ORDENANZA N° 200-MDCH - Establecen derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y vencimiento de pago del Impuesto Predial 2012

Fecha de disposición09 Febrero 2012
Fecha de publicación09 Febrero 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 9 de febrero de 2012 460673
de un convenio celebrado entre una entidad (privada o
pública), una persona en formación y el centro de formación
profesional, a f‌i n de relacionar el aprendizaje teórico y
práctico, mediante el desempeño de tareas programadas
de capacitación y formación profesional. Esta modalidad
permite a la persona en formación durante su condición
de estudiante, aplicar sus conocimientos, habilidades y
aptitudes mediante el desempeño en una situación real de
trabajo;
Que, la práctica pre profesional de los estudiantes
universitarios en las empresas y entidades públicas o
privadas se encuentra regulada por la Ley Nº 28518 – Ley
sobre modalidades formativas laborales y su reglamento
Que, el Artículo 4º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales señala que la f‌i nalidad esencial de los gobiernos
regionales es fomentar el desarrollo regional integral
sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el
empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la
igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo
con los planes y programas nacionales, regionales y locales
de desarrollo. Y como función específ‌i ca en educación, el
establece que se debe promover una cultura de derecho, de
paz y de igualdad de oportunidades para todos, así como
elaborar y aprobar normas de alcance regional, regulando
los servicios de su competencia;
Perú de 1993, modif‌i cado por la Ley Nº 27680 Ley de
Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV,
sobre descentralización concordante con el artículo 2º de
establecen que los Gobiernos Regionales que emanan
de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho
público, con autonomía política económica y administrativa
en asuntos de su competencia;
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la
Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales y sus modif‌i catorias;
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo Primero.- IMPLEMENTAR la Directiva Nº 005-
2010-EF/76.01, “Directiva para la ejecución presupuestaria”,
clasif‌i cadores de gasto los cuales consignan 2.327.52 -
Propinas – Gastos por el otorgamiento de propinas prácticas
de diferente carrera de estudio, según disponibilidad
presupuestal, la cual tendrá un alcance para la Sede
Institucional del Gobierno Regional y sus Direcciones
Regionales.
Artículo Segundo.- Los representantes legales,
gerentes y directores de las diferentes instituciones
públicas y privadas de la Región Tumbes, especialmente
las gerencias, direcciones regionales y unidades
ejecutoras DEBERÁN, en el marco de la Ley Nº28518
reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-
TR, brindar las facilidades para que se lleve a cabo en el
seno de sus instituciones, prácticas pre profesionales de
alumnos de los últimos años de la carrera universitaria
y/o técnica.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional
de Desarrollo Social y a la Dirección Regional de Trabajo
y Promoción del Empleo, el monitoreo y seguimiento de la
presente Ordenanza Regional.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Tumbes para su Promulgación.
En Tumbes a los seis días del mes de diciembre del
dos mil once.
DIEGO ALEMÁN RAMÍREZ
Consejero Delegado
POR TANTO
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el
GERARDO FIDEL VIÑAS DIOSES
Presidente regional
750478-1
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Declaran en situación de emergencia a
la Región de Ucayali por la epidemia del
Dengue serotipo Asiático / Americano
ACUERDO Nº 002-2012-GRU/CR
Pucallpa, 24 de enero del 2012
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de
fecha 23 de Enero del 2012, con el voto unánime del
Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas
por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo
Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo
Regional:
Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE
EMERGENCIA, a la Región de Ucayali por la Epidemia del
Dengue serotipo Asiático/Americano por un término de 60
días;
Segundo.- DECLARESE en desabastecimiento
inminente de equipos e insumos propios de control de la
Epidemia del dengue en la Región Ucayali;
Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial adopte las acciones correspondientes respecto
al f‌i nanciamiento de la presente declaratoria de Situación
de Emergencia, ascendente a la suma de S/. 1’639,186.08
conforme al Plan de Respuesta ante la Epidemia de Dengue
en el Marco de la Declaratoria de Situación de Emergencia
elaborado por la Dirección Regional Sectorial de Salud de
Ucayali;
Cuarto.- RECOMENDAR al Ejecutivo Regional que
una vez vencido el plazo de 60 días de la Declaratoria en
Situación de Emergencia, solicite a la Dirección Regional
de salud de Ucayali informe al Consejo Regional sobre las
adquisiciones de bienes, servicios, montos y proveedores
utilizados con dicho f‌i n;
Quinto.- ENCARGUESE a la Gerencia Regional de
Desarrollo Social la publicación del presente Acuerdo
Regional en el Diario Of‌i cial El Peruano, en un diario de
circulación regional y en el portal web del Gobierno Regional
de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe)”.
POR TANTO:
Mando se publique y cumple.
ORISON ARMANDO LEVEAU BARTRA
Consejero Delegado
Consejo Regional
751010-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
CHORRILLOS
Establecen derechos de emisión
mecanizada de actualización de valores,
determinación y vencimiento de pago
del Impuesto Predial 2012
Chorrillos, 23 de diciembre del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHORRILLOS

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