de carácter temporal que otorgue la posibilidad de
regularizar las construcciones que no han sido tramitadas
dentro del plazo establecido en la Ley Nº 29090 y sus
modif‌i catorias, Ley Nº 29300, Ley Nº 29476 y las que no se
encuentran comprendidas en la Ley Nº 29898, que permita
dar solución en gran parte al problema existente y en forma
progresiva erradicar la práctica de las construcciones de
edif‌i caciones sin la respectiva licencia en el distrito de
Chancay;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR