ORDENANZA Nº 329-MDC - Autorizan la realización de Campañas de Matrimonios Masivos - 2011

Fecha de publicación25 Marzo 2011
Fecha de disposición25 Marzo 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 25 de marzo de 2011 439653
5. Plano de Ubicación.- Es Plano que, a la Escala
adecuada para una correcta percepción del predio, se
presenta ante la Municipalidad Distrital de Comas.
6. Organización Vecinal.- Es el Órgano que asume
la representación de un número indeterminado de
posesionarios a efectos de tramitar los Planos de
Ubicación y Lotización para trámite de Constancia de
Posesión. La Organización Vecinal deberá contar con el
reconocimiento de la Gerencia de Participación Vecinal de
la Municipalidad Distrital de Comas.
CAPÍTULO II
DE LA COMPETENCIA
Artículo 6°.- La Sub Gerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro de la Municipalidad de Comas es el
área competente de la Municipalidad Distrital de Comas
para elaborar la Constancia de Posesión Especial.
El trámite se inicia a través de la Unidad de Trámite
Documentario y Archivo y es aprobado por la Gerencia de
Desarrollo Urbano.
TÍTULO SEGUNDO
DEL PROCEDIMIENTO
Artículo 7°.- El procedimiento simplif‌i cado para la
obtención de la Constancia de Posesión Especial cuya
f‌i nalidad es facilitar el acceso de la población de Comas
a los servicios de Luz, Agua y Desagüe, se iniciará
presentando ante la Unidad de trámite Documentario
y Archivo de la Municipalidad Distrital de Comas los
siguientes documentos:
1. Solicitud dirigida al Alcalde
2. Copia del DNI del Posesionario
3. Plano de Ubicación del Predio
Artículo 8°.- Señalar que las personas naturales
y/o jurídicas para el trámite de Visación de sus Planos,
deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Solicitud dirigida al Alcalde
2. Derecho de Trámite S/. 80.00 (Ochenta y 00/100
Nuevos Soles)
3. Plano Perimétrico y de Localización con sus
respectivas Memorias Descriptivas y con coordenadas
UTM
4. Plano de Lotización a Escala 1/500
5. Declaración Jurada con f‌i rmas legalizadas de
representantes de la Organización Social o persona
jurídica de inexistencia de proceso judicial relacionado
con el lote o lotes de terrenos en el cual se desarrollará el
proyecto de Servicios Básicos.
Artículo 9°.- La Organización Vecinal de un
determinado Asentamiento Humano, Pueblo Joven,
Asociación y Cooperativa de Vivienda, podrá tramitar de
forma conjunta la emisión de las Constancias de Posesión,
en dicho caso se podrá utilizar un solo juego de planos
de Ubicación en la solicitud, indicando el benef‌i ciario que
ejerce la posesión de cada lote; y adjuntando copia de
su DNI.
Artículo 10°.- Disponer que para proceder a la
solicitud de acuerdo a lo establecido en el artículo
segundo, las personas naturales o jurídicas constituidos
bajo cualquier forma asociativa, reconocidas por esta
Municipalidad o cuenten con personería jurídica, con
mandato vigente a la fecha, deberán encontrarse
posesionados y con vivencia permanente, por lo menos
del 60% de los posesionarios.
Artículo 11.- Recepcionada la documentación con los
requisitos indicados en el artículo 7º de esta Ordenanza,
la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro,
procederá a realizar la INSPECCION, verif‌i cando la
posesión.
Artículo 12°.- Estando a lo indicado en el artículo
anterior, no procederá la entrega de la Constancia, en los
siguientes casos
a) Si el uso del suelo está reservado para servicios
públicos, vías o parques
b) Si se encuentra ubicado en zonas arqueológicas
calif‌i cadas por el Instituto Nacional de Cultura
c) Si se ubican en zonas declaradas riesgosas o no
apropiadas para poblamiento, según informe técnico de
Defensa Civil
Artículo 13°.- Sobre la veracidad, en la tramitación del
procedimiento administrativo se presume que los documentos
y declaraciones formuladas por los administrados en la
forma prescrita por la Ley Nº 27444 responden a la verdad
de los hechos que af‌i rma. Esta presunción admite prueba
en contrario. Las personas naturales o jurídicas (a través
de su representante) asumen plena responsabilidad de
los documentos que presentan ante la Municipalidad
Distrital de Comas, responsabilizándose administrativa,
civil y penalmente por la veracidad de la información y
documentación proporcionada.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Y FINALES
Primera.- El plazo de vigencia es de doce (12) meses,
contados desde el día siguiente de su publicación en
el diario of‌i cial; facultándose al despacho de Alcaldía
a prorrogar la misma mediante Decreto de Alcaldía,
quedando facultada para emitir los demás dispositivos
necesarios para su mejor aplicación.
Segunda.- Las Constancias de Posesión Especial
consignarán expresamente en su texto que las mismas
solo son válidas para la tramitación de servicios básicos
de luz, agua y desagüe.
Tercera.- Excluir de los alcances de la presente
Ordenanza, a las Inmobiliarias o Empresas destinadas a
la comercialización de Lotes.
Cuarta.- Dejar sin efecto todas las disposiciones
municipales que se opongan a la presente Ordenanza.
Quinta.- Encargar a la Gerencia de Participación
Vecinal distribuir la presente Ordenanza Municipal a las
Instituciones Públicas y Privadas, Organizaciones de
Base de la Sociedad Civil.
Sexta.- Encargar a la Secretaría General, cumpla
con efectuar la publicación de la presente Ordenanza
y disponga su publicación en la respectiva página web
institucional.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal a los quince días del mes
de marzo del año dos mil once.
NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO
Alcalde
618499-1
Autorizan la realización de Campañas
de Matrimonios Masivos - 2011
ORDENANZA Nº 329-MDC
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Comas, visto en
Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de marzo de
2011; el Informe Nº 0072-2011-UECYC-SG/MDC de fecha
09.03.2011 del Sub Gerente de la Unidad de Estado Civil
y Cementerio;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º modif‌i cado por la Ley Nº 28607
de nuestra Constitución Política del Perú reconoce a

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