ORDENANZA Nº 135-2011-MDC - Aprueban Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados

Fecha de disposición02 Agosto 2011
Fecha de publicación02 Agosto 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 2 de agosto de 2011
447862
comisionado el monto correspondiente a los gastos que se
originarán por concepto de pasajes nacionales (Piura - Lima
y Lima - Piura) y hospedaje en la ciudad de Lima, montos no
cubiertos por la entidad auspiciante.
Artículo Cuarto.- En tanto dure la ausencia del
Presidente del Gobierno Regional Piura Lic. Javier
Atkins Lerggios, asumirá las funciones del cargo el señor
Vicepresidente Regional Econ. Maximiliano Ruiz Rosales,
de conformidad a lo señalado en el artículo 23° de la Ley
Artículo Quinto.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes a su retorno al país, los comisionados,
presentarán al Consejo Regional un informe detallado
sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos
producto del viaje autorizado, asimismo deberá efectuar
la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo Sexto.- Disponer, la publicación del presente
Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Artículo Sétimo.- Dispensar el presente Acuerdo del
trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
PORFIRIO NICOLÁS VALLADOLID FRÍAS
Consejero Delegado
Consejo Regional
671645-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
CIENEGUILLA
Aprueban Reglamento del Servicio
de Transporte Público Especial de
Pasajeros en Vehículos Motorizados y
No Motorizados
ORDENANZA Nº 135-2011-MDC
Cieneguilla, 14 de julio de 2011
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CIENEGUILLA:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el
Memorando Nº 446-2011-MDC-GDUR de la Gerencia de
Desarrollo Urbano y Rural de fecha 06 de Julio de 2011, el
Informe N° 056-2011-CEP-GDUR/MDC del encargado del
Área de Transporte de la Gerencia de Desarrollo Urbano y
Rural de fecha 06 de julio de 2011 y el Informe Nº 377-GAJ-
MDC-2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referente
al proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del
Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en
Vehículos Motorizados y No Motorizados;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son órganos de gobierno
local y gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Perú, concordado con el Artículo I del Título Preliminar de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece
que los gobiernos locales son entidades básicas de la
organización territorial del Estado y canales inmediatos
de participación vecinal en los asuntos públicos, que
institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses
propios de las correspondientes colectividades;
Que, el Art. 4 del Reglamento Nacional del Transporte
Público Especial en Vehículos Motorizados o no
Motorizados, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-
2010-MTC del 02 de Diciembre de 2010, establece
que la competencia de las Municipalidades Distritales
comprende entre otras facultades la de aprobar las normas
complementarias necesarias para la gestión y f‌i scalización
del Servicio Especial, dentro de su jurisdicción, de
conformidad con lo establecido en la legislación vigente y
sin contravenir los Reglamentos Nacionales;
Que, conforme lo establece la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972 en su Artículo 81º, inciso
3.2, las Municipalidades Distritales son las instancias
competentes para otorgar licencias para la circulación de
vehículos menores, de acuerdo con lo establecido en la
regulación provincial;
De conformidad con los Artículos. 40º, 81º, Inc. 3.2)
de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; con
el voto Mayoritario de los señores Regidores; y con la
dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprueba
lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO
ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS
MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS DEL DISTRITO
DE CIENEGUILLA
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del
Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros
en Vehículos Motorizados y No Motorizados en el distrito
de Cieneguilla, que en anexo forma parte integrante de
la presente Ordenanza y que consta de sesenta y siete
artículos, seis capítulos y cinco títulos.
Artículo Segundo.- APROBAR los formatos que
forman parte integrante del presente Reglamento.
Articulo Tercero.- FACULTAR al Alcalde, para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones
Complementarias, Ampliatorias y Reglamentarias a la
presente Ordenanza Municipal.
Artículo Cuarto : DISPONER la publicación de
la presente Ordenanza Municipal en el Diario Of‌i cial El
Peruano y cuyo reglamento integro será publicado en la
página web de la entidad www.municieneguilla.gob.pe.
Artículo Quinto: ENCARGAR el cumplimiento de la
presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia
de Servicios Comunales, Gerencia de Desarrollo Urbano
y Rural y a la Subgerencia de Relaciones Públicas y
Registro Civil su difusión.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA
Alcalde
671649-1
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Aprueban Reglamento de Aplicación
de Sanciones Administrativas y Cuadro
Único de Infracciones y Sanciones de
la Municipalidad
Independencia, 22 de julio del 2011
EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA:
VISTO, el Dictamen Nº 006-2011-COEPPO/MDI,
Comisión de Economía, Planif‌i cación Presupuesto y
Organización, sobre el Proyecto de Ordenanza del Nuevo
Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y
Cuadro Único de Infracciones y Sanciones; y,

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