ORDENANZA Nº 184-MDCH - Establecen monto a pagar por derecho de emisión mecanizada de hojas de liquidación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del Ejercicio 2011

Fecha de disposición05 Febrero 2011
Fecha de publicación05 Febrero 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 5 de febrero de 2011 435759
de instalaciones turísticas, patrimonio cultural o natural,
de conformidad con la legislación vigente.
6. Proponer normas orientadas a la protección y
defensa del turista.
7.- Realizar acciones conjuntas con el sector privado
para la protección y defensa del turista.
8.- Orientar y coordinar con la prensa en especial, con
la prensa especializada en turismo, y demás medios de
comunicación la difusión de información veraz y oportuna
sobre los acontecimientos y situaciones que pueden
incidir en la seguridad de los turistas.
9.- Defender al turista no domiciliado y ejercer su
representación de of‌i cio desde la investigación preliminar
y en los procesos penales en los que resulte agraviado. Su
defensa es ejercida por los abogados de of‌i cio designados
por la Red de Protección al Turista.
Artículo Tercero. – La RED de Protección al Turista
está integrada por:
1. Un (01) representante de la Dirección Regional de
Comercio Exterior y Turismo de Ucayali.
2. Un (01) representante de la Dirección Regional de
Salud
3. Un (01) representante del Poder Judicial.
4. Un (01) representante del ORAU.
5. Un (01) representante de la Cuarta Zona Naval y
Fuerza de Tarea 100.
6. Un (01) representante de la Policía Nacional de
Turismo.
7. Un (01) representante de la Policía Nacional del
Perú – VI DIRTEPOL-Pucallpa.
8. Un (01) representante de la Dirección Regional de
Transportes y Comunicaciones.
9, Un (01) representante del Instituto Regional de
Cultura.
10. Un (01) representante de la Of‌i cina de Defensa
Civil.
11. Un (01) representante de la Defensoría del
Pueblo.
12. Un (01) representante de la Capitanía de Puerto
de Pucallpa.
13. Un (01) representante de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Judicial de Ucayali.
14. Un (01) representante de la Asociación de Hoteles
y Restaurantes y Af‌i nes AHORA.
15. Un (01) representante de la Cámara de Comercio
Industria y Turismo de Ucayali.
16.- Un (01) representante de la Of‌i cina de Defensa
Civil de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo.
17. Un (01) representante del Colegio de Abogados
de Ucayali.
18. Un (01) representante de la Municipalidad
Provincial de Coronel Portillo.
19. Un (01) representante de la Municipalidad Distrital
de Yarinacocha.
20. Un (01) representante de la Municipalidad Distrital
de Manantay.
21. Un (01) representante del Comando de
Asentamiento Rural – COAR.
22. Un (01) representante de la Cuarta Región Aérea
Territorial.
23. Un (01) representante de la Jefatura de Migraciones
de Pucallpa.
24. Un (01) representante del Colegio de Periodistas.
25. Un (01) representante de Aeropuertos Pucallpa.
26. Un (01) representante del Cuerpo General de
Bomberos Voluntarios del Perú.
27. Un (01) representante de la Asociación de Guías
Of‌i ciales de Turismo.
28. Un (01) representante de ADUANAS.
29. Un (01) representante de la Autoridad Portuaria
Nacional.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección
Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo de
Ucayali la publicación de la presente Ordenanza Regional
en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y en un diario de mayor
circulación local y a la Of‌i cina de Sistemas para su difusión
a través del Portal Web Electrónico del Gobierno Regional
de Departamento de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza
Regional del trámite de lectura y aprobación del acta.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Ucayali para su promulgación.
En Ucayali, a los veinticinco días del mes de noviembre
del dos mil diez
WILDER JOSÉ ALCUAYO ARGANDOÑA
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR LO TANTO:
Mando se publique y cumpla
Dado en la Sede central del Gobierno Regional de
Ucayali a los veinticinco días del mes de Noviembre del
dos mil diez
LUTGARDO GUTIÉRREZ VALVERDE
Presidente Regional (e)
598903-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
CHORRILLOS
Establecen monto a pagar por derecho
de emisión mecanizada de hojas
de liquidación de los Arbitrios de
Limpieza Pública, Parques y Jardines
y Serenazgo del Ejercicio 2011
ORDENANZA Nº 184-MDCH
Chorrillos, 29 de enero del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHORRILLOS
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesión
Ordinaria de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la
Constitución Política del Estado, modif‌i cado por la Ley de
Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
Que, la autonomía que la Constitución Política del
Perú establece para las municipalidades radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos
y de administración, con sujeción al ordenamiento
jurídico;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley Nº 27972, señala que mediante
ordenanzas se crean, modif‌i can, suprimen o exoneran de
los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones
dentro de los límites establecidos por Ley. Asimismo,
precisa que las ordenanzas son normas de carácter
general por medio de las cuales se regulan las materias
en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;

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