ORDENANZA N° 015-2009-MDCH - Aprueban creación del Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM

Fecha de disposición12 Abril 2012
Fecha de publicación12 Abril 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 12 de abril de 2012 463969
y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Perú establece que el Estado y la Comunidad protegen
a la familia, promueve el Matrimonio, reconociéndoles
como Institutos Naturales y Fundamentales de la
sociedad;
Que, el Código Civil en su artículo 233º establece
que la regulación jurídica de la familia, tiene por f‌i nalidad
contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía
con los principios y normas proclamados en la Constitución
Política del Perú;
Que, el artículo 234º del Código Civil señala que el
matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón
y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con
sujeción a las disposiciones de la norma sustantiva a f‌i n
de hacer vida común;
Que, el artículo numeral 8) de la Ley Nº 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades establece como una de sus
atribuciones del concejo municipal aprobar, modif‌i car o
derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que, el artículo numeral 9) de la Ley Nº 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades establece como una de
sus atribuciones del concejo municipal crear, modif‌i car,
suprimir o exonerar de tasas, arbitrios, licencias y derechos
conforme a ley en concordancia con el artículo 40º de la
acotada norma legal;
Que, existen en el Distrito de La Perla, numerosas
parejas que viven en unión de hecho y que desean
formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio civil;
Que, es deber de esta comuna proteger a la familia
y promover el matrimonio como institución natural y
fundamental de la sociedad cautelando su legalidad y
seguridad jurídica;
Que, la Sub Gerencia de Registro Civil a través del
Informe Nº 010-2012-SGRC-MDLP, ha recomendado
celebrar el I Matrimonio Civil Comunitario 2012; para
el día 12 de mayo del presente año víspera del día
de la Madre y el II Matrimonio Civil Comunitario 2012;
para el día 20 de Octubre del presente año, por el
48º Aniversario de Creación Política del Distrito de la
Perla;
Que, mediante Memorándum Nº 129-2012-GSG-
MDLP la Gerencia de Secretaría General solicita opinión
legal a la Gerencia de Asesoría Jurídica del Proyecto de
Ordenanza del I y II Matrimonio Civil Comunitario 2012;
Que, mediante Memorándum Nº 325-2012-GAJ/MDLP
la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente
la realización del I Matrimonio Civil Comunitario – 2012 para
el día 12 de Mayo del presente año y el II Matrimonio Civil
Comunitario 2012; para el día 20 de Octubre del presente
año, exonerando a los contrayentes de los derechos de
pago de apertura de expediente matrimonial, así como
la exoneración del acto de celebración y exámenes pre-
nupciales en consecuencia se eleve al Pleno del Concejo
Municipal para su respectiva aprobación mediante la
Ordenanza;
Que, mediante Informe Nº 069-2012-GSG-MDLP la
Gerencia de Secretaría General, remite la documentación
al Despacho de Alcaldía para ser elevado al Pleno del
Concejo;
Que, mediante Of‌i cio Nº 024-2012-ALC-MDLP el
Despacho de Alcaldía remite la documentación antes
señalada al Presidente de la Comisión Ordinaria de
Servicios Sociales, para la elaboración del dictamen
correspondiente;
Que, mediante Of‌i cio Nº 001-2012-COM.S.S./SR/
MDLP la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales, remite
al Despacho de Alcaldía el dictamen correspondiente;
Que, mediante Dictamen la Comisión Ordinaria de
Servicios Sociales emite opinión por la procedencia de
aprobar el Proyecto de Ordenanza;
Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación
ante el Pleno del Concejo Municipal el Dictamen de la
Comisión Ordinaria de Servicios Sociales el mismo que
ha emitido su pronunciamiento f‌i nal;
Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades
conferidas en el artículo incisos 8 y 9 de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el
artículo 40º de la citada norma, y con el voto UNANIME de
los (as) Señores (as) Regidores (as), con la dispensa de
la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente;
ORDENANZA
Artículo Primero.- Autorizar la celebración del I
Matrimonio Civil Comunitario 2012 para el día 12 de Mayo
del presente año, exonerando a los contrayentes de los
derechos de pago de apertura de expediente matrimonial,
así como la exoneración del acto de celebración y
exámenes pre nupcial.
Artículo Segundo.- Autorizar la celebración del II
Matrimonio Civil Comunitario 2012 para el día 20 de
Octubre del presente año, exonerando a los contrayentes
de los derechos de pago de apertura de expediente
matrimonial, así como la exoneración del acto de
celebración y exámenes pre nupcial.
Artículo Tercero.- Los contrayentes deben presentar
los siguientes documentos:
a) Partida de Nacimiento, actualizada con no más de
30 días de antigüedad (Art. 248 Código Civil).
b) Copia Fedatizada del DNI.
c) Declaración Jurada de Domicilio
d) Certif‌i cado Pre Nupcial ( serológico, pulmones y
consejería VIH)
e) En caso de tratarse de viudos (as), divorciados(as),
menores de edad, militares o extranjeros, deberán
adjuntar los documentos adicionales, según sea el caso
establecido en el TUPA vigente.
f) Foto tamaño carné o pasaporte (actualizada).
g) Declaración Jurada de Soltería legalizado ante
Notario Público.
h) Copia simple del DNI de dos Testigos.
Artículo Cuarto.- Dispensar el plazo de la publicación
de Edictos Matrimoniales a los contrayentes, que
participen del I y II Matrimonio Civil Comunitario 2012 en
concordancia a lo dispuesto en el artículo 252º del Código
Civil.
Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Secretaría
General a través de la Sub Gerencia de Registro Civil, el
cabal cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS
Alcalde
774862-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
Aprueban creación del Centro Integral
del Adulto Mayor - CIAM
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la
Municipalidad Distrital de Chancay, mediante Of‌i cio
100-2012-MDCH/A, recibido el 10 de abril de 2012)
Chancay, 23 de diciembre del 2009
EL HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 27
de octubre del 2009, el Dictamen Nº 010-2009-CDGI-
MDCH presentado por la Comisión en Gestión Municipal,
mediante el cual ponen a consideración el Proyecto de
Ordenanza que genera la Creación del Centro Integral del
Adulto Mayor - CIAM - en el Distrito de Chancay; y,
CONSIDERANDO:
Estado establece que las Municipalidades Distritales
y Provinciales son los órganos del gobierno local que

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