ACUERDO N° 022-2012-MDC - Autorizan viaje del alcalde a la República de Corea en comisión de servicios y encargan su despacho al Teniente Alcalde

Fecha de disposición01 Junio 2012
Fecha de publicación01 Junio 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 1 de junio de 2012
467494
Que, de conformidad con el artículo 33° del Texto Único
Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto
Supremo N° 135-09-EF y sus modif‌i caciones, el monto
del tributo no pagado dentro de los plazos indicados en el
artículo 29° devengará un interés equivalente a la Tasa de
Interés Moratorio (TIM);
Que, el artículo 14° del Decreto Legislativo N° 953,
modif‌i ca el artículo 33° del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, estableciendo que: “....En los casos de
los tributos administrativos por los gobiernos locales, la
Tasa de interés Moratorio – TIM será f‌i jada por Ordenanza
Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que
establezca la SUNAT...”;
Que, con fecha 22 de marzo del 2010, se aprobó
la Ordenanza Municipal Nº 208-2010 que f‌i ja la Tasa
de Interés Moratorio (TIM) aplicable en la jurisdicción
del distrito de Chaclacayo cuando los tributos no
sean pagados dentro de los plazos establecidos, en
concordancia con la Resolución de Superintendencia
Nº 53-2010/SUNAT.
Estando a lo dispuesto por el artículo 109° de la
Constitución Política del Perú, incisos 8) y 9) del artículo 9°,
Ley N° 27972, con la dispensa de lectura y aprobación
de acta y con el voto unánime de los miembros del Concejo
Municipal, se aprobó:
ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERÉS
MORATORIO QUE SERÁ APLICABLE EN LA
JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE CHACLACAYO
CUANDO LOS TRIBUTOS NO SEAN PAGADOS
DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS
Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza
Municipal Nº 208-2010, en consecuencia f‌i jar en uno
punto dos décimas por ciento mensual (1.2%) de Tasa
de Interés Moratorio a las obligaciones tributarias de
competencia de la Municipalidad de Chaclacayo que
sean pagados dentro de los plazos establecidos.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de
la presente ordenanza a la Gerencia de Administración
Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Administración y
Finanzas.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones la
publicación del texto completo de la presente ordenanza
en la Página Web de la Municipalidad de Chaclacayo:
www.munichaclacayo.gob.pe y en el Portal de Servicios al
Ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano.gob.
pe.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN
Alcalde
795097-1
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Autorizan viaje del alcalde a la
República de Corea en comisión de
servicios y encargan su despacho al
Teniente Alcalde
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 022-2012-MDC
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL
COMAS
POR CUANTO:
VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
30.05.2012; el Informe Nº 018-2012-SGCTPC-GM/
MC de fecha 22.05.2012, emitido por la Sub Gerencia
de Cooperación Técnica y Proyectos Comunales,
referente a la participación del Dr. Nicolás Octavio
Kusunoki Fuero, Alcalde de la Municipalidad Distrital
de Comas, en el viaje de trabajo a la Ciudad de Seúl -
Corea a realizarse del 02 al 10 de Junio del año 2012; el
Informe Nº 367-2012-GAJ-MDC de fecha 29.05.2012,
emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Carta
Nº 08-2012-A-MDC de fecha 29.05.2012, emitido por el
Despacho de Alcaldía; y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que
regula los viajes al exterior de servidores y funcionarios
públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que
aprueba normas reglamentarias, de los viajes al exterior
de los funcionarios y servidores públicos, se autorizarán
mediante documento de la más alta autoridad de la
respectiva entidad;
Que, mediante Informe Nº 018-2012-SGCTPC-GM/
MC, de fecha 22.05.2012, el Sub Gerente de Cooperación
Técnica y Proyectos Comunales señala que el viaje de
trabajo del Señor Alcalde, Dr. Nicolás Octavio Kusunoki
Fuero, a la Ciudad de Seúl - Corea a realizarse del
02.06.2012 al 10.06.2012, es a efectos de asistir a
la invitación de KEITI (KOREA ENVIRONMENTAL
INDUSTRY AND TECHNOLOGY INSTITUTE), Industria
Ambiental Koreana, para la participación al GLOBAL
GREEN COREA del HUB KOREA (GGHK) 2012, que
se celebrará en SEUL, República de Corea, organizada
por la Agencia de Gobierno dependiente del Ministerio
del Medio Ambiente de la República de Corea (KMOE).
Las actividades a las que KEITI se dedica es apoyar al
desarrollo de tecnología verde, el fomento de las industrias
verdes, construcción de redes globales de cooperación y
a la vez promover la producción ecológica y el consumo,
esforzándose para proteger el Medio Ambiente Mundial y
lograr un desarrollo sostenible mediante la consolidación
de los lazos de cooperación con los países de todo el
mundo para el intercambio de tecnología de la política
ambiental;
Que, mediante Informe Nº 367-2012-GAJ-MDC de
fecha 29.05.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina
que es procedente autorizar el viaje del Señor Alcalde de
la Municipalidad Distrital de Comas, para asistir al evento
denominado GLOBAL GREEN COREA del HUB KOREA
(GGHK) 2012, que se celebrará en Seúl República de
Corea, desde el 02 hasta el 10 de Junio del año en curso,
por tanto corresponde al Concejo Municipal adoptar el
Acuerdo correspondiente;
Que, los gastos íntegros que irroguen la asistencia
del señor Alcalde, a la ciudad de Seúl, República de
Corea, a participar en la reunión de trabajo, convocada
por KEITI (KOREA ENVIRONMENTAL INDUSTRY
AND TECHNOLOGY INSTITUTE), Industria Ambiental
Koreana, serán asumidos por los organizadores;
Nº 27972, mediante su Artículo 9º, referente a las
atribuciones del Concejo Municipal, Inciso 11) señala
que corresponde al Concejo Municipal Autorizar los
viajes al exterior del país que en comisión de servicio o
representación de la Municipalidad realicen el Alcalde,
los regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro
funcionario;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
9º, inciso 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades
Ley Nº 27972, Ley Nº 27619, D.S. Nº 047-2002-PCM;
el Reglamento Interno de Concejo Vigente (RIC),
con el voto mayoritario del Pleno del Concejo, con la
dispensa del Dictamen de la Comisión correspondiente
y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación
del Acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, del 02 hasta el 10
de Junio del 2012, el viaje del Alcalde de la Municipalidad
Distrital de Comas DR. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI
FUERO, a la Ciudad de Seúl, República de Corea,
para participar, en representación de la Municipalidad
Distrital de Comas; a la Reunión de Trabajo denominado
GLOBAL GREEN COREA del HUB KOREA (GGHK)
2012, organizado por KEITI (KOREA ENVIRONMENTAL
INDUSTRY AND TECHNOLOGY INSTITUTE), Industria
Ambiental Koreana, el mismo que no irrogara gastos
económicos a la Municipalidad Distrital de Comas, por
los f‌i nes expuestos en la parte considerativa del presente
Acuerdo.

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